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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 66, martes 4 de abril de 2017


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DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
1734

ANUNCIO relativo a la subasta de bienes acordada en expedientes seguidos contra diversos obligados tributarios.

D.ª Zuriñe Embid Zubiria, Directora de Política Financiera y Recursos Institucionales del Gobierno Vasco,

HAGO SABER:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, aplicable según lo dispuesto en el artículo 65.1 del Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco, se han dictado, en cada uno de los expedientes seguidos contra diversos obligados tributarios, acuerdo decretando la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como Anexo I.

La subasta se celebrará el día 16 de mayo de 2017 a las 10,00 horas en el Edificio Lakua 2 del Gobierno Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián número 1, de Vitoria-Gasteiz. En cumplimiento del citado artículo se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta, lo siguiente:

Primero.– Que los bienes a subastar, integrados por lotes, tipo de subasta para cada uno de ellos y tramos para la licitación son los que se describen en el Anexo I.

Segundo.– Tales bienes están afectos por las cargas y gravámenes, si los hubiera, que figuran en su descripción, y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio de remate.

Tercero.– El tipo de subasta es el importe mínimo por el que se empieza a pujar, por lo que no se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas a los tramos indicados.

En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario.

El adjudicatario exonera expresamente al Gobierno Vasco, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Cuarto.– Los títulos disponibles podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en la oficina de Recaudación Ejecutiva sita en la Plaza San Pedro n.º 2, bajo, en Bilbao, en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes.

Los bienes objeto de enajenación se encuentran ya inscritos en el Registro de la Propiedad y los licitadores habrán de conformarse con las certificaciones de los títulos de propiedad de los bienes inmuebles, sin derecho a exigir otros que los obrantes en el expediente y sin que esta Administración contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar de oficio certificación del acto de adjudicación o, si el adjudicatario lo solicita en el acto de adjudicación, la correspondiente escritura de venta, en sustitución del obligado al pago. En todo caso el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inscripción en los términos previstos en la legislación hipotecaria.

Quinto.– La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se efectúa el pago de la deuda no ingresada, los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso, los recargos del periodo ejecutivo y las costas del procedimiento de apremio.

Sexto.– Podrán tomar parte en la subasta como licitadores cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que tenga. Se exceptúa el personal adscrito a las Oficinas de Recaudación Ejecutiva, tasadores, depositarios de los bienes y funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.

Septimo.– Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta señalado para cada uno de los bienes o lotes, con la advertencia de que, si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate.

El depósito deberá constituirse mediante cheque nominativo y cruzado a favor del Gobierno Vasco –Tesorería – y estar conformado o certificado por la entidad librada, en fecha y forma.

Cuando el licitador no resulte adjudicatario de un bien o lote de bienes, podrá aplicar dicho depósito al de otros bienes o lotes sucesivos por los que desee pujar.

En caso de no resultar adjudicatarios, los depósitos constituidos en el acto de la subasta, se devolverán al término de la misma y en otro caso, a través de la Tesorería del Gobierno Vasco salvo que proceda la compensación de oficio con deudas gestionadas por la misma.

Octavo.– Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta en la Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales, de la c/ Donostia-San Sebastián 1, Lakua, 01010 de Vitoria-Gasteiz. El sobre debe contener escrito firmado por el licitador o representante con poder suficiente y bastante, identificado con fotocopia del DNI/NIF, en el que se indique el precio de la oferta para la adjudicación del bien o lote al que desee optar y deberán ir acompañadas del resguardo del depósito realizado o cheque conformado por importe del depósito para licitar, extendido a favor del Gobierno Vasco. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas. La Mesa sustituirá a los licitadores en sobre cerrado, pujando por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en su oferta, pero éstos también podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre.

Noveno.– Los bienes descritos en cada uno de los lotes, se subastarán sin interrupción de forma sucesiva, y por el orden en que han quedado reseñados, y si para alguno no hubiese pujas, se pasará al que le siga, terminándose la subasta en el momento que con el importe de los bienes adjudicados se cubra la totalidad de los débitos exigibles al obligado al pago.

Decimo.– Cuando la licitación quedase desierta, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, contado desde ese momento, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación. No obstante, después de la celebración de la primera licitación, la Mesa podrá acordar la celebración de una segunda licitación, previa deliberación sobre su conveniencia.

Si se acuerda la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá un plazo de media hora para que los que deseen licitar constituyan los nuevos depósitos en relación con el nuevo tipo de subasta de los bienes que van a ser enajenados; a tal efecto, servirán los depósitos efectuados anteriormente. La segunda licitación se desarrollará con las mismas formalidades que la primera. Los bienes no adjudicados pasarán al trámite de adjudicación directa regulado en el artículo 107.

Undécimo.– Los adjudicatarios contraerán la obligación de entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los 15 días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación, con la advertencia de que si no lo completaran en dicho plazo, perderán el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago del precio del remate.

Aquellos adjudicatarios que ejerciten en el acto de adjudicación la opción prevista en el artículo 111 del Reglamento General de Recaudación pueden obtener autorización para efectuar el pago del precio de remate el mismo día en que se produzca el otorgamiento de la escritura pública de venta. En este caso, quién resulte adjudicatario tendrá que comunicar de forma expresa a la Mesa que desea acogerse a esta forma de pago en el mismo momento en que solicite el otorgamiento de la escritura pública de venta. Dicha autorización puede estar condicionada por decisión de la Mesa a que quien resulte adjudicatario deba constituir en el plazo improrrogable de los 10 días siguientes a la adjudicación un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito de garantía exigido para poder licitar en la subasta. Las decisiones que se adopten en relación con esta autorización se considerarán actos de trámite y no serán susceptibles de reclamación o recurso alguno.

Duodecimo.– Tratándose de bienes o derechos respecto de los que, según legislación vigente, existan interesados que tienen derecho de adquisición preferente, acordada la adjudicación, ésta se comunicará a dichos interesados. La adjudicación definitiva quedará en suspenso durante el plazo en el que, según la legislación aplicable, los interesados pueden ejercer su derecho.

Decimotercero.– Si quedasen bienes sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento a la mesa de subasta.

El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante, si la mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado a los bienes o lotes por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriquecimiento injusto del comprador en detrimento del propietario de los bienes, podría declarar inadmisible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.

Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales, de la c/ Donostia-San Sebastián 1, Lakua 01010 de Vitoria-Gasteiz, en horario de 9.00 a 14.00 horas. El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debidamente identificado con fotocopia del DNI/NIF, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar.

En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudicación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudicación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no se satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el importe del depósito que, en su caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas objeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate.

Transcurrido el plazo de un mes, por la Mesa de Subastas se abrirán las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se extenderá el plazo un mes más para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. Transcurrido el plazo máximo de 6 meses, si no hay adjudicación se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación de los bienes o derechos no adjudicados al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 del Reglamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien o derecho a cualquier interesado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local.

En lo no previsto expresamente en este apartado relativo al trámite de enajenación mediante adjudicación directa se estará a lo establecido anteriormente para la subasta en lo que resulte aplicable.

Decimocuarto.– Que el Gobierno Vasco se reserva el derecho a proponer a su favor la adjudicación en pago de las deudas no cubiertas de los bienes embargados que no se hubieran adjudicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de marzo de 2017.

La Directora de Política Financiera y Recursos Institucionales,

ZURIÑE EMBID ZUBIRIA.

ANEXO I. RELACIÓN DE BIENES A SUBASTAR

Lote n.º 1:

N.º Expediente apremio: 2014EXP37014523.

Descripción registral de la finca:

Urbana: participación indivisa de dos ciento veinteavas partes, a cuyo titular corresponde el uso de la parcela número cincuenta y ocho de la planta tercera de garajes, del elemento número uno. Cuerpo central, que se destina a la guarda de vehículos, indivisible por destino, que se distribuye en tres plantas, primera, segunda y tercera, a contar del nivel de la calle en su cota inferior. En su conjunto se ubican sesenta y dos plazas para guarda de vehículos. Ocupa toda la superficie del solar sobre el que se levanta, es decir, seiscientos sesenta y nueve metros y cuarenta decímetros cuadrados e iguales linderos: al norte, con la calle Santa Isabel; al sur, con calle Santa Isabel; al este, con casa número cincuenta y tres de la citada calle; y al oeste, con casa número cincuenta y uno de dicha calle. Radicada en el conjunto arquitectónico de Arrigorriaga, barrio Santa Isabel, La Peña, compuesto por dos casas señaladas con los números cincuenta y dos A, y cincuenta y dos B.

Derechos del deudor sobre la finca: pleno dominio de una participación indivisa de dos ciento veinteavas partes la finca, con carácter privativo.

Inscripción Registral:

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bilbao número 13, Tomo 1100, Libro 123, Folio 214. Finca registral n.º 7293/46. IDUFIR: 48036000037074.

Cargas vigentes sobre la finca:

Hipoteca a favor de Bilbao Bizkaia Kutxa, formalizada ante el notario D. Ignacio de Miguel Durán, el día 12 de junio de 2006, en garantía de un préstamo de diecinueve mil doscientos euros de principal, mil novecientos veinte euros de límite de intereses ordinarios, siete mil seiscientos ochenta euros para responder de intereses de demora, y tres mil seiscientos euros para gastos y costas, por plazo de doce años contados a partir de la fecha de otorgamiento de la escritura. A favor de la entidad acreedora se inscribe la facultad resolutoria resultante del pacto de vencimiento anticipado por incumplimiento de las obligaciones pactadas en la escritura.

A fecha 28 de septiembre de 2016, el importe pendiente asciende a la cantidad de 3.549,99 euros.

Valoración del bien que integra el lote.:.......................................................12.054,40 euros.

Cargas o gravámenes anteriores:.................................................................3.549,99 euros.

Tipo minimo para la subasta:........................................................................8.504,41 euros.

Tramos para licitar: 500,00 euros.

Lote n.º 2:

N.º Expediente apremio: 2014EXP37012831.

Descripción registral de la finca:

Urbana.– número tres.– local de negocio número tres o derecha/izquierda entrando por el lado norte de la casa número uno del bloque número tres de los construidos en Inchaurrondo, hoy señalado con el número ocho del grupo Gaztelu de esta ciudad de San Sebastián. Mide cuarenta metros cuadrados de superficie edificada y treinta y siete metros catorce decímetros cuadrados de superficie útil. Linda: oeste o derecha entrando, local número cuatro, derecha /derecha; este o izquierda, el local número dos; norte, o frente, terreno libre de la finca; y sur o espalda, el subsuelo de la casa número uno.

Derechos del deudor sobre la finca: pleno dominio de la finca.

Inscripción Registral:

Inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastián número uno, al Tomo 1806 del Archivo, Libro 220 de la Sección 2.ª de San Sebastián, folio 204, inscripción 1.ª. Es la finca registral n.º 10203. IDUFIR: 20007000459542.

Sin cargas o gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote.:........................................................34.048,02 euros.

Tipo minimo para la subasta:........................................................................34.048,02 euros.

Tramos para licitar: 1000,00 euros.

Lote n.º 3:

N.º Expediente apremio: 2010EXP37017872.

Descripción registral de la finca:

Urbana.– número dos.– local propio para fines industriales, en la planta baja, a la derecha entrando, del portal de la casa Argui-Lore, sin número, hoy número doce, del barrio Kosta, sito en Hondarribia, en el cerrado Errotazar, de Santa Engracia. Tiene sesenta metros cuadrados de superficie y lindante: frente, con parte del terreno circundante que le separa de la carretera general; izquierda entrando, el portal, la caja de la escalera y el otro local de la planta baja; derecha, la fachada oriental y fondo, la fachada posterior.

Referencia catastral: 9701210.

Derechos del deudor sobre la finca: pleno dominio de la finca, con carácter privativo.

Inscripción Registral:

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Irún, al folio 21 del Tomo 1719 del Archivo, Libro 410 del municipio de Hondarribia. Es la finca registral n.º 2897.

Cargas preferentes:

Hipoteca a favor de la Caja de Ahorros Provincial de Guipúzcoa, para responder de quinientos diez euros con ochenta céntimos de principal, formalizada en escritura ante notario D. Leopoldo Stampa, el día veintiocho de octubre de mil novecientos sesenta y dos.

A fecha 4 de agosto de 2016, la hipoteca se encuentra cancelada.

Valoración del bien que integra el lote.:........................................................26.830,24 euros.

Tipo minimo para la subasta:........................................................................26.830,24 euros.

Tramos para licitar: 1000,00 euros.

Lote n.º 4:

N.º Expediente apremio: 2011EXP37004830.

Descripción registral de la finca:

Urbana: elemento número siete.– Mitad indivisa de la vivienda E derecha del piso o planta alta primera, de la casa señalada con el número 2 de la calle Colón de Valle de Trápaga. Tiene una superficie de sesenta y nueve metros y ochenta y nueve decímetros cuadrados. Consta de vestíbulo, pasillo, cocina, cuatro habitaciones, cuarto de aseo y terraza. Linda: al sur, con pared, al norte, con caja y meseta de escalera y vivienda izquierda, al oeste, con meseta de escalera y patio, y al este, con fachada. Referencia catastral: U3041521R.

Derechos del deudor sobre la finca: titular del pleno dominio de una mitad indivisa.

Inscripción Registral:

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Portugalete, al Tomo 1435 del Archivo, Libro 182, Folio 83. Finca registral n.º 7293/46. IDUFIR: 48031000525293.

Cargas vigentes:

Hipoteca a favor de Bilbao Bizkaia Kutxa, y gravada a favor de esta entidad, la atribución de la facultad resolutoria resultante del pacto de vencimiento anticipado por incumplimiento de las obligaciones de pago, formalizada ante notario doña María Yolanda Fernández Sainz, el día treinta de septiembre de dos mil cuatro, y en garantía de ciento cuarenta y cuatro mil euros principal del préstamo, del pago de sus intereses ordinarios con un límite de catorce mil cuatrocientos euros, de cincuenta y siete mil seiscientos euros para responder de intereses indemnizatorios o de demora al diecinueve por ciento, más nueve mil seiscientos euros para costas y gastos.

A fecha once de noviembre de dos mil dieciséis, el importe debido asciende a la cantidad de 102.547,86 euros.

Valoración del bien que integra el lote:.........................................................28.036,65 euros.

Cargas o gravámenes anteriores:..............................................................102.547,86 euros.

Tipo minimo para la subasta = Total Debitos (artículo 97.6.b)2.º. RGR.).....7.554,16 euros.

Tramos para licitar: 500,00 euros.

Lote n.º 5:

N.º Expediente apremio: 2014EXP37010103.

Descripción registral de la finca:

Rústica: novena parte indivisa de la Heredad llamada San Roque/aldea, sita en Calle Goieta 12, en el término municipal de Elorrio, con una extensión superficial de quince áreas y veintidós centiáreas. Linda: norte, huerta de la Comunidad de Monjas del Convento de Santa Ana; sur, faja de terreno segregada para el ferrocarril; este, heredad de los herederos de José Niceto Uquizu; y oeste, camino carretil. Referencia catastral número fijo: U3020482G.

Derechos del deudor sobre la finca: titular de pleno dominio, en régimen privativo, de una novena parte indivisa.

Inscripción Registral:

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Durango, al Tomo 1708 del Archivo, Libro 142 de Elorrio, Folio 105. Es la finca registral n.º 7963. IDUFIR: 48009000322907.

Sin cargas o gravámenes preferentes.

Valoración del bien que integra el lote.:..........................................................6.943,17 euros.

Tipo minimo para la subasta:..........................................................................6.943,17 euros.

Tramos para licitar: 500,00 euros.

Lote n.º 6:

N.º Expediente apremio: 2012EXP37002390.

Descripción registral de la finca:

Urbana: número nueve: local comercial de planta baja de la casa señalada con el número veintitrés de la calle Hamarretxeta de Pasajes Ancho. Ocupa una superficie de cuarenta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Linda al norte, con portal; al sur, con acceso a la Plaza Isidro Setien, hoy Plaza Axular, al este, con local número ocho y porche y al oeste, con local bajo derecha, anexo al número tres, caja de escalera y local número diez.

Derechos del deudor sobre la finca: pleno dominio de la finca, con carácter privativo.

Inscripción Registral:

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Donostia-San Sebastián número 5, al folio 14 del libro 224 de Pasaia, Tomo 1814 del Archivo. Es la finca registral n.º 3858. Idufir: 20011000230391.

No hay cargas o gravámenes anteriores.

Valoración del bien que integra el lote:.........................................................62.370,27 euros.

Tipo minimo para la subasta:........................................................................62.370,27 euros.

Tramos para licitar: 1.000,00 euros.


Análisis documental