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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 55, lunes 20 de marzo de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
1440

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2017, de la Directora de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 496 a 505.

HECHOS

Primero.– Las escuelas agrarias de Arkaute y Derio y las empresas Gestión Integral Denbo S.L.y Ekin Consultores S.C. han impartido los cursos que se relacionan a continuación:

– Curso n.º 496, impartido por la Escuela Agraria de Arkaute en Laguardia: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 497, impartido por la Escuela Agraria de Arkaute en Laguardia: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 498, impartido por la empresa Gestión Integral Denbo, S.L. en Trapagaran: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 499, impartido por la empresa Gestión Integral Denbo, S.L. en Zamudio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 500, impartido por la empresa Gestión Integral Denbo, S.L. en Aramaio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B

– Curso n.º 501, impartido on-line por la Escuela Agraria de Derio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 502, impartido por la empresa Gestión Integral Denbo, S.L. en Urnieta: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B

– Curso n.º 503, impartido por por la empresa Ekin Consultores, S.C.en Laudio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 504, impartido por la Escuela Agraria de Arkaute en Laguardia: curso puente de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 505, convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C y cursos realizados en otras CCAA de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

Los diez cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualificado, del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.

Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.

Vistos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Real Decreto 1311/2012 en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.

Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.– De nivel básico, del curso 496, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.

2.– De nivel básico, del curso 497, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II a la presente Resolución.

3.– De nivel básico, del curso 498, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo III a la presente Resolución.

4.– De nivel básico, del curso 499, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo IV a la presente Resolución.

5.– De nivel básico, del curso 500, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo V a la presente Resolución.

6.– De nivel básico, del curso 501, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VI a la presente Resolución.

7.– De nivel básico, del curso 502, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VII a la presente Resolución.

8.– De nivel básico, del curso 503, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VIII a la presente Resolución.

9.– De nivel cualificado, del curso 504, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IX a la presente Resolución.

10.– De de nivel cualificado y de nivel básico, del curso 505, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo X a la presente Resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de febrero de 2017.

La Directora de Agricultura y Ganadería,

IKERNE ZULUAGA ZAMALLOA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental