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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 218, jueves 17 de noviembre de 2016


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DISPOSICIONES GENERALES

UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
4876

ACUERDO de 3 de noviembre de 2016, del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, por el que se aprueba la modificación del Reglamento de la Facultad de Medicina y Enfermería.

1.– La Junta de la Facultad de Medicina y Enfermería, en sesión de 5 de octubre de 2016, acordó modificar el Reglamento de la Facultad de Medicina y Enfermería vigente (BOPV de 14 de octubre de 2016) para modificar el sistema de elección del Decano o Decana de la Facultad previsto en el artículo 14 de su Reglamento.

2.– La modificación propuesta cuenta con el correspondiente informe de legalidad y ha sido dictaminada por la Comisión de Desarrollo Estatutario y Normativo, reunida en sesión de 26 de octubre de 2016.

3.– Corresponde al Consejo de Gobierno aprobar definitivamente las modificaciones de los Reglamentos de los Centros.

Por lo expuesto, a propuesta del Secretario General, el Consejo de Gobierno

ACUERDA:

Primero.– Modificar el artículo 14 Reglamento de la Facultad de Medicina y Enfermería que quedará redactado como sigue:

«Artículo 14.– Concordancia con el artículo 24 del Reglamento de Marco de Centros.

1.– La Decana o Decano es el máximo órgano unipersonal de gobierno, representación y administración de la Facultad y es elegida o elegido por la Junta de Centro entre el personal docente e investigador permanente doctor adscrito al respectivo Centro y su nombramiento corresponde al Rector o Rectora. En su defecto, se elegirá de entre el personal docente e investigador con vinculación permanente.

2.– La presentación de candidaturas para ser Decana o Decano de la Facultad se realizará en el plazo de 15 días a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria de elecciones e irá acompañada de la estructura de su equipo de gobierno y de su programa. La Decana o Decano comienza a ejercer sus funciones con el nombramiento por el Rectorado. La duración del mandato será de cuatro años, con un límite máximo de dos mandatos consecutivos.»

Segundo.– Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– La modificación del Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

En Leioa, a 3 de noviembre de 2016.

El Rector,

IÑAKI GOIRIZELAIA ORDORIKA.

El Secretario General,

JOSE LUIS MARTÍN GONZÁLEZ.


Análisis documental