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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 105, lunes 5 de junio de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2759

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución 55/2017, de 12 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Acuerdo de Mesa Sectorial relativo a los puestos vacantes adscritos a Lanbide en referencia al concurso general para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.

El artículo 18.2.a) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores de composición que se produzcan en la publicación, siempre que alteren o modifiquen su contenido o pueda suscitar dudas al respecto, se rectificarán de oficio por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, o a instancia del órgano u entidad interesado.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución 55/2017, de 12 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Acuerdo de Mesa Sectorial relativo a los puestos vacantes adscritos a Lanbide en referencia al concurso general para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 97, de 24 de mayo de 2017, se procede a su corrección.

En la página 2017/2553 (2/2), en el Anexo al Acuerdo, se procede a publicar el siguiente texto, al final del Anexo citado, por haberse omitido en la publicación realizada:

«El presente Acuerdo tendrá carácter excepcional y limitado por una sola vez en los términos que se expresan en el mismo.»


Análisis documental