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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 176, jueves 14 de septiembre de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
4461

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2017, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo ha elaborado un proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que ha de tramitarse conforme determina la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.

Para ello, en cumplimiento de dicha regulación legal, el Lehendakari dictó, con fecha 7 de junio de 2017, el Decreto 14/2017 que dio inicio al procedimiento de elaboración y tramitación del proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi y, posteriormente, el Decreto 16/2017, de 22 de junio, de aprobación previa de dicho proyecto normativo, una vez redactado el texto articulado.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 de la citada Ley 8/2003, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de las ciudadanas y ciudadanos y aquellas otras cuya naturaleza lo aconseje se someterán a información pública.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

RESUELVO:

Primero.– Someter a trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se crea y regula el Registro de Agentes de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Segundo.– El contenido del proyecto estará disponible en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo sita en la calle Navarra, n.º 2 de Vitoria-Gasteiz y en el portal de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (www.lankidetza.euskadi.eus).

Tercero.– Las alegaciones se pueden presentar en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas y tienen que ir dirigidas a la citada Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de septiembre de 2017.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental