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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 200, jueves 19 de octubre de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
5006

DECRETO 233/2017, de 17 de octubre, sobre autorización de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la sociedad Araba Logística, S.A.

En ejercicio de las atribuciones que le corresponden en materia de transportes terrestres conforme al artículo 7.1 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y en coherencia con el mismo, el Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, atribuye a la Dirección de Planificación del Transporte la planificación y ordenación de transporte de viajeros y mercancías y de las actividades auxiliares y complementarias del mismo, además del desarrollo de las políticas logísticas para el transporte en el País Vasco.

Por escritura otorgada el 13 de febrero de 2003 ante el Ilte. Notario del Colegio de Bilbao D. Alfredo Pérez Ávila y con el número 473 de su protocolo se constituyó la sociedad mercantil, de forma anónima, con la denominación de «Araba Logística, Sociedad Anónima», siendo sus socios iniciales Álava Agencia de Desarrollo, S.A., Araba Gertu, S.A., Acesa Promotora Logística, S.A.

Su objeto social se centra en la urbanización, construcción, desarrollo y explotación de edificaciones destinadas a actividades logísticas y prestación de servicios comunes, en la planificación, asistencia técnica, gestión, organización, coordinación, dirección, mantenimiento, y conservación de tales obras y servicios, bajo cualquiera de las formas contractuales permitidas en derecho. Así mismo, se dedica también a la gestión, mantenimiento y explotación de las «áreas de servicios» anexas a las obras y servicios de infraestructura del transporte y las comunicaciones.

Según escritura otorgada el 20 de abril de 2004 ante el Ilte. Notario del Colegio de Bilbao D. Fernando Ramos Alcázar el número 1519, la Compañía Mercantil «Álava Agencia de Desarrollo, S.A.» vendió y transmitió a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi diez mil acciones de la Sociedad «Araba Logística, S.A.» nominativas, números 11001 a 21000, ambos inclusive, de treinta (30,00) euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente desembolsadas, representado todo ello un total de trescientos mil (300.000,00) euros.

El capital de la sociedad, anterior a la ampliación prevista, asciende a un millón cinco (1.000.005,00) euros, representado por ciento treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro (133.334) acciones nominativas, de 7,5 euros de valor nominal cada una, que constituyen una serie única de numeración correlativa del 1 al 133334, ambas inclusive, y ha sido totalmente suscrito y desembolsado. El capital participado y suscrito por la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi es de noventa y nueve mil novecientos noventa y siete euros y cincuenta céntimos (99.997,50) que supone el 10% del capital social.

De acuerdo con las previsiones de tesorería de la compañía para el ejercicio 2017, se ha previsto proponer a la Junta de Accionistas de la sociedad que a tal fin se convoque, la adopción del acuerdo de ampliación de capital de la entidad en la cifra de setecientos cincuenta mil (750.000,00) euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 100.000 nuevas acciones, numeradas correlativamente de la 133335 a la 233334, ambas inclusive, de 7,5 euros de valor nominal cada una de ellas y de igual clase a las existentes.

Las nuevas acciones se emiten con una prima de emisión total por importe de doscientos cincuenta mil (250.000,00) euros, es decir, una prima de emisión unitaria de 2,5 euros por cada una de las 100.000 acciones nuevas que se emiten.

La Administración de la CAPV tiene intención de acudir a la ampliación de capital adquiriendo 10.000 acciones por valor nominal de setenta y cinco mil (75.000,00) euros y una prima de emisión de veinticinco mil (25.000,00) euros, con un desembolso total de cien mil (100.000,00) euros.

Siguiendo con la política de la Administración de la CAPV de potenciar los centros de logística del sector del transporte, se estima adecuado acudir a la referida ampliación de capital de la sociedad Araba Logística, S.A., no habiendo variación en el porcentaje de participación de la Administración de Euskadi en el capital social, es decir, sigue siendo del 10%, todo ello conforme al procedimiento señalado en el artículo 110 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, y demás disposiciones concordantes.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y del Consejero de Hacienda y Economía, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de octubre de 2017,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar la participación de la Administración de la Comunidad Autónoma en la ampliación de capital de acuerdo con las previsiones de tesorería de Araba Logística, S.A., la cual se ha previsto proponer a la Junta General de Accionistas de la sociedad que a tal fin se convoque, con una aportación por parte de aquella de setenta y cinco mil (75.000,00) euros de valor nominal y una prima de emisión de veinticinco mil (25.000,00) euros, con un desembolso total de cien mil (100.000,00) euros.

Artículo 2.– Los derechos de socio que a la Administración de la Comunidad Autónoma le corresponden en la sociedad anónima, serán ejercitados por el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Artículo 3.– Autorizar indistintamente al Director de Patrimonio y Contratación y al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes a materializar, en nombre de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, los desembolsos y aportaciones necesarias para la suscripción y cobertura del importe de las acciones correspondientes y para el ejercicio de cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de octubre de 2017.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

El Consejero de Hacienda y Economía,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.


Análisis documental