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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 181, jueves 21 de septiembre de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
4555

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2017, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, de corrección de errores de la Resolución de 4 de septiembre de 2017, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 4 de septiembre de 2017, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 176, de 14 de septiembre de 2017, se procede a su corrección:

En la página 2017/4461 (1/1), en el resuelvo primero, donde dice:

«Primero.– Someter a trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»

debe decir:

«Primero.– Someter a trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.»

En el resuelvo segundo, donde dice:

«Segundo.– El contenido del proyecto estará disponible en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo sita en la calle Navarra, n.º 2 de Vitoria-Gasteiz y en el portal de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (www.lankidetza.euskadi.eus).»

debe decir:

«Segundo.– El contenido del proyecto estará disponible en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo sita en la calle Navarra, n.º 2 de Vitoria-Gasteiz y en el portal de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (www.elankidetza.euskadi.eus).»

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de septiembre de 2017.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental