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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 182, viernes 23 de septiembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
4058

ORDEN de 5 de diciembre de 2014, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 2 (domicilio) de los estatutos de «Tandem Fundazioa».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– En fecha 9 de enero de 2014 ha tenido entrada en el Registro General del Departamento de Administración Pública y Justicia solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del artículo 2 de los Estatutos de «Tandem Fundazioa».

Junto a la solicitud se ha presentado un certificado expedido en Lüeburg / Alemania el día 15 de noviembre de 2013 por don Hans-Werner Huneke, Secretario del Patronato de la Fundación con el visto bueno de su Presidente, de la reunión del Patronato celebrada el día 14 de noviembre de 2013 en la que se adoptó por unanimidad, entre otros, el acuerdo de trasladar el domicilio social de la Fundación y consiguiente modificación del artículo 2 de los Estatutos de la Fundación.

Segundo.– Mediante escrito de fecha 7 de abril de 2014, el Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 7 de noviembre de 2014 en el Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia de la Escritura de cambio de domicilio social otorgada por don Jürgen Wolff, en nombre y representación de «Tandem Fundazioa», el día 31 de octubre de 2014 ante el Notario de San Sebastián, don José Carlos Arnedo Ruiz, n.º 1.826 de su protocolo. En dicha Escritura Pública se incorpora el Certificado expedido en Lüeburg / Alemania el día 15 de noviembre de 2013 y descrito en el antecedente de hecho primero.

Tercero.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación del artículo 2 (domicilio) de los Estatutos de Tandem Fundazioa.

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, acordada por el Patronato de la Fundación el día 14 de noviembre de 2013 con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura pública donde consta el traslado del domicilio social y consiguiente modificación del artículo estatutario 2 (domicilio) otorgada el 31 de octubre de 2014 por don Jürgen Wolff, ante el Notario de San Sebastián, don José Carlos Arnedo Ruiz, n.º 1.826 de su protocolo.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de diciembre de 2014.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental