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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 237, jueves 15 de diciembre de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 4 DE VITORIA-GASTEIZ
5330

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 869/2016 seguido sobre medidas hijos no matrimoniales contencioso.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: medidas hijos no matrimoniales contencioso 869/2016.

Demandante: Judith Katherine Farell Barreto.

Abogado/a: Carlos Maria Arroyo Jorge.

Procurador/a: Marta Paul Nuñez.

Demandado/a: Roly Barberito Coca.

Sobre: MHC.

En el referido juicio se ha dictado el 14-11-2016 sentencia y auto rectificatorio de fecha 18-11-2016, en la que el fallo es el siguiente:

SENTENCIA N.º 574/2016

En Vitoria-Gasteiz (Álava), a catorce de noviembre de dos mil dieciséis.

La Sra. Dña. M. Belén Gonzalez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vitoria-Gasteiz (Álava) y su Partido, habiendo visto los presentes autos de j. verbal (medidas en relación con hijos de pareja no casada) n.º 869/2016 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Judith Katherine Farell Barreto, con Procurador Sra. Paul Núñez; y de otra, como demandado Roly Barberito Coca, en rebeldía y sin representación procesal, siendo parte el Ministerio Fiscal, y, en virtud de las facultades que otorga la Constitución, y en nombre de S. M. El Rey, ha dictado la presente Resolución.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Roly Barberito Coca y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de noviembre de 2016.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental