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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, miércoles 14 de septiembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
3926

ORDEN de 4 de julio de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 4 de los estatutos de la «Fundación Filmoteca Vasca, Euskadiko Filmategia Fundazioa», referente al domicilio de la Fundación.

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 13 de junio de 2016 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del artículo 4 de los estatutos de la «Fundación Filmoteca Vasca, Euskadiko Filmategia Fundazioa», referente al domicilio de la Fundación, acordada por el Patronato el 10 de diciembre de 2015. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– Mediante la presente modificación de estatutos, la Fundación pasa a tener su domicilio en la Plaza de las Cigarreras, 1, 2.ª planta, de Donostia / San Sebastián, CP: 20012, Tabakalera.

Tercero.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con la fecha de la presente Orden, de la modificación del artículo 4 de los estatutos de la «Fundación Filmoteca Vasca, Euskadiko Filmategia Fundazioa», de Donostia / San Sebastián, referente al domicilio de la Fundación, acordada por el Patronato el 10 de diciembre de 2015, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 30 de mayo de 2016, ante el notario don Diego Maria Granados de Asensio (n.º de protocolo: 1100), pasando la Fundación a tener su domicilio en la Plaza de las Cigarreras, 1, 2.ª planta, de Donostia / San Sebastián, CP: 20012, Tabakalera.

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de julio de 2016.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental