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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, lunes 5 de diciembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5193

RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2016, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de las Antiguas Escuelas de Ormaiztegi (Gipuzkoa).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Visto el interés cultural que presentan las Antiguas Escuelas de Ormaiztegi (Gipuzkoa) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural,

RESUELVO:

Primero.– Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de las Antiguas Escuelas de Ormaiztegi (Gipuzkoa), conforme a la delimitación que figura en el Anexo I y a la descripción del Anexo II.

Segundo.– Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de las Antiguas Escuelas de Ormaiztegi (Gipuzkoa) para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz.

Tercero.– Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Ormaiztegi, a los Departamentos de Cultura, Turismo, Juventud y Deporte y de Movilidad y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa, así como al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes.

Cuarto.– Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para su general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de noviembre de 2016.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI.

ANEXO I
DELIMITACIÓN

a) Descripción de la delimitación

La delimitación incluye, por un lado, el propio edificio en sí, y por otro, el entorno que lo rodea. Así el área de la delimitación queda definida con los siguientes límites:

Al Norte el límite de la parcela que incluya todos los árboles.

Al Este el límite de la parcela.

Al Sur el borde de la acera de la calle Gabirialde.

Y, finalmente, al Oeste una línea paralela a la fachada del edificio trazada a 15 metros de distancia.

b) Justificación de la delimitación

La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar los valores ambientales y visuales del edificio de la Antiguas Escuelas de Ormaiztegi. La delimitación del entorno, necesaria para la debida protección y puesta en valor del bien catalogado, implica la protección de los espacios adyacentes al edificio de la Antiguas Escuelas ocupados por los terrenos circundantes y acceso al edificio, a fin de preservar el carácter propio del edificio de las Antiguas Escuelas. Por ello esta delimitación incluye no solamente la edificación propiamente dicha sino también el entorno que lo rodea.

(Véase el .PDF)
ANEXO II
DESCRIPCIÓN

Las Antiguas Escuelas son un edificio de planta en cruz que se sitúa junto al río Estanda. Consta de un cuerpo central de tres alturas, dos alas laterales de una altura y un cuerpo posterior de dos alturas. El cuerpo central hace las veces de distribuidor de las dos zonas laterales donde se situaban las aulas de niños y niñas. En el piso superior del cuerpo central se situaba la vivienda de los maestros. En la primera planta del cuerpo posterior se ubicaba otra aula. El edificio llama la atención por el gran desarrollo que alcanzan las cubiertas de madera que apoyan en jácenas de madera que a su vez lo hacen sobre poyos de piedra. La estructura interior de las cubiertas está formada por cerchas y correas de madera y la cubierta es de teja árabe. Los muros son de mampostería enfoscada. La piedra se utiliza recercando los accesos en arco de medio punto que en un ritmo de tres se abren en la fachada principal. Los volúmenes de las aulas tienen ventanales rectangulares en la fachada principal y ventanales con arcos rebajados recercados de piedra en la fachada posterior. El cuerpo central en el piso primero de la fachada principal consta de un balcón central y dos ventanas laterales y de una ventana de menor tamaño en la última planta. El conjunto se rodea de una cancela de piedra en almohadillado rústico y el acceso se realiza mediante una escalera de doble tiro que pone en comunicación la zona exterior con el interior del inmueble.

El edificio se construyó en 1909 y el arquitecto fue José Ángel Hernández De Casadevante. Fue promovido por la Corporación Municipal de Ormaiztegi. Es de estilo ecléctico y muestra en la decoración utilizada el recuerdo de la tradición de los caseríos en el uso de materiales y en su disposición.


Análisis documental