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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 201, viernes 20 de octubre de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
5042

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2017, del Delegado Territorial del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras en Bizkaia, por la que se somete a información pública las actuaciones denominadas enlace aéreo de las líneas aéreas a 13,2 kV «Mallabia-Mallabia cto. 1» desde el apoyo n.º 714 y «Mallabia-Circunvalación Norte cto. 4» desde el apoyo n.º 612, y adecuación de las derivaciones a los CTI n.º 200404760 «Ibergarai» y n.º 200409950 «Artamendi» en los términos municipales de Ermua y Mallabia.

Ref.: L-7976 y L-7948 IFU/MBR.

Expte.: 48-AT-H-2017-00022.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 25 de abril de 2017, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en Bilbao Avda. San Adrián, 48, solicita autorización administrativa, declaración, en concreto de su utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV «Mallabia-Mallabia cto. 1» desde el apoyo n.º 714 y «Mallabia-Circunvalación Norte cto. 4» desde el apoyo n.º 612, y adecuación de las derivaciones a los CTI n.º 200404760 «Ibergarai» y n.º 200409950 «Artamendi» en los términos municipales de Ermua y Mallabia, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Industrial D. Jon González del Hoyo, según declaración de competencia de fecha 19 de abril de 2017.

Dos.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002) y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud, de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOB con fecha 25 de mayo de 2017, en el BOPV con fecha 24 de mayo de 2017 y en el diario El Correo con fecha 31 de mayo de 2017, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar.

Tres.– Con fecha 17 de mayo de 2017 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Mallabia y Ermua a fin de que procediesen a la exposición del anuncio relativo a la actuación solicitada en el Tablón de Edictos de los mismos, así como petición de informe a los mismos y a Ura, de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación, y en su caso el condicionado técnico que considerasen oportuno.

Cuatro.– Dentro del período de información pública establecido al efecto no se ha presentado alegación ni reclamación alguna por parte de los afectados.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco; y la demás legislación concordante.

2.– El artículo 54 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

3.– El Delegado Territorial de Bizkaia es el órgano competente para la resolución del presente expediente, en virtud de lo establecido en el artículo 2 de la Orden de 4 de diciembre de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo (BOPV de 26-12-2006) en relación con el artículo 24 del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

RESUELVE:

Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., y aprobar el Proyecto de ejecución de enlace aéreo de las Líneas aéreas a 13,2 kV «Mallabia-Mallabia cto. 1» desde el apoyo n.º 714 y «Mallabia-Circunvalación Norte cto. 4» desde el apoyo n.º 612, cuyas principales características son las siguientes:

Colocación de diez nuevos apoyos de celosía y tendido de conductor eléctrico (100-AL1/17ST1A y 47-AL1/8ST1A) para el enlace de las líneas «Mallabia-Mallabia cto. 1» y «Mallabia-Circunvalación Norte cto. 4» y adecuación de las derivaciones a los centros de transformación de intemperie «Ibergarai» y «Artamendi»

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos regístrales del artículo 53 de la misma.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto mencionado, firmado por el Ingeniero Industrial D. Jon González del Hoyo, según declaración de 19 de abril de 2017.

2.– El plazo de puesta en marcha no será superior a un año, contando a partir de la resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles de terceros y dejando a salvo el derecho en propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Directora de Servicios del Departamento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Bilbao, a 2 de octubre de 2017.

El Delegado Territorial de Bizkaia,

ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.


Análisis documental