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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 201, viernes 20 de octubre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE SALUD
5035

ORDEN de 4 de octubre de 2017, del Consejero de Salud, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Salud.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente. Su reglamento, aprobado por Real Decreto 1720/2007, en su artículo 54, establece el contenido básico de dicha disposición.

La Ley del Parlamento Vasco 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos determina en su artículo 4 que la creación, modificación y supresión de ficheros de la Administración de la Comunidad Autónoma se realizará por orden del titular del Departamento al que esté adscrito el fichero, la cual deberá contener todas las menciones exigidas por la legislación en vigor, y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Su artículo 18 crea el Registro de Protección de datos y establece que serán objeto de inscripción en el mismo los ficheros comprendidos en su ámbito de aplicación.

Por su parte, el artículo 2 del Decreto 308/2005, de 18 de octubre, por el que se desarrolla la Ley del Parlamento Vasco 2/2004, de 25 de febrero, citada, establece que los entes públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco notificarán a la Agencia Vasca de Protección de Datos toda creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, para su inscripción en el registro de Protección de Datos, mediante el traslado de la disposición o acuerdo a través del modelo normalizado aprobado por Resolución de 31 de octubre de 2014, del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos (publicada en BOPV número 218, de 14 de noviembre de 2014).

Mediante la Orden de 22 de diciembre de 2011 se regularon los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Sanidad y Consumo y de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.

Tras su publicación, los cambios producidos en la estructura organizativa del Departamento y las nuevas actuaciones acometidas en diversos ámbitos exigieron modificar los anexos de aquella Orden a fin, no sólo de dar transparencia a la utilización que la Administración hace de los datos de los ciudadanos, sino, fundamentalmente, de permitir que los mismos puedan ejercitar correctamente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, facilitando un listado actualizado de los ficheros y de sus actuales órganos responsables.

Como resultado de lo anterior, se aprobó la Orden de 2 de junio de 2014, del Consejero de Salud, de modificación de la Orden por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Sanidad y Consumo y de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, que ha sido publicada en el BOPV n.º 117, de 23 de junio de 2014 (corrección de errores BOPV n.º 193, de 10 de octubre y BOPV n.º 194, de 13 de octubre de 2014).

Posteriormente, la Orden de 8 de junio de 2015, del Consejero de Salud, modifica por segunda vez la citada Orden, al objeto de introducir dos nuevos ficheros contenidos en el Anexo I de la la Orden de 22 de diciembre de 2011, citada, siendo publicada en el BOPV n.º 118, de 25 de junio de 2015, para atender a diversas necesidades de regulación de ficheros, por modificaciones normativas.

Ahora, se han recibido varias solicitudes para modificar alguno de los anexos de la referida orden. Es el caso del fichero dependiente de la Dirección de Aseguramiento y Contratación Sistema Integrado de Aseguramiento de Base Poblacional y del dependiente de la Dirección de Farmacia Receta electrónica.

A su vez, se aprovecha la necesidad de regularización para adecuar otros ficheros necesitados de la correspondiente adecuación.

En el documento de directrices para la elaboración de proyectos de Ley, Ordenes y Resoluciones aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 23 de marzo de 1993, se dispone en su directriz séptima (Normas Modificativas), entre otras cosas, lo siguiente: «En el caso de modificaciones extensas o reiteradas se dictará una disposición enteramente nueva».

Finalmente, la presente Orden tiene necesariamente que reflejar los efectos que se derivan de la aprobación del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV 28 de noviembre de 2016) en cuanto su artículo 13.1 d) atribuye al Departamento de Turismo, Comercio y Consumo las funciones y áreas de actuación correspondientes a la materia de consumo, adscribiendo el punto 2 a dicho departamento el organismo autónomo Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, anteriormente adscrito al Departamento de Salud.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Salud.

Artículo 2.– Creación de ficheros.

Se crean los siguientes ficheros de datos de carácter personal, cuyos detalles se recogen en el anexo a esta Orden:

a) 1.– Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

1.1.– Expedientes jurídicos.

b) 2.– Dirección de Salud Pública y Adicciones.

2.23.– Expedientes sancionadores.

c) 3.– Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

3.8.– Expedientes sancionadores.

d) 4.–Dirección de Farmacia.

4.8.– Expedientes sancionadores.

e) 6.– Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

6.15.– Expedientes sancionadores.

f) 7.– Dirección del Gabinete del Consejero o Consejera de Salud.

7.1.– Solicitudes de información Ararteko y Parlamento.

Artículo 3.– Modificación de ficheros.

Se modifican los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan a continuación, con las variaciones que se recogen en el anexo a esta Orden:

a) 1.– Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

1.2.– Expedientes de contratación.

b) 1.– Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

1.3.– Personal.

c) 1.– Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

1.4.– Videovigilancia.

d) 3.– Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

3.2.– Sistema Integrado de Aseguramiento de Base Poblacional.

3.3.– Contratación sanitaria.

e) 4.– Dirección de Farmacia.

4.3.– Gestión de medicamentos para la esclerosis múltiple.

4.4.– Receta electrónica.

f) 6.–Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

6.3.– Registro de altas hospitalarias (cmbd).

Artículo 4.– Supresión de ficheros.

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan a continuación, con las variaciones que se recogen en el anexo a esta Orden:

a) 1.– Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

1.1.– Reclamaciones y demandas.

Los datos contenidos en el fichero que se suprime pasarán a formar parte de los ficheros que se crean en los apartados a) (expedientes jurídicos) y f) (Solicitudes de información Ararteko y Parlamento), del artículo 2 de la presente Orden. Respecto al resto de datos de carácter personal que pudieran contenerse en el fichero suprimido, se procederá a su destrucción.

b) 1.– Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

1.6.– Registro de expedientes sancionadores.

Los datos contenidos en el fichero que se suprime pasarán a formar parte de los ficheros que se crean en los apartados b), c), d), e), del artículo 2 de la presente Orden, de acuerdo con el ámbito material a que correspondan.

Artículo 5.– Finalidad de los ficheros.

Los ficheros objeto de la presente Orden, además de servir a los fines que para cada uno se indican en el anexo, tendrán como finalidad su utilización estadística. Los contemplados en el anexo tendrán, además, como objetivo la realización de fines de salud pública, los estudios epidemiológicos y la investigación sanitaria. El tratamiento de los datos se hará con sujeción a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.

Artículo 6.– Cesiones de datos.

1.– Sin perjuicio de las cesiones de datos que, en relación con cada fichero, se prevén en el anexo a la presente Orden, los datos incluidos en los mismos podrán ser cedidos, en el ámbito del Departamento de Salud, para el ejercicio de competencias idénticas o que versen sobre las mismas materias.

2.– Asimismo, podrán ser cedidos a los órganos y servicios de estadística de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de otras Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

3.– En el ámbito sanitario, los datos contenidos en los ficheros incluidos en el anexo podrán ser cedidos a otras administraciones sanitarias, en los términos contemplados en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y en la normativa sanitaria, integrada por la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica y la Ley 8/1987, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, y demás normativa autonómica vasca.

4.– Las Viceconsejerías del Departamento de Salud, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, podrán celebrar convenios de colaboración para el tratamiento de datos con estricto cumplimiento de lo señalado en la Ley Orgánica 15/1999 y su normativa de desarrollo sobre las garantías y protección de las personas titulares de los datos.

Artículo 7.– Medidas de seguridad y gestión.

Las personas titulares de los órganos responsables de cada fichero adoptarán las medidas necesarias que garanticen el uso de dichos ficheros para las finalidades para las que fueron creados y la seguridad de los datos de carácter personal, y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en sus normas de desarrollo.

Artículo 8.– Prestación de servicios de tratamiento de datos.

Quienes, por cuenta del Departamento de Salud presten servicios de tratamiento de datos de carácter personal realizarán las funciones encomendadas conforme a las instrucciones de la persona responsable del tratamiento y así se hará constar en el contrato que a tal fin se realice, no pudiendo aplicarlos o utilizarlos con fin distinto, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y su normativa de desarrollo.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La Orden de 22 de diciembre de 2011 por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Sanidad y Consumo y de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo y sus modificaciones, mantendrá su vigencia respecto a los ficheros relativos a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, hasta que por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo se apruebe la correspondiente orden reguladora de aquellos.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada, a la entrada en vigor de la presente Orden, en lo que se refiere a los ficheros de datos de carácter personal que son competencia del Departamento de Salud, la Orden de 22 de diciembre de 2011 por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Sanidad y Consumo y de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo y sus modificaciones, así como cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga al contenido de esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Ficheros de datos de carácter personal que mantienen su vigencia.

Se mantiene la vigencia de los ficheros que se enumeran en el anexo Ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Salud, de la presente Orden, recogiéndose a los solos efectos de su sistematización.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Entrada en vigor e inscripción en el Registro de Protección de Datos.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y se notificará a la Agencia Vasca de Protección de Datos, mediante el procedimiento normalizado establecido a tal fin, para su inscripción en el Registro de Protección de Datos y su posterior integración en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de octubre de 2017.

El Consejero de Salud,

JON DARPÓN SIERRA.

ANEXO
FICHEROS DEL DEPARTAMENTO DE SALUD

Se relacionan los siguientes ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Salud, dependientes de las siguientes direcciones responsables de fichero:

1.– Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

1.1.– Expedientes jurídicos.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de procedimientos administrativos y judiciales.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas interesadas en los procedimientos administrativos y/o judiciales dirigidos contra el Departamento de Salud y personas destinatarias de oficios remitidos por el Departamento de Salud.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas, Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales, mediante expedientes administrativos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, DNI, n.º de SS / Mutualidad.

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona afectada.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

1.2.– Expedientes de contratación.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión administrativa de los expedientes de contratación en los que el órgano de contratación sea la Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

b) Personas o colectivos afectados:

Apoderados o apoderadas de empresas que contratan con la Administración.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección.

Datos de detalle de empleo: cargo.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.3.– Personal.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión del personal interno del Departamento de Salud, en temas específicos, como los planes de euskaldunización, datos de relación de puestos de trabajo (RPT), etc.

b) Personas o colectivos afectados:

Personal del Departamento de Salud.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada a través de la aplicación de Gestión Integrada de Personal (GIP).

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos.

Datos de características personales: fecha de nacimiento.

Datos académicos y profesionales: titulación, perfil de euskera.

Datos de detalle de empleo: puesto de trabajo.

Datos de expedientes disciplinarios: resoluciones administrativas y/o penales.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

1.4.– Videovigilancia.

a) Finalidad y usos previstos:

Control del acceso físico al edificio Ledo, sede de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Salud, y a sus zonas sensibles en aras a la seguridad de dichas instalaciones.

b) Personas o colectivos afectados:

Todas aquellas personas que acceden al edificio Ledo y a las áreas sensibles del mismo.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la propia persona interesada a través de videofilmación y tarjetas de proximidad.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: imagen, voz.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

f) Cesiones de datos:

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

C/ Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.5.– Entradas y salidas.

a) Finalidad y usos previstos:

Registrar las entradas y salidas de documentos, paquetería y artículos análogos. Registrar los datos básicos de los documentos que entran y salen de las Delegaciones Territoriales, de los Centros comarcales y de los Centros de la Inspección Médica.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas remitentes o destinatarias de la documentación, paquetería y artículos análogos a/desde las Delegaciones Territoriales, los Centros comarcales y los Centros de la Inspección Médica.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

La propia persona interesada o su representante legal que proporciona los datos y las personas registradoras.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección.

Datos de detalle de empleo: empresa, centro de trabajo.

Datos de transacciones: asunto de referencia.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Sancho El Sabio 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

1.6.– Gestión de tasas y otros ingresos.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de los ingresos por tasas y otros conceptos.

b) Personas o colectivos afectados:

Sujetos pasivos y/o personas responsables de las tasas en materia de sanidad y servicios administrativos, así como las personas obligadas al abono al Departamento de Salud de otros importes en aplicación de la normativa o convenios vigentes.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas o de otras Administraciones mediante formularios o aplicaciones informáticas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos o razón social, NIF, dirección (postal, electrónica), teléfono.

Datos económico-financieros: concepto de ingreso e importe.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Departamento de Hacienda y Finanzas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

i) Servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.– Dirección de Salud Pública y Adicciones.

2.1.– Promoción y Educación para la salud.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de peticiones de asesoramiento, formación y apoyo en relación con la promoción y educación para la salud, así como préstamo de material y documentación. Análisis de las demandas y necesidades. Evaluación del servicio.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas interesadas que solicitan el servicio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas, de entidades privadas, de Osakidetza-Servicio vasco de salud, y de Ayuntamientos mediante formularios, teléfono, fax y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección postal / e-mail (personal, profesional), teléfono (personal, profesional).

Datos académicos y profesionales: profesión, centro formativo, tipo actividad formativa.

Datos de detalle de empleo: centro de trabajo.

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona afectada.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.2.– Gestión de Sanidad Ambiental.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión del área de trabajo de sanidad ambiental, datos identificativos de personas y entidades, así como datos de control y seguimiento recogidos en los diferentes programas de actuación: planes de gestión de residuos de los centros sanitarios, aguas de consumo, aguas de uso recreativo, instalaciones de riesgo referente a legionella, registro de empresas y servicios biocidas, denuncias y alertas, registros de entidades y personas autorizadas para la impartición de cursos de capacitación exigidos por la normativa sectorial, registros de personas que han realizado dichos cursos de formación y participantes en comisiones de trabajo interdepartamentales.

b) Personas o colectivos afectados:

Titulares o responsables de las instalaciones o entidades, así como las personas que han realizado diferentes cursos de capacitación que exigen las normativas sectoriales.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las propias personas interesadas, de administraciones públicas y de los centros de formación que imparten los cursos, mediante formularios y encuestas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono.

Datos de información comercial: actividades y negocios, tipo de actividad, capacitación para desarrollar determinadas actividades.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Administraciones públicas (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Administraciones Locales y Territoriales).

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, 1.

01010 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Álava.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Santiago, 11.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Subdirección de Salud Pública.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.3.– Entidades perceptoras de ayudas.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de la concesión de ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro, entidades locales y centros docentes.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas representantes de las entidades sin ánimo de lucro, de las entidades locales y de los centros docentes.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas/entidades interesadas mediante formularios y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos de la persona representante de la entidad, dirección postal de la entidad, denominación de la entidad.

Datos económico-financieros: subsidios, importe de las ayudas, finalidad para la que se concede la ayuda.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, 1.

01010 Vitoria-Gasteiz.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.4.– Gestión de Sanidad Alimentaria.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de la sanidad alimentaria y protección de la salud pública. Seguimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones y de las prácticas de manipulación de los establecimientos alimentarios y hosteleros. Concesión de autorizaciones. Gestión del trámite documental de establecimientos obligados a mantener autocontroles. Seguimiento del sacrificio de animales en los mataderos, con indicación de los decomisos practicados. Control de establecimientos autorizados para extracción de columna vertebral de animales. Gestión de la toma de muestras de residuos veterinarios.

b) Personas o colectivos afectados:

Titulares o responsables de los establecimientos alimentarios, de explotaciones ganaderas y de centros autorizados a extraer MER, así como profesoras y profesores con autorización a dar cursos de manipulación de alimentos.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de la persona interesada, de inspectores o inspectoras, de mataderos, y de algunos Ayuntamientos, mediante formularios, transmisión electrónica, presentación de documentos y actas de inspección.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, teléfono, DNI.

Datos académicos y profesionales: titulación (de formadores y formadoras en manipulación de alimentos).

Datos de información comercial: actividades y negocios.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A servicios públicos responsables de la producción de estadísticas (Eustat), al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria, a las Diputaciones y a Ayuntamientos.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Santiago, 11.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Subdirección de Salud Pública.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.5.– Estudios de Investigación de Salud Pública.

a) Finalidad y usos previstos:

Prevención de lesiones accidentales y de otros aspectos de la promoción de la salud a través de la actuación de los y las profesionales de la salud de los centros sanitarios.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes que acuden a los centros sanitarios.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada, mediante encuestas o entrevistas realizadas por el personal de la salud.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección.

Datos de circunstancias sociales: aficiones y estilos de vida, hábitos y costumbres, clase social.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

2.6.– Fineteco (Fichero de Necesidades Terapéuticas Comunitarias).

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de la concesión de ayudas económicas a personas físicas para superar su patología.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas interesadas en el programa de ayuda.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada o su tutor o tutora mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos de la persona interesada, nombre y apellidos del tutor o tutora.

Datos económico-financieros: subsidios, importe de las ayudas, actas de las reuniones de la comisión (concesión ayudas).

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.7.– Epidemiología.

a) Finalidad y usos previstos:

Establecer medidas individuales y colectivas de protección de la salud. Conocer la incidencia en la CAPV de determinadas enfermedades, realizar campañas de prevención sanitaria y accidentes de tráfico y estudios.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes de asistencia primaria, especializada y hospitalaria de centros privados y públicos y personal facultativo declarante.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada, de personal facultativo y laboratorios declarantes y de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante formularios, transmisión electrónica y actas de inspección.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos del o de la paciente, DNI, dirección, teléfono, nombre y apellidos del facultativo o facultativa.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo, edad, datos de familia, nacionalidad, características físicas, si es inmigrante, fecha de llegada.

Datos de detalle de empleo: puesto de trabajo.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a los Departamentos de Salud de otras Comunidades Autónomas, y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Santiago, 11.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Subdirección de Salud Pública.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.8.– Registro de población.

a) Finalidad y usos previstos:

Comunicación con las personas interesadas residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, respecto a las relaciones jurídico-administrativas derivadas de las competencias propias del Departamento de Salud.

b) Personas o colectivos afectados:

Residentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi que constan en los correspondientes padrones municipales.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Eustat y del INE mediante transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre, apellidos, domicilio.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.9.– Recién Nacidos/as (Recién nacidos y recién nacidas).

a) Finalidad y usos previstos:

Recoger la relación de todas y todos los recién nacidos en la CAPV con el fin de establecer una base de datos para la planificación sanitaria, la vigilancia epidemiológica y los programas de salud pública.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes de atención primaria, especializada y hospitalaria de centros privados y públicos y personal facultativo declarante.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de los hospitales, mediante encuestas o entrevistas, pruebas practicadas y documentación recogida.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre, apellidos, dirección postal, CIC y TIS.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A servicios públicos responsables de la producción de estadísticas (Eustat), a los Departamentos de Salud de otras Comunidades Autónomas y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria y a Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.10.– Registro de Cribado Neonatal y Malformaciones Congénitas.

a) Finalidad y usos previstos:

Recoger la información relativa a recién nacidos y recién nacidas con el fin de establecer el control del cribado neonatal de enfermedades endocrino-metabólicas o de otro tipo y prevenir posibles patologías en el futuro. Recoger la relación de recién nacidos y recién nacidas con alguna anomalía congénita y poder establecer el seguimiento de esos casos durante el primer año de vida. Realizar campañas de prevención sanitaria sobre natalidad y lactancia.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes de asistencia primaria, especializada y hospitalaria de centros privados y públicos y personal facultativo declarante.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de los hospitales, mediante encuestas o entrevistas, pruebas practicadas y documentación recogida.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección postal, CIC y TIS.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A servicios públicos responsables de la producción de estadísticas (Eustat), a los Departamentos de Salud de otras Comunidades Autónomas, y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria y a Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.11.– Sistema de Información de Vacunaciones.

a) Finalidad y usos previstos:

Posibilitar el control de las enfermedades transmisibles y de otros procesos de tipo agudo o crónico susceptibles de ser intervenidos mediante inmunización. Mantener un seguimiento y evaluación de los programas de vacunación de la CAPV.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes de asistencia primaria, especializada y hospitalaria de centros y servicios sanitarios privados y públicos y personal facultativo declarante.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de los centros de salud, hospitales, consultas privadas o mutuas laborales mediante documentación escrita o captura informática a través de una aplicación informática específica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección postal, CIC y TIS.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A los Departamentos de Salud de otras Comunidades Autónomas, y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria y a Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.12.– Sistema de Información Microbiológica.

a) Finalidad y usos previstos:

Posibilitar el control epidemiológico de las enfermedades transmisibles en la CAPV a partir de la información de los servicios de microbiología de la CAPV.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes de asistencia primaria, especializada y hospitalaria de centros y servicios sanitarios privados y públicos y personal facultativo declarante.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de los servicios de microbiología de los centros sanitarios públicos y privados de la CAPV.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección postal, CIC y TIS.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A los Departamentos de Salud de otras Comunidades Autónomas, y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria y a Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.13.– Gestión de laboratorios.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar la actividad analítica y el estado de las muestras.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas sometidas a actividad analítica en centros de Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como personal empleado de entidades o empresas a quien se someten a pruebas de drogas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de hospitales y centros de salud mental, mediante transmisión electrónica de datos y de las pruebas practicadas y la documentación recogida.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, teléfono, dirección.

Datos de características personales: edad, sexo, características físicas, datos de familia.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.14.– Ayudas de adherencia.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de ayudas económicas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos que estén sujetos a financiación pública y que hayan sido prescritos por personal del Sistema Sanitario de Euskadi o, en su caso, por personal del Sistema Nacional de Salud.

b) Personas o colectivos afectados:

Solicitantes de ayudas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las propias personas interesadas mediante presentación de formularios y documentos o mediante su transmisión electrónica, así como de otras Administraciones y entidades públicas previo consentimiento de la persona interesada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección postal / e-mail (personal, profesional), teléfono (personal, profesional, DNI/NIF, pasaporte, tarjeta de residencia, n.º de SS / Mutualidad, nombre y apellidos del tutor o tutora, CIC, n.º TIS, medicamento prescrito, medicamento dispensado, fecha de prescripción y dispensación, fecha de petición, fecha de resolución.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo, edad, nacionalidad, tipo usuario (titular / persona beneficiaria), si es inmigrante.

Datos de detalle de empleo: persona activa / pensionista, situación laboral (personas ocupadas, desocupadas).

Datos económico-financieros y de seguros: subsidios, importe de las ayudas, ingresos-rentas, datos bancarios, n.º de cuenta, declaración de la renta, beneficios.

Datos de transacciones de bienes y servicios: régimen de aseguramiento.

Datos especialmente protegidos: datos de salud (recetas dispensadas).

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.15.– Sanitaria Mortuoria.

a) Finalidad y usos previstos:

Control y registro de funerarias y servicios funerarios, así como de defunciones, transporte y exhumaciones de cadáveres y restos (humanos y cadavéricos) ocurridas en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Los usos previstos son para fines estadísticos y gestión de personas usuarias.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas fallecidas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las funerarias mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, municipio de residencia.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo, fecha y lugar de defunción.

Datos de Transacciones: servicios recibidos por las personas usuarias, empresa funeraria, estancia en tanatorio, destino final (inhumación o cremación), prácticas de tanatopraxia (en caso de realizarlas), fecha y hora tanto de inicio como de finalización del servicio.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Osakidetza-Servicio vasco de salud, y a las Diputaciones Forales.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Santiago, 11.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Subdirección de Salud Pública.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.16.– Actividades clasificadas (MINP).

a) Finalidad y usos previstos:

Registrar y gestionar las solicitudes de licencia municipal de actividades clasificadas en las que debe emitirse un informe sanitario.

b) Personas o colectivos afectados:

Representantes de las entidades que solicitan tales licencias municipales.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de los Ayuntamientos, mediante formularios y otra documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección.

Datos de información comercial: actividades y negocios, licencias.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Ayuntamientos.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Santiago, 11.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Subdirección de Salud Pública.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.17.– EPIC.

a) Finalidad y usos previstos:

Investigación sobre la relación entre hábitos de salud y determinadas enfermedades.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes que participan voluntariamente en el estudio de EPIC.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante encuestas o entrevistas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono, DNI, n.º S.S.

Datos de Características Personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, datos de familia (número de hijos y/o hijas), estado civil.

Datos académicos y profesionales: nivel de estudios, profesión.

Datos de detalle de empleo: puesto de trabajo.

Datos especialmente protegidos: datos de salud, vida sexual.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Organismos públicos con competencia en materia sanitaria (Instituto Nacional de Oncología).

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.18.– Proyecto INMA.

a) Finalidad y usos previstos:

Investigación sobre la relación entre exposiciones ambientales y determinadas condiciones de salud y enfermedades.

b) Personas o colectivos afectados:

Mujeres que participan voluntariamente en el estudio, sus hijos y/o hijas y los padres progenitores de los niños y niñas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante encuestas o entrevistas, estudios clínicos, aplicación de tests y estudios ambientales.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección (postal y e-mail personal), teléfono, Tarjeta Sanitaria (TIS), Centro de Atención primaria al que pertenece, código del centro hospitalario, n.º del registro de ingreso, n.º de historia clínica, número de seguridad social (NSS), número de Historia Clínica Obstétrica.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, características físicas, estado civil, nivel de estudios, situación laboral, etc.

Datos de circunstancias sociales: consumo de alimentos, actividad física, estilos de vida, etc.

Datos de detalle de empleo: tipo de contrato, jornada de trabajo.

Datos de exposición ambiental: características de la vivienda, usos del agua de bebida y recreo, uso de productos de limpieza, ruidos, contaminación del agua y atmosférica, etc.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.19.– Proyecto MCC-Spain.

a) Finalidad y usos previstos:

Investigación de la asociación entre los factores ambientales y genéticos y algunos de los cánceres más frecuentes e interesantes desde el punto de vista de la salud pública.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas afectadas y no de cáncer que participan voluntariamente en el estudio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante cuestionarios y entrevistas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección (postal y e-mail personal y profesional), teléfono, número de historia clínica, datos antropométricos.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, edad, características físicas, datos de familia, número de hijos y/o hijas, nacionalidad, características físicas, si es inmigrante, fecha de llegada, lugar de nacimiento (provincia de origen).

Datos académicos y profesionales: profesión, formación.

Datos de detalle de empleo: centro de trabajo, puesto de trabajo.

Datos de circunstancias sociales: aficiones y estilos de vida, hábitos y costumbres.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 Donostia-San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.20.– Informes médico-sanitarios.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y localización de los expedientes sobre la aptitud en materia de tráfico y armas.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas que precisan de condiciones restrictivas en el carnet de conducir.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la Dirección General de Tráfico y de la Comandancia de la Guardia Civil mediante el certificado médico.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI, nombre y apellidos, teléfono, fecha, centro sanitario donde se realiza el reconocimiento médico.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Subdirección de Salud Pública.

Avda. Navarra, 4.

20013 San Sebastián.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Subdirección de Salud Pública.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

2.21.– Envíos de información a profesionales.

a) Finalidad y usos previstos:

Mantener actualizadas las direcciones de envío de las personas destinatarias de la información y las publicaciones que se remiten.

b) Personas o colectivos afectados:

Profesionales que tienen relación con la prevención, asistencia e inserción en materia de drogodependencias.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas y de Boletines Oficiales, mediante entrevistas, formularios y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono.

Datos de empleo: empresa.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, 1.

01010 Vitoria-Gasteiz.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.22.– Ayudas y subvenciones en materia de drogodependencias.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de ayudas económicas en materia de prevención de drogodependencias para la creación y mantenimiento de equipos técnicos, para el desarrollo de programas de prevención comunitaria de las drogodependencias y para la realización de programas de prevención y reducción de riesgos y daños.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas representantes de las entidades sin ánimo de lucro y de las entidades locales.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas/entidades interesadas mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI, nombre y apellidos de la persona representante de la entidad, dirección postal y denominación de la entidad.

Datos económico-financieros: importe de las ayudas y finalidad para la que se concede la ayuda.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

C/ Donostia-San Sebastián, 1.

01010 Vitoria-Gasteiz.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

2.23.– Expedientes sancionadores.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de los expedientes sancionadores incoados en el ámbito de las competencias de la Dirección de Salud Pública y Adicciones.

b) Personas o colectivos afectados:

Titulares o responsables de establecimientos objeto de expedientes sancionadores y personas físicas contra las que se incoe un expediente sancionador.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas y de las personas denunciantes, mediante formularios y la propia inspección.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), DNI, teléfono.

Datos económico-financieros: importe de multas.

Datos de infracciones administrativas.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A las Diputaciones Forales, Juzgados y Tribunales. Autoridades sanitarias.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Salud Pública y Adicciones.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

3.– Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

3.1.– Tarjeta Individual Sanitaria.

a) Finalidad y usos previstos:

Acreditación del derecho a la asistencia sanitaria de la ciudadanía de la Comunidad Autónoma del País Vasco protegida por el Sistema Sanitario de Euskadi.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas con derecho a la cobertura del Sistema Sanitario Público de Euskadi y personal médico de la red pública de la CAPV.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, del Ministerio de Justicia, de la TGSS, de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de prestadores o prestadoras de servicios de certificación electrónica, del INE, del Eustat, de las Diputaciones Forales y de los Ayuntamientos, mediante formularios y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI, n.º SS, nombre y apellidos del o de la paciente, nombre y apellidos del médico asignado o médica asignada y del médico elegido o médica elegida, domicilio, teléfono, firma electrónica, n.º TIS y fecha de caducidad, código CIC (Código de Identificación Corporativo).

Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento (provincia de origen), datos de familia, sexo, edad, tipo usuario (titular / persona beneficiaria).

Datos de detalle de empleo: centro sanitario en que trabaja el médico o médica, persona activa / pensionista, sector económico donde trabaja.

Datos económicos y financieros: dato relativo al nivel de aportación que corresponda a cada asegurado o asegurada.

Datos de transacciones: régimen de aseguramiento, causa de alta en el Sistema de Salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Osakidetza-Servicio vasco de salud, al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social, a Oficinas de Farmacia y a prestadores o prestadoras de servicios de certificación electrónica.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

3.2.– Sistema Integrado de Aseguramiento de Base Poblacional.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión sanitaria y estudios e investigación en relación con la población de la Comunidad Autónoma del País Vasco protegida por el Sistema Sanitario de Euskadi.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas con derecho a la cobertura del Sistema Sanitario Público de Euskadi y personal médico de la red pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, del Ministerio de Justicia, de la TGSS, de las Mutuas de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de prestadores o prestadoras de servicios de certificación electrónica, del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, del INE, del Eustat, de las Diputaciones Forales y de los Ayuntamientos, mediante formularios y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI, n.º SS, nombre y apellidos del o de la paciente, nombre y apellidos del médico asignado o médica asignada y del médico elegido o médica elegida, domicilio, teléfono, firma electrónica, n.º TIS y fecha de caducidad, código CIC (Código de Identificación Corporativo).

Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento (provincia de origen), datos de familia, sexo, edad, tipo usuario (titular / persona beneficiaria).

Datos de detalle de empleo: centro sanitario en que trabaja el médico o médica, persona activa / pensionista, sector económico donde trabaja.

Datos económicos y financieros: dato relativo al nivel de aportación que corresponda a cada asegurado o asegurada.

Datos de transacciones: régimen de aseguramiento, causa de alta en el Sistema de Salud.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Osakidetza-Servicio vasco de salud y a Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

3.3.– Contratación sanitaria y prestaciones.

a) Finalidad y usos previstos:

Control de la actividad y financiación de la asistencia sanitaria de Osakidetza-Servicio vasco de salud y empresas y centros asistenciales concertados. Gestión de la derivación de la asistencia sanitaria, incluyendo la asistencia sanitaria a las niñas y niños de países en vías de desarrollo.

b) Personas o colectivos afectados:

Población asistida por el Sistema Sanitario Público Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada, de ONGs, de empresas y centros de asistencia sanitaria y de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante formularios, recetas y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: n.º SS Mutualidad del o de la paciente, nombre y apellidos del o de la Paciente, DNI del o de la paciente, domicilio del o de la paciente, teléfono del o de la paciente, nombre y apellidos del médico o médica, denominación del Centro concertado, n.º Tarjeta Individual Sanitaria, n.º Historia Clínica, n.º Colegiación y Centro de prescripción.

Datos de características personales: edad, sexo, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad.

Datos de detalle de empleo: centro y servicio donde trabaja el médico o médica.

Datos económico-financieros: datos bancarios, n.º de cuenta.

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona afectada.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A centros sanitarios privados y a Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

3.4.– Gestión de Incapacidad Temporal.

a) Finalidad y usos previstos:

Registro, gestión, evaluación y control de las incapacidades temporales por contingencia común.

b) Personas o colectivos afectados:

Población beneficiaria de la prestación sanitaria en la CAPV con cobertura por el sistema de Seguridad Social.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de las entidades gestoras de la Seguridad Social y de las Mutuas, mediante formularios, partes de alta/baja y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI del médico o médica, nombre y apellidos del médico o médica, DNI de la persona trabajadora, n.º SS de la persona trabajadora, nombre y apellidos de la persona trabajadora, nombre y apellidos de la Inspectora o del Inspector Médico, dirección, teléfono, n.º de registro personal.

Datos de detalle de empleo: número de plaza del médico o médica, Centro de Salud del médico o médica.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Osakidetza-Servicio vasco de salud, a Osalan, al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a las Entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social y a Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

3.5.– Sistema de Atención a la clientela.

a) Finalidad y usos previstos:

Tutela de los derechos de la ciudadanía en el ámbito de los servicios sanitarios, valoración de la satisfacción y de las necesidades de las personas usuarias y de la calidad de la prestación mediante la monitorización del registro de las reclamaciones y demandas planteadas. Seguimiento y respuesta de las peticiones de las personas usuarias. Mejora del servicio.

b) Personas o colectivos afectados:

Ciudadanos o ciudadanas que realicen consultas y planteen quejas o reclamaciones referidas al ámbito de prestación de los servicios sanitarios en la CAPV, así como aquellas personas a las que se refieran tales quejas y consultas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas, de medios de comunicación, de Osakidetza-Servicio vasco de salud, del Ararteko y de otras instituciones públicas, mediante reclamaciones y quejas orales o escritas, y también por correo electrónico.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono.

Datos de características personales: de familia.

Datos de transacciones: queja.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A la parte reclamada.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

3.6.– Voluntades Anticipadas.

a) Finalidad y usos previstos:

Garantía y verificación del ejercicio de las voluntades anticipadas o instrucciones previas en el ámbito de la sanidad. Disponibilidad de la información únicamente a quien corresponda.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas que ejerzan su derecho de voluntad anticipada, sus representantes y las y los testigos o notarios y notarias ante quienes se ejerce esta voluntad.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Declaración por parte de cualquier persona que desee voluntariamente inscribir sus voluntades anticipadas en el Registro mediante un formulario o escrito, o bien proceden de notarios y notarias o de otros Registros de Ayuntamientos ante los que se otorgan las voluntades anticipadas, mediante transmisión electrónica o en papel.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, teléfono / correo electrónico, DNI / pasaporte / tarjeta de residencia.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, edad.

Datos especialmente protegidos: salud, religión, creencias.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Registro central) y a Registros similares de otras Comunidades Autónomas, así como a médicos o médicas en situación de decisión y representantes.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

3.7.– Gestión de la prestación ortoprotésica.

a) Finalidad y usos previstos:

Control del proceso de prescripción, dispensación y facturación de ortoprótesis; explotación de información sobre productos ortoprotésicos prescritos; visado, reintegro de gastos y autorizaciones previas; gestión de los convenios de colaboración para la dispensación de las prestaciones ortoprotésicas.

b) Personas o colectivos afectados:

Personal médico prescriptor de ortoprótesis, titulares y técnicas o técnicos ortopédicos de establecimientos con convenios de colaboración para la dispensación de la prestación ortoprotésica y personas beneficiarias de ortoprótesis.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del personal médico prescriptor y de las y los pacientes mediante el documento de prestación ortoprotésica, de la documentación presentada por los establecimientos para concertar convenios de colaboración y de las actas de la Inspección.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: del o de la paciente (DNI, n.º SS / Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma), de la médica o del médico prescriptor de la ortoprótesis (nombre y apellidos, n.º colegiación).

Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad.

Datos de detalle de empleo: del o de la paciente (centro de trabajo), de la médica o del médico prescriptor de la ortoprótesis (centro de trabajo, especialidad).

Datos económicos y financieros: ingresos-rentas, inversiones, bienes patrimoniales, datos bancarios, planes de pensiones, jubilación, datos económicos de nómina, subsidios, beneficios.

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona afectada.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

3.8.– Expedientes sancionadores.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de los expedientes sancionadores incoados en el ámbito de las competencias de la Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

b) Personas o colectivos afectados:

Titulares o responsables de empresas o establecimientos objeto de expedientes sancionadores y personas físicas contra las que se incoe un expediente sancionador.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas y de las personas denunciantes, mediante formularios y la propia inspección.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), DNI, teléfono.

Datos económico-financieros: importe de multas.

Datos de infracciones administrativas.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A las Diputaciones Forales, Juzgados y Tribunales. Autoridades sanitarias.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

4.– Dirección de Farmacia.

4.1.– Establecimientos y servicios de atención farmacéutica.

a) Finalidad y usos previstos:

Ordenación y planificación de la atención farmacéutica.

b) Personas o colectivos afectados:

Personal relacionado con las oficinas de farmacia, servicios de farmacia hospitalaria y almacenes de distribución de medicamentos.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, edad.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, pertenencia a colegios profesionales.

Datos de información comercial: actividades y negocios.

Datos económico-financieros y de seguros: declaración de la renta de la persona titular de la farmacia.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A los Colegios de farmacéuticos y a farmacéuticos.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Farmacia.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.2.– Gestión de la prestación farmacéutica.

a) Finalidad y usos previstos:

Control del proceso de prescripción, dispensación y facturación de recetas financiables por el Departamento de Salud. Explotación de información sobre prescripción, dispensación y facturación de productos farmacéuticos financiables por el Departamento de Salud y sobre personal facultativo prescriptor y oficinas de farmacia dispensadoras. Control específico del visado de inspección. Gestión de la entrega de talonarios de recetas a facultativos médicos de Osakidetza-Servicio vasco de salud o autorizados por el Departamento de Salud.

b) Personas o colectivos afectados:

Personal médico prescriptor de recetas, oficinas de farmacia, laboratorios farmacéuticos y población asegurada por el Sistema Sanitario de Euskadi.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante formularios y recetas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, n.º colegiación.

Datos de detalle de empleo: centro de trabajo.

Datos de transacciones: bienes y servicios suministrados por la persona afectada (medicamentos suministrados por laboratorios, dispensados en oficinas de farmacias y prescritos por personal facultativo médico).

Datos económico-financieros: facturación económica de oficinas de farmacia, gasto efectuado por personal facultativo y para cada medicamento.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Farmacia.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

4.3.– Gestión de Medicamentos para la Esclerosis Múltiple.

a) Finalidad y usos previstos:

Valoración de la idoneidad del tratamiento y seguimiento de los y las pacientes, gestionando las autorizaciones o denegaciones de dicho tratamiento. Realización de la orden de pago para el centro sanitario y la orden de dispensación de los medicamentos necesarios para la farmacia.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes que necesitan un tratamiento con medicamentos costosos y personal médico prescriptor.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos del o de la paciente, nombre y apellidos del médico o médica.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo.

Datos de detalle de empleo: del médico o médica (centro de trabajo, especialidad).

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Farmacia.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

4.4.– Receta electrónica.

a) Finalidad y usos previstos:

Integración de la información sobre prescripción, dispensación, visado y facturación de recetas financiadas por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco; el acceso a la información necesaria para la prescripción y dispensación, así como la explotación de la información sobre prescripción y dispensación de productos farmacéuticos financiables por personal facultativo médico, oficinas de farmacia y personas aseguradas y para el control de la prestación farmacéutica, incluida la fármaco-vigilancia.

b) Personas o colectivos afectados:

Población asegurada por el Sistema Sanitario de Euskadi que esté sometida a algún tratamiento farmacológico, personal facultativo que prescribe algún tratamiento a cargo del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, personal del Departamento de Salud responsable del visado de recetas y profesionales farmacéuticos o farmacéuticas de las oficinas de farmacia que dispensen en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Responsables de la prestación farmacéutica del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, profesionales de los centros sociosanitarios y profesionales que lleven a cabo el suministro de productos farmacéuticos financiables a los centros sociosanitarios.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante los sistemas universales de prescripción electrónica, visado electrónico, y dispensación electrónica, así como la grabación de los datos de prescripción de las recetas médicas del Servicio vasco de salud y de la dispensación de recetas en las oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los datos serán proporcionados por la propia persona interesada, por su persona representante autorizada o suministrados por aquellos centros, establecimientos o personas profesionales públicas o privadas que intervienen en la prestación sanitaria.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: número TIS, nombre y apellidos de la persona asegurada, nombre, apellidos y número de la persona colegiada médica prescriptora. Datos identificativos de las Oficinas y servicios de farmacia dispensadora, nombre y apellidos del farmacéutico o farmacéutica. Nombre y apellido de la persona visadora, producto farmacéutico financiable prescrito, producto farmacéutico financiable dispensado, fecha de prescripción y dispensación.

Datos de detalle de empleo: del médico o médica (centro de trabajo, especialidad).

Datos económico-financieros de la prestación farmacéutica.

Datos especialmente protegidos: datos de salud (datos de recetas dispensadas).

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Osakidetza-Servicio vasco de salud, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Oficinas de Farmacia, centros sociosanitarios y entidad/es encargada/s de suministrar a los centros sociosanitarios los productos farmacéuticos financiables.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Farmacia.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

4.5.– Ensayos clínicos y estudios post-autorización con medicamentos y productos sanitarios, proyectos de investigación evaluados por el Comité Ético de Investigación Clínica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

a) Finalidad y usos previstos:

Recoger y analizar la información de las investigaciones realizadas con medicamentos y productos sanitarios, tanto ensayos clínicos, como estudios post-autorización, como proyectos de investigación evaluados por el Comité Ético de Investigación Clínica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Personas o colectivos afectados:

Personal investigador.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la documentación que presentan las personas promotoras y/o investigadoras de los estudios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a otros organismos públicos con competencia en materia de investigación biomédica.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Farmacia.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.6.– Gestión de servicios farmacéuticos.

a) Finalidad y usos previstos:

Efectuar el control y seguimiento de las empresas distribuidoras y fabricantes de productos farmacéuticos, productos sanitarios y cosméticos.

b) Personas o colectivos afectados:

Personal de las entidades registradas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la persona interesada y de Ayuntamientos a través de formularios y otra documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

4.7.– Gestión de medicamentos especiales.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de suministro de medicamentos extranjeros en la Comunidad Autónoma del País Vasco; tramitación de órdenes de suministro teniendo en cuenta los datos del informe clínico. Vigilancia de la dispensación y el consumo de metadona y medicamentos de especial control.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes, personal médico que recetan y personal farmacéutico que dispensan determinados medicamentos.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de farmacias y centros solicitantes de medicamentos mediante modelos de solicitud normalizados y recetas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos del o de la paciente, DNI, n.º SS, teléfono de contacto, nombre y apellidos de la médica o del médico prescriptor, número de colegiación, centro sanitario solicitante del medicamento, número de expediente, fecha de petición, fecha de resolución.

Datos de detalle de empleo: especialidad médica del personal facultativo prescriptor.

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona afectada.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

Sancho El Sabio 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

4.8.– Expedientes sancionadores.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de los expedientes sancionadores incoados en el ámbito de las competencias de la Dirección de Farmacia.

b) Personas o colectivos afectados:

Titulares o responsables de establecimientos objeto de expedientes sancionadores y personas físicas contra las que se incoe un expediente sancionador.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas y de las personas denunciantes, mediante formularios y la propia inspección.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), DNI, teléfono.

Datos económico-financieros: importe de multas.

Datos de infracciones administrativas.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A las Diputaciones Forales, Juzgados y Tribunales. Autoridades sanitarias.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Farmacia.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

5.– Dirección de Investigación e Innovación Sanitarias.

5.1.– Investigación sanitaria.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de las solicitudes y seguimiento de las ayudas para investigación convocadas por el Departamento de Salud, así como el seguimiento de la trayectoria científica de las personas, gestión de áreas y líneas de investigación.

b) Personas o colectivos afectados:

Solicitantes de ayudas para investigación.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas, mediante formularios, presentación de documentos y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, DNI, teléfonos, fax.

Datos de circunstancias personales: fecha de nacimiento.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, año licenciatura.

Datos de detalle de empleo: puesto de trabajo, centro trabajo, especialidad.

Datos económico financieros y de seguros: bancarios (n.º de cuenta).

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona beneficiaria (ayuda recibida).

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Investigación e Innovación Sanitarias de la Viceconsejería de Salud.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Investigación e Innovación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.– Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

6.1.– Ordenación Sanitaria.

a) Finalidad y usos previstos:

Acreditar los centros sanitarios en que se prestan determinados servicios, y conocer cuántos centros realizan cada actividad asistencial. Gestionar las autorizaciones administrativas previas a la publicidad sanitaria y sus incidencias posteriores.

b) Personas o colectivos afectados:

Responsables de actividades sanitarias, actividades de investigación, personas pertenecientes a CEICs y CEAs, y solicitantes de autorizaciones administrativas de publicidad sanitaria.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas, registros públicos y Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante formularios, presentación de documentos y protocolos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, domicilio, teléfono, fax.

Datos de circunstancias personales: fecha de nacimiento.

Datos de circunstancias sociales: licencias, permisos, autorizaciones.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones.

Datos de detalle de empleo: puesto de trabajo, centro de trabajo, especialidad.

Datos de información comercial: actividades y negocios.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.2.– Docencia y desarrollo profesional.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de las solicitudes y seguimiento de las ayudas para docencia y desarrollo profesional convocadas por el Departamento de Salud. Acreditación de formación continuada. Gestión de la formación especializada (encuesta de residentes, acreditación de centros, unidades docentes, tutores o tutoras, auditorías de centros y unidades docentes). Reconocimiento de interés sanitario. Homologación de títulos de formación profesional del ámbito sanitario. Habilitación para el ejercicio profesional en el ámbito sanitario. Gestión de actividades en general.

b) Personas o colectivos afectados:

Solicitantes de ayudas para docencia y desarrollo profesional. Solicitantes de acreditación de actividad de formación y solicitantes de ayudas a instituciones y entidades. Docentes y participantes en actividades de formación continuada. Residentes de formación especializada. Participantes en procesos de habilitación profesional. Solicitantes de homologación de formación profesional del ámbito sanitario.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas, mediante formularios, presentación de documentos y transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, DNI, teléfonos, fax.

Datos de circunstancias personales: fecha de nacimiento.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, año licenciatura.

Datos de detalle de empleo: puesto de trabajo, centro de trabajo, especialidad, experiencia laboral.

Datos económico financieros y de seguros: bancarios (n.º de cuenta).

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona beneficiaria (ayuda recibida).

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a otros organismos públicos con competencia en materia sanitaria.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.3.– Registro de altas hospitalarias (cmbd).

a) Finalidad y usos previstos:

Conocer las características demográficas y clínicas de las personas ingresadas, así como los procedimientos realizados y los resultados de todos los episodios de hospitalización. El objetivo es obtener información relevante sobre frecuentación y utilización hospitalaria para la planificación y evaluación sanitaria.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas que hayan sido dadas de alta en un centro hospitalario de la CAPV.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de los hospitales públicos y privados de la CAPV mediante transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: código de centro, n.º de registro de ingreso, fecha y hora de ingreso, fecha y hora de alta, n.º de historia clínica, TIS, CIC, provincia y municipio de residencia, código postal, domicilio, en su caso, país de residencia, servicio de ingreso y alta, código del médico o médica responsable del alta.

Datos de características personales: sexo, fecha de nacimiento, país de nacimiento.

Otros datos del episodio: tipo de ingreso, circunstancia al alta, estancia en UCI, sexo y peso del recién nacido, régimen económico.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y a Osakidetza-Servicio vasco de salud.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.4.– Registro de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE).

a) Finalidad y usos previstos:

Conocer la información sobre las interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) realizadas en centros de la CAPV, así como las realizadas a mujeres residentes en la CAPV en otras comunidades autónomas. El objetivo es obtener información epidemiológica relevante para la planificación y evaluación sanitaria en el ámbito de la salud sexual y reproductiva de las mujeres.

b) Personas o colectivos afectados:

Mujeres que han realizado un IVE.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de los centros acreditados para la realización de IVE mediante formularios en papel.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: código de centro hospitalario, municipio de residencia, código postal.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, número de hijos y/o hijas, nacionalidad, fecha de llegada.

Datos académicos y profesionales: nivel de instrucción.

Datos de detalle de empleo: persona activa/pensionista.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.5.– Registro de admisiones a tratamiento por consumo de sustancias psicoactivas.

a) Finalidad y usos previstos:

Obtener información sobre las nuevas admisiones a tratamiento por consumo de sustancias psicoactivas en centros de tratamiento de toxicomanías de la CAPV. El objetivo es obtener información epidemiológica relevante para la planificación y evaluación sanitaria en el ámbito de las drogodependencias.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas que han comenzado un tratamiento por consumo de sustancias psicoactivas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de los centros de tratamiento de toxicomanías mediante formularios en papel.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: código de centro hospitalario, dos primeras letras de los dos apellidos, número de historia clínica, municipio de residencia.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, provincia de nacimiento, nacionalidad, sexo.

Datos académicos y profesionales: nivel de instrucción.

Datos de detalle de empleo: persona activa/pensionista.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.6.– Registro de urgencias hospitalarias en personas consumidoras de sustancias psicoactivas.

a) Finalidad y usos previstos:

Obtener información sobre los episodios de urgencias hospitalarias en personas consumidoras de sustancias psicoactivas. El objetivo es obtener información epidemiológica relevante para la planificación y evaluación sanitaria en el ámbito de las drogodependencias.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas consumidoras de sustancias psicoactivas que acuden a urgencias.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Se realiza una búsqueda activa en los hospitales de la CAPV para seleccionar los casos que cumplen los criterios de inclusión en 12 semanas al año.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: código de centro hospitalario, n.º de registro de urgencia, municipio de residencia, dos primeras letras de los dos apellidos.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.7.– Registro de mortalidad por reacción adversa a sustancias psicoactivas.

a) Finalidad y usos previstos:

Obtener información sobre los fallecimientos por reacción adversa a sustancias psicoactivas. El objetivo es obtener información epidemiológica relevante para la planificación y evaluación sanitaria en el ámbito de las drogodependencias.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas fallecidas en la CAPV por reacción adversa a las drogas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del Instituto Vasco de Medicina Legal mediante formularios en papel.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: dos primeras letras de los dos primeros apellidos, municipio de residencia y municipio de defunción.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo, fecha de defunción.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.8.– Operaciones estadísticas.

a) Finalidad y usos previstos:

Conocer el nivel de salud percibida, los determinantes de la salud y la utilización de los servicios de salud.

b) Personas o colectivos afectados:

Muestreo de familias y personas que participan voluntariamente en la Encuesta de Salud.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas mediante encuestas, formularios y transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, DNI o pasaporte y Tarjeta Individual Sanitaria (TIS).

Datos de características personales: estado civil, familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, características físicas, edad, sexo, clasificación geográfica.

Datos de circunstancias sociales: conductas relacionadas con la salud (consumo de alcohol y de tabaco, actividad física, hábitos alimentarios), capital social.

Datos académicos y profesionales: formación/titulaciones.

Datos de detalle de empleo: categoría profesional, puesto de trabajo, situación laboral (persona activa, jubilada, parada).

Datos económicos y financieros: ingresos, gasto sanitario.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.9.– Módulo operacional del Sistema de Información de Salud de Euskadi.

a) Finalidad y usos previstos:

Tratamiento de datos básicos sobre personas, enfermedades y sus factores determinantes para un mejor conocimiento del nivel de salud y su evolución en la CAPV.

b) Personas o colectivos afectados:

Pacientes de asistencia primaria, especializada y hospitalaria de centros privados y públicos.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas y de Osakidetza-Servicio vasco de salud, Eustat y otras Administraciones Públicas mediante transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, n.º de seguridad social, n.º de TIS.

Datos de características personales: estado civil, familia, fecha de nacimiento, fecha de defunción, edad, sexo, características físicas.

Datos académicos y profesionales: formación/titulaciones, nivel de instrucción.

Datos de detalle de empleo: situación laboral (personas ocupadas, desocupadas y tipos de ocupación laboral), garante de la asistencia sanitaria.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.10.– Registro de Cáncer de Euskadi.

a) Finalidad y usos previstos:

Conocimiento de las características clínicas y epidemiológicas del cáncer en la Comunidad Autónoma de Euskadi para la prevención de los riesgos para la salud, planificación, evaluación y programación sanitaria.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas diagnosticadas de cáncer residentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Centros sanitarios, Registros Auxiliares del Cáncer, CMBD y registro de altas hospitalarias, registros dependientes del Sistema de Vigilancia Epidemiológica, registros demográficos y registros de cáncer de otras Comunidades Autónomas.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección, n.º Tarjeta Individual Sanitaria, centro sanitario y número de registro, código del centro hospitalario, n.º del registro de ingreso, n.º de historia clínica, código del servicio que emite el alta, código del médico o médica que firma el alta.

Datos de características personales: estado civil, familia, número de hijos y/o hijas, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, fecha de exitus, edad, sexo, nacionalidad.

Datos académicos y profesionales: formación/titulaciones (nivel de instrucción).

Datos de detalle de empleo: situación laboral, garante de la hospitalización del paciente.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y/o no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Osakidetza-Servicio vasco de salud y a Administraciones de las Comunidades Autónomas que dispongan de registros poblacionales de cáncer, cuyos y cuyas pacientes han sido diagnosticadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.11.– Sistema de información de profesionales de la salud de Euskadi.

a) Finalidad y usos previstos:

Integrar todos los registros de profesionales de la salud de Euskadi para facilitar a las Administraciones sanitarias la información necesaria para la toma de decisiones y el ejercicio de sus competencias en orden a la planificación, formación y organización de los recursos sanitarios, así como garantizar el derecho de la ciudadanía a las prestaciones sanitarias y de los derechos reconocidos en la Ley 44/2003, de profesiones sanitarias.

b) Personas o colectivos afectados:

Profesionales de la salud que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las y los propios profesionales sanitarios, de los Colegios y Consejos Profesionales, centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos y privados y aseguradores o aseguradoras del ramo de enfermedad que operen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, mediante encuestas, formularios y transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, número de DNI, NIE o pasaporte.

Datos de características personales: fecha de nacimiento, sexo, lugar de nacimiento, nacionalidad, código postal del lugar de residencia y del lugar de ejercicio profesional.

Datos académicos y profesionales: titulación, grado de carrera profesional, situación profesional, ejercicio profesional, colegiación.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y resto de Administraciones Sanitarias, Colegios Profesionales y la ciudadanía en relación a los datos del fichero determinados como públicos.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.12.– Registro de enfermedades raras de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

a) Finalidad y usos previstos:

Conocer la incidencia y prevalencia de las enfermedades raras en la Comunidad Autónoma de Euskadi para la elaboración y evaluación de las actividades de prevención, planificación y asistencia sanitaria, así como para el desarrollo de líneas de investigación prioritarias y mejora de la calidad de vida de las y los pacientes afectados y sus familias.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas que sean diagnosticadas de enfermedades raras o las que se les haga seguimiento de las mismas en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Centros sanitarios, Departamento de Salud y Osakidetza-Servicio vasco de salud, registros de asociaciones, de investigación o de medicamentos y de Administraciones públicas sanitarias, mediante formularios y transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, provincia, municipio, domicilio, centro sanitario, historia clínica, CIC, TIS y n.º de SS.

Datos de características personales: sexo, fecha de nacimiento, país de nacimiento, estado de vida, fecha de defunción.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Osakidetza-Servicio vasco de salud, al Instituto de Enfermedades raras del Instituto Carlos III y a otras administraciones sanitarias que dispongan de registros de enfermedades raras.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel alto.

6.13.– Registro Oficial de Establecimientos de Productos Sanitarios en la Comunidad del País Vasco.

a) Finalidad y usos previstos:

Ordenación mediante registros de los establecimientos dedicados a la fabricación de productos sanitarios a medida, así como a la comercialización, distribución y venta de productos sanitarios.

b) Personas o colectivos afectados:

Titulares y personas responsables técnicas de los establecimientos dedicados a la fabricación de productos sanitarios a medida, así como a la comercialización, distribución y venta de productos sanitarios.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de las personas interesadas de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios mediante formularios y documentos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/CIF, dirección y teléfono de la persona titular de la licencia; nombre y apellidos y cualificación profesional de la persona responsable técnica.

Datos de transacciones: tipo de productos que se van a fabricar o a distribuir.

Datos de información comercial: número y fecha de licencia, situación registral.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS), Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.14.– Registro Vasco de Desfibriladores Externos Automatizados.

a) Finalidad y usos previstos:

Censar los Desfibriladores Externos Automáticos y Semiautomáticos cuya instalación se haga tanto de forma voluntaria como de forma obligatoria para que se puedan imbricar en las fases iniciales de la Reanimación Cardiopulmonar como apoyo a la red de urgencias.

b) Personas o colectivos afectados:

Todas aquellas personas físicas o jurídicas que estén obligadas a instalar un desfibrilador externo automático o semiautomático y/o aquellas personas físicas o jurídicas que deseen instalarlo y lo instalen.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen de la comunicación que la persona física o jurídica ponga en conocimiento de la administración, Dirección de Planificación Ordenación y Evaluación Sanitarias.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo de la persona responsable: nombre y apellidos, DNI/NIF, cargo.

Identificación de la organización: dirección, teléfono.

Datos del DEA: modelo y n.º de serie.

Ubicación: texto.

Fecha: fecha de instalación.

Datos de localización: plano (si necesario).

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A Emergencias/Larrialdiak del Gobierno Vasco.

g) Transferencias internacionales de datos:

No aplica.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

6.15.– Expedientes sancionadores.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de los expedientes sancionadores incoados en el ámbito de las competencias de la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

b) Personas o colectivos afectados:

Titulares o responsables de establecimientos objeto de expedientes sancionadores y personas físicas contra las que se incoe un expediente sancionador.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas y de las personas denunciantes, mediante formularios y la propia inspección.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), DNI, teléfono.

Datos económico-financieros: importe de multas.

Datos de infracciones administrativas.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado y no automatizado.

f) Cesiones de datos:

A las Diputaciones Forales, Juzgados y Tribunales. Autoridades sanitarias.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Delegación Territorial de Salud de Álava.

C/ Olagibel, 38.

01004 Vitoria-Gasteiz.

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia.

Alameda Recalde, 39 A.

48008 Bilbao.

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa.

C/ Sancho el Sabio, 35.

20010 San Sebastián.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

7.– Dirección del Gabinete del Consejero o Consejera de Salud.

7.1.– Solicitudes de información Ararteko y Parlamento.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de las respuestas a consultas planteadas por Parlamento Vasco, Ararteko y Defensor del Pueblo.

b) Personas o colectivos afectados:

Personas que planteen reclamaciones y preguntas ante los órganos indicados.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos proceden de las personas interesadas, Administraciones Públicas, Parlamentos, Juzgados y Tribunales, el Ararteko y el Defensor del Pueblo, mediante expedientes administrativos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, DNI.

Datos de transacciones: bienes y servicios recibidos por la persona afectada.

e) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

f) Cesiones de datos:

No detectadas.

g) Transferencias internacionales de datos:

No detectadas.

h) Órgano responsable del fichero:

Dirección del Gabinete del Consejero o Consejera de Salud.

i) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Dirección del Gabinete del Consejero o Consejera de Salud.

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1.

01010 Vitoria-Gasteiz (Araba/Álava).

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.


Análisis documental