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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 236, miércoles 13 de diciembre de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
5966

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2017, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, de modificación de la Resolución de 23 de febrero de 2007 de regulación del servicio de aparcamiento para el Puerto de San Sebastián.

Por Orden de 6 de septiembre de 2006, de la Consejera de Transportes y Obras Públicas, se regula el servicio portuario de aparcamiento de vehículos en las zonas de servicio de los puertos autonómicos.

En el artículo 2.1 de la citada Orden se establece que por Resolución del Director de Puertos y Asuntos Marítimos se ordenará la regulación del servicio de aparcamiento para cada uno de los puertos en los que las circunstancias concurrentes lo aconsejen. Y así se hizo mediante Resolución, de 23 de febrero de 2007, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, que regula el servicio de aparcamiento para el puerto de San Sebastián.

Finalizando el 31 de diciembre de 2017 las autorizaciones vigentes, es necesario, dado el resultado satisfactorio de la gestión directa por los propios servicios de la Administración portuaria, continuar con la misma y proceder a la modificación de la citada resolución en los aspectos que es necesario acomodar a las circunstancias actuales que concurren en los diferentes colectivos.

De acuerdo con lo anterior, en virtud de las facultades que tiene atribuidas esta Dirección por el artículo 23 en sus apartados b) y j) del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

RESUELVO:

Primero.– Se modifica la Resolución de 23 de febrero de 2007, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos por la que se regula el servicio de aparcamiento para el puerto de Donostia-San Sebastián en los siguientes términos:

Uno.– Se modifica el resuelvo cuarto, que queda con la siguiente redacción:

«El servicio objeto de la presente Ordenación se gestionará directamente por los propios servicios de la Administración portuaria y tendrá una duración de 25 años a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.»

Dos.– Se modifica el resuelvo quinto, en los términos siguientes:

«Las 63 plazas existentes en el Puerto de Donostia-San Sebastián se distribuyen de la siguiente forma:

– 27 plazas destinadas a concesionarios y residentes del Puerto de San Sebastián.

– 10 plazas destinadas a pescadores.

– 8 plazas destinadas al colectivo Acubaco.

– 18 plazas destinadas a carga y descarga.»

Tres.– Se modifica el resuelvo sexto, en su apartado sexto, que queda con la siguiente literalidad:

«– El plazo de presentación de solicitudes estará abierto todo el año, pero el distintivo de aparcamiento tendrá una vigencia coincidente con el año natural, desde el 1 de enero al 31 de diciembre. El plazo para solicitar su renovación será entre el 15 y el 30 de octubre. A dicha solicitud se deberá adjuntar, anualmente, la documentación preceptiva actualizada, con una fecha de antigüedad máxima de 1 mes.»

Segundo.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes o ante quien ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2017.

El Director de Puertos y Asuntos Marítimos,

AITOR ETXEBARRIA ATUTXA.


Análisis documental