Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, lunes 4 de diciembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
5854

RESOLUCIÓN 123/2017, de 20 de noviembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Asociación Bilboko Airea-Educa para el desarrollo de competencias digitales, el Conectivismo y la Participación Ciudadana, para la financiación del proyecto Conectando Escuelas.

Habiéndose suscrito por la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el Acuerdo referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Asociación Bilboko Airea-Educa para el desarrollo de competencias digitales, el Conectivismo y la Participación Ciudadana, para la financiación del proyecto Conectando Escuelas, que figura como anexo a la presente.

Vitoria-Gasteiz, a 20 de noviembre de 2017.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 123/2017, DE 20 DE NOVIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y LA ASOCIACIÓN BILBOKO AIREA-EDUCA PARA EL DESARROLLO DE COMPETENCIAS DIGITALES, EL CONECTIVISMO Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROYECTO CONECTANDO ESCUELAS

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de octubre de 2017.

REUNIDOS.

D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2013, de 22 de enero-, que actúa en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2.e) de la Ley 5/2008, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el artículo 11.1.e) del Decreto 95/2010, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la citada Agencia.

Dña. Itziar Kerexeta Brazal, en calidad de Presidenta de la Asociación Bilboko Airea-Educa con CIF G95891891 para el desarrollo de competencias digitales, el conectivismo y la participación ciudadana (en adelante Airea-Educa), con poder suficiente para actuar en nombre y representación de la misma.

EXPONEN.

Primero.– La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo -que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo- es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de derecho privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos.

El III Plan Director 2014-2017 de Cooperación para el Desarrollo del Gobierno Vasco establece la elaboración de una estrategia de educación para la transformación social que oriente las actividades en esta materia. El 3 de marzo de 2017 se presentó públicamente (H)ABIAN 2030-Estrategia vasca de educación para la transformación social que reúne a distintos agentes institucionales y sociales vascos que quieren impulsar una ciudadanía crítica y prácticas solidarias en pro de la justicia y la igualdad. En el caso de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, dicha estrategia se concreta en el Plan de Acción ARAR 2017-2020.

Segundo.– Airea-Educa es una asociación de profesionales de la educación con conocimientos y experiencia de trabajo en la formación y el desarrollo de entornos digitales y fomentando la escuela inclusiva.

Tercero.– Diferentes estudios y Directrices europeas en el marco de Europa 2020 y recogidas en los decretos de la Comunidad Autónoma Vasca (el plan Heziberri 2020 y el Plan de Atención al Alumnado Inmigrante) marcan líneas de actuación para los próximos años en torno a la generación de escuelas más inclusivas. Por otro lado, la propuesta de conectar con la voz del alumnado surge de un proyecto europeo liderado por Kiki Messiou (Universidad de Southampton) en el marco del cual se elaboraron materiales educativos específicos. La formación y capacitación del profesorado en las competencias básicas y transversales a través de entornos digitales es uno de los aportes claves de esta propuesta y que aporta a la educación transformadora por la que se apuesta desde Heziberri 2020 y (H)ABIAN 2030. El hecho de que esta formación esté vinculada a prácticas y propuestas concretas y que, por medio de ellas, se constituya una comunidad educadora contribuye tanto a la línea de acción formación para la acción como a la línea de acción institución educadora del plan ARAR 2017-2020 de la AVCD. Así mismo, esta intervención rellenará un hueco existente en materia de formación en materia digital, una carencia que se ha detectado en el proceso de elaboración de la estrategia (H)ABIAN 2030.

Teniendo en cuenta las precedentes consideraciones, ambas partes suscriben el presente convenio conforme a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.– Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto fortalecer las capacidades y herramientas del profesorado del País Vasco y Venezuela en educación inclusiva.

Segunda.– Resultados del convenio y titularidad de los mismos.

1.– Los resultados cuya consecución se pretende alcanzar con este convenio son los siguientes:

R.1.– Formado profesorado del País Vasco y Venezuela a través de cuatro cursos on-line sobre educación inclusiva.

R.2.– Desarrolladas actividades y herramientas concretas que ponen en práctica las competencias adquiridas en los cursos de formación.

R.3.– Generada una comunidad educativa que comparte y se enriquece con las diferentes prácticas de educación inclusiva.

R.4.– Realizado un congreso virtual que posibilita una reflexión conjunta y trueque de experiencias prácticas que posibilitan conectar con la voz del alumnado.

2.– Los resultados obtenidos con la financiación prevista en este convenio serán propiedad de Airea-Educa.

3.– Las actividades para la consecución de los resultados anteriores, así como los indicadores para su medición, se detallan en anexo.

Tercera.– Periodo de ejecución de las actividades.

El periodo de ejecución de las actividades será de 24 meses, a contar desde el 4 de octubre de 2017.

Cuarta.– Aportaciones presupuestarias de las partes suscribientes.

El coste previsto para la realización de lo señalado en las cláusulas precedentes asciende a la cantidad de ciento diecisiete mil quinientos diez (117.510) euros, desglosado en el cuadro presupuestario que se anexa.

Airea-Educa se encargará de la coordinación técnica de la ejecución y gestión del conjunto de las acciones estipuladas en las cláusulas anteriores, así como las contenidas en la matriz de planificación anexa, aportando una cantidad total de veintitrés mil seiscientos (23.600) euros.

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aportará la cantidad de noventa y tres mil novecientos diez (93.910) euros. Este monto será abonado a Airea-Educa de la siguiente manera:

El 36%, treinta y tres mil novecientos diez (33.910) euros, tras la firma del convenio.

Un 32% adicional, treinta mil (30.000) euros, previa justificación de un importe equivalente o superior al 28% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero.

El 32% restante, treinta mil euros (30.000) euros, previa justificación de un importe equivalente o superior al 54% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero.

El 100% del proyecto deberá ser justificado en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del convenio.

Dicha subvención prevista en el presente convenio es compatible con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobre financiación. En caso de producirse ésta se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.

Quinta.– Cuenta bancaria de utilización específica para la ejecución de las actividades económicas del convenio.

Airea-Educa utilizará la cuenta bancaria n.º IBAN ES9801280302140100040123 como cuenta específica en euros para la gestión de los fondos que, en ejecución del presente convenio, le sean transferidos por parte de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. La cantidad transferida desde la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en cada uno de los pagos será traspasada de inmediato a esta cuenta específica sin realizar ningún movimiento previo de fondos.

Sexta.– Comisión Mixta de Seguimiento.

1.– Al objeto de garantizar el seguimiento, la realización y la coordinación en el desarrollo de las actividades previstas en este convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento, compuesta por:

Dos personas en representación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a propuesta de la Dirección, una de las cuales ejercerá la presidencia de la Comisión, ejerciendo la otra la Secretaría de la misma.

Dos personas en representación de Airea-Educa, nombradas por el órgano competente.

2.– Dicha Comisión se reunirá al menos una vez de manera ordinaria al final del primer año de ejecución y/o tras la presentación del 1.º informe técnico-financiero y una segunda vez con posterioridad a la finalización del mismo, tras la presentación del informe final.

3.– De manera extraordinaria, la Comisión Mixta de Seguimiento podrá reunirse cuando las personas que la componen lo estimen oportuno y, en su caso, sea solicitado por una de ellas.

4.– El régimen Jurídico de la Comisión de Seguimiento se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima.– Causas de Resolución.

Son causas de resolución para las partes firmantes del presente convenio, el incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el mismo y cualesquiera otras que, derivadas de su naturaleza, sean recogidas por la legislación vigente.

Octava.– Modificaciones Sustanciales.

Airea-Educa deberá remitir solicitud de autorización a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, previamente a la realización de toda modificación que implique cambios y prórrogas del proyecto. Éstas podrán ser analizadas en el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento. Corresponde a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aprobar las modificaciones propuestas.

Novena.– Duración y modificación del Convenio.

1.– El convenio entrará en vigor a partir del día siguiente a su suscripción y se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2020.

2.– El convenio podrá terminarse por mutuo acuerdo de las partes.

3.– Asimismo, cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el convenio de forma unilateral, mediando preaviso por escrito, que será comunicado a la otra parte, con una antelación de al menos tres meses.

4.– El convenio podrá prorrogarse hasta dos años de mutuo acuerdo entre las partes, con una antelación de al menos un mes previo a la finalización del mismo.

En prueba de conformidad y aceptación con cuanto queda expresado, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

La Presidenta de la Asociación Bilboko Airea-Educa para el Desarrollo de Competencias Digitales, el Conectivismo y la Participación Ciudadana,

ITZIAR KEREXETA BRAZAL.

(Véase el .PDF)

Análisis documental