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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 29, viernes 10 de febrero de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
759

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2016, del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se conceden las subvenciones reguladas la Orden de 27 de julio de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo, en el curso académico 2016-2017, de las líneas de actuación de los ámbitos estratégicos en el despliegue del IV Plan Vasco de la Formación Profesional y dirigidas a los centros privados concertados que imparten ciclos formativos de Formación Profesional.

En fecha de 9 de septiembre de 2016 se hizo pública la Orden de 27 de julio de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo, en el curso académico 2016-2017, de las líneas de actuación de los ámbitos estratégicos en el despliegue del IV Plan Vasco de la Formación Profesional y dirigidas a los centros privados concertados que imparten ciclos formativos de Formación Profesional.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la citada Orden y habiendo observando en todas las actuaciones el procedimiento de concesión y gestión de las subvenciones establecido tanto en las bases reguladoras como en la normativa vigente, el Director de Formación y Aprendizaje, como órgano instructor y a vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, órgano colegiado nombrado a tal efecto conforme al citado artículo 13, elevó al Vicenconsejero de Formación Profesional la propuesta definitiva de resolución de concesión y denegación, según correspondiera, de todas las solicitudes que fueron admitidas tras el proceso de selección, tal como consta en el acta de fecha de 8 de noviembre de 2016.

Una vez elevada la propuesta al Viceconsejero de Formación Profesional y tal como se dispone en el artículo 13 de la citada Orden, le corresponde a éste dictar y notificar a las entidades interesadas la Resolución sobre las solicitudes presentadas mediante los medios electrónicos dispuestos para tal fin, siendo el plazo máximo establecido para ello de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria, detallándose, en todo caso, tanto la relación de solicitantes a los que se les concede las subvenciones, junto con la cuantía de las mismas, como las que han sido desestimadas indicando, a su vez, las causas que lo fundamentan.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Conceder, con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 10 de la Orden de 27 de julio de 2016 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura y a propuesta de la Comisión de Valoración, las subvenciones destinadas a la financiación de la liberación total o parcial de personal docente para el desarrollo, en el curso académico 2016-2017, de las líneas de actuación de los ámbitos estratégicos en el despliegue del IV Plan Vasco de la Formación Profesional a las entidades beneficiarias que se relacionan en el Anexo I y por las cuantías para cada una de ellas que en el mismo se especifican.

Artículo 2.– Denegar, con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 10 de la Orden de 27 de julio de 2016 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura y a propuesta de la Comisión de Valoración, las subvenciones destinadas a la financiación de la liberación total o parcial de personal docente para el desarrollo, en el curso académico 2016-2017, de las líneas de actuación de los ámbitos estratégicos en el despliegue del IV Plan Vasco de la Formación Profesional a las entidades que se relacionan en el Anexo II.

Artículo 3.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

En el resto de condiciones se tendrá en cuenta lo dispuesto en la citada Orden, de 27 de julio de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes, a partir de la notificación de esta Resolución a las personas interesadas.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de diciembre de 2016.

El Viceconsejero de Formación Profesional,

JORGE ARÉVALO TURRILLAS.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental