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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 157, viernes 18 de agosto de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
4129

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 123/2017 seguido sobre divorcio contencioso.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Divor.contenc. 123/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Donostia - San Sebastián a instancia de Olalla Ruiz Cervera contra Diego Ariel Del Valle, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 208/2017

Juez que la dicta: D.ª Elisabet Garcia Alegre.

Lugar: San Sebastián.

Fecha: 4 de julio de 2017.

Parte demandante: Olalla Ruiz Cervera.

Abogada: Ana Rodrigo De Tomas.

Procuradora: Ana Arrizabalaga Lerchundi.

Parte demandada: Diego Ariel Del Valle.

Abogado/a.

Procurador/a.

Objeto del juicio: demanda de divorcio.

PARTE DISPOSITIVA

Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Arrizabalaga, en nombre y representación de Olalla Ruiz Cervera contra Diego Ariel Del Valle y, en consecuencia:

1.º) Declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído el día 5 de agosto de 2010 en la localidad de Córdoba (Argentina), por los expresados Olalla Ruiz Cervera y Diego Ariel Del Valle, ambos mayores de edad, con los efectos legales inherentes que se producirán desde la firmeza de esta sentencia, pero sin perjudicar a terceros de buena fe sino a partir de su inscripción en el Registro Civil.

2.º) Se acuerda la disolución del régimen económico matrimonial.

3.º) Quedan revocados, con carácter definitivo, los consentimientos y poderes que cualquiera de los esposos hubiera otorgado al otro.

Sin expresa imposición de costas.

Firme esta sentencia, comuníquese de oficio al Registro Civil para la práctica de los asientos que procedan (artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número ES55 0049 3569 9200 0500 1274 CONCEPTO 1847 0000 00 0123 17, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Diego Ariel Del Valle, extiendo y firmo la presente en Donostia - San Sebastián a 4 de julio de 2017.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental