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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 179, martes 20 de septiembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Nombramientos, situaciones e incidencias

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
4004

ORDEN de 7 de septiembre de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se nombran funcionarias y funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesoras y de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a las personas aspirantes seleccionadas en los procedimientos selectivos convocados por Ordenes de 11 de febrero de 2015 y de 5 de febrero de 2016, de la misma Consejera.

Mediante Orden de 7 de septiembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, se nombraron funcionarias y funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestras y Maestros, a las personas aspirantes seleccionadas en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 11 de febrero de 2015 de la misma Consejera (BOPV de 18 de febrero de 2015).

Estas personas se incorporaron en el curso 2015-2016 a la realización de las prácticas.

Finalizadas las mismas, quienes no las superaron, deberán realizarlas por segunda vez en el curso 2016-2017, conforme a lo dispuesto en la base 13.4 de la citada Orden de 11 de febrero de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura. Asimismo se incorpora a realizar las prácticas en el citado curso escolar, quien fue declarada en situación de aplazamiento legal por un curso académico para su realización.

Por otra parte, mediante Orden de 5 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV de 9 de febrero de 2016) se convocaron procedimientos selectivos para el ingreso y acceso al Cuerpo de Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como para la adquisición de nuevas especialidades por las funcionarias y funcionarios del citado Cuerpo.

Habiéndose resuelto los citados procedimientos, mediante Resolución de 3 de agosto de 2016, del Director de Gestión de Personal, se aprobaron las listas definitivas de personas aspirantes seleccionadas que han superado el concurso-oposición.

De conformidad con lo dispuesto en la base 12 de la citada Orden de 5 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, se ha de proceder a nombrar funcionarias o funcionarios en prácticas a las personas aspirantes seleccionadas que no estén exentas de la realización de las prácticas así como a las que estando exentas, hayan optado por realizarlas, en cuyo caso, no serán evaluadas.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Nombramiento de funcionarias y funcionarios en prácticas.

1.– Nombrar funcionarias en prácticas del Cuerpo de Maestras y Maestros de la Comunidad Autónoma del País Vasco a las personas aspirantes seleccionadas en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 11 de febrero de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, que repiten las prácticas en el curso escolar 2016-2017 y que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.

2.– Nombrar funcionaria en prácticas del Cuerpo de Maestras y Maestros de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la aspirante seleccionada en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 11 de febrero de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, a quien se le declaró en situación de aplazamiento legal por un curso académico para la realización de la fase de prácticas, y que se relaciona en el Anexo II de la presente Orden.

3.– Nombrar funcionarias y funcionarios en prácticas del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco a las personas aspirantes seleccionadas en los procedimientos selectivos convocado por Orden de 5 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, que están obligados a su realización. Se relacionan en el Anexo III de la presente Orden.

4.– Nombrar funcionarias y funcionarios en prácticas del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco a las personas aspirantes seleccionadas en los procedimientos selectivos convocado por Orden de 5 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, que estando exentos de su realización han optado por incorporarse a las mismas, si bien quedan exentos de su evaluación. Se relacionan en el Anexo IV de la presente Orden.

Segundo.– Declarar exenta de la realización de la fase prácticas a la aspirante seleccionada en los procedimientos selectivos convocado por Orden de 5 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, que se relaciona en el Anexo V de la presente Orden. Esta aspirante opta por permanecer en su Cuerpo de origen hasta su nombramiento como funcionaria de carrera junto con el resto de personas aspirantes seleccionadas de su promoción.

Tercero.– Declarar en situación de aplazamiento legal para la realización de la fase de prácticas en el curso 2016-2017 a la aspirante seleccionada en los procedimientos selectivos convocado por Orden de 5 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, que se relaciona en el Anexo VI de la presente Orden.

Cuarto.– Aceptar la renuncia a la incorporación para la realización de la fase de prácticas en el curso 2016-2017 a la aspirante seleccionada en los procedimientos selectivos convocado por Orden de 5 de febrero de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, que se relaciona en el Anexo VII de la presente Orden, al haber superado las pruebas selectivas de la convocatoria correspondiente en otra Administración Educativa. Esto supone la pérdida de todos los derechos a su nombramiento como funcionaria de carrera.

Quinto.– El nombramiento como funcionarias y funcionarios en prácticas surte efectos económicos y administrativos desde el 1 de septiembre de 2016, condicionado en todo caso a la efectiva toma de posesión del puesto adjudicado para la realización de la fase de prácticas.

Las personas aspirantes que no se incorporen a su destino perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarias o funcionarios de carrera.

Sexto.– Los nombramientos efectuados en virtud de esta Orden quedan condicionados al cumplimiento de los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria del procedimiento selectivo en el que han resultado seleccionados.

Una vez finalizada la revisión de la documentación presentada por las personas aspirantes seleccionadas, se publicará, en su caso en el Boletín Oficial del País Vasco una Orden complementaria, con la exclusión del nombramiento de las personas que no hayan acreditado reunir los requisitos exigidos en la citada convocatoria.

Séptimo.– Se autoriza al Director de Gestión de Personal para que dicte las instrucciones precisas para la ejecución de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de septiembre de 2016.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental