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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 72, miércoles 12 de abril de 2017


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE VITORIA-GASTEIZ
1899

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 830/2016 seguido sobre división de cosa común.

EDICTO

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio pro. ordinario 830/2016.

Parte demandante: sonia Del Rio Alaña.

Parte demandada: Juan Carlos Novoa Rodriguez.

Sobre: división cosa común.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 74/2017

Juez que la dicta: D./D.ª Ana Hernandez Garcia.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: diecisiete de marzo de dos mil diecisiete.

Parte demandante: Sonia Del Rio Alaña.

Abogado/a: Blanca Estibaliz Parrilla Ruiz.

Procurador/a: Patricia Lascaray Palacios.

Parte demandada: Juan Carlos Novoa Rodriguez.

Abogado/a.

Procurador/a.

Objeto del juicio: contratos en general

FALLO

Debo estimar y estimo la demanda presentada por la Procuradora Sra. Lascaray, en nombre y representación de Dña. Sonia Del Rio Alaña frente a D. Juan Carlos Novoa Rodriguez, sobre acción de división de cosa común y, en consecuencia, declaro disuelto el régimen de copropiedad existente sobre la vivienda sita en la calle Las Neveras n.º 4, 2.º B de Vitoria-Gasteiz, inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 5 de Vitoria, acordando la pública subasta del referido inmueble con sus anejos plaza de garaje con el número 162 de la planta baja de sótano segunda y trastero número 92 en la planta de sótano segunda, en el caso de no haber acuerdo entre las partes, con admisión de licitadores extraños además de los litigantes, y con el precio que se obtenga por su venta distribuir el mismo en proporción a las cuotas de copropiedad existentes, que son, el cincuenta por ciento a favor de Dña. Sonia Del Rio Alaña y el otro cincuenta por ciento a favor de D. Juan Carlos Novoa Rodríguez, y sin perjuicio de las liquidaciones de deuda que en relación a dicha finca pudieran corresponderse realizar entre las partes.

Todo ello con expresa imposición en costas a la parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0072 0000 04 0830 16, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de 2017.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental