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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 204, jueves 27 de octubre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
4555

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 1102/2015.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio verbal 1102/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz, a instancia de LDF65 SARL contra Jesus Bombin Cerdan sobre juicio verbal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 207/16

Juez que la dicta: D. Francisco Javier Pablo Pablo.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: seis de septiembre de dos mil dieciséis.

Parte demandante: LDF65 SARL.

Abogado/a.

Procurador/a.

Parte demandada: Jesus Bombin Cerdan.

Abogado/a.

Procurador/a.

Objeto del juicio: demás verbales (13).

Vistos los presentes autos de Juicio Verbal de reclamación de cantidad n.º 1102/2015 (tras oposición previa en juicio monitorio seguido con el mismo n.º de procedimiento), seguidos en este Juzgado a instancia de la mercantil «LDF65, S.A.R.L.», representada por D. Yves Flypo, contra D. Jesús Bombín Cerdán.

Estimo la demanda de reclamación de cantidad, interpuesta por lmercantil «LDF65, S.A.R.L.», representada por D. Yves Flypo, contra D. Jesús Bombín Cerdán, y en consecuencia,

Condeno a D. Jesús Bombín Cerdán, a pagar a la mercantil «LDF65, S.A.R.L.», la cantidad de 1.281,19 euros.

La citada cantidad devengará el interés previsto en el artículo 576 de la LEC, caso de que fuera necesaria la ejecución de Sentencia.

Todo ello, con simple condena formal en costas a la parte demandada.

Contra la misma no cabe interponer recurso alguno, de conformidad a lo dispuesto en el apartado 1.º, in fine, del artículo 455 de la LEC.

Notifíquese a las partes.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.– dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Vitoria-Gasteiz, a seis de septiembre de dos mil dieciséis.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al l demandado Jesus Bombin Cerdan, extiendo y firmo la presente en Vitoria-Gasteiz, a veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis.

LA SECRETARIO.


Análisis documental