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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 92, miércoles 17 de mayo de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2428

ORDEN de 9 de marzo de 2017, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la «Fundación Centro de Tecnologías Aeronáuticas», en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 2 de marzo de 2017 ha tenido entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la «Fundación Centro de Tecnologías Aeronáuticas», en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– Según consta en la escritura pública presentada, mediante acuerdo del Patronato adoptado el 20 de diciembre de 2016, se modifican «los estatutos de la Fundación para adaptarlos a los requisitos de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como para adecuarlos a la situación actual de la Fundación, respetando el fin fundacional de la misma y no existiendo prohibición por parte de las entidades fundadoras».

Mediante la modificación estatutaria realizada se hace referencia a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, se incluyen los principios por los que se guiará la Fundación, se posibilita la celebración de reuniones mediante videoconferencia, así como a la adopción excepcional de acuerdos sin reunión, y se corrige el lenguaje de género a lo largo del articulado.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, y el artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, 33.1 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco y 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la «Fundación Centro de Tecnologías Aeronáuticas», de Miñano (Álava), en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, acordada por el Patronato de la Fundación el 20 de diciembre de 2016, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 8 de febrero de 2017, ante el Notario don Luis Pérez de Lazárraga Villanueva (n.º de protocolo: 154).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de marzo de 2017.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental