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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, miércoles 14 de septiembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
3925

ORDEN de 13 de junio de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se ratifica y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco el acuerdo de extinción de la «Fundación Centros Tecnológicos Iñaki Goenaga».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 19 de mayo de 2016 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la extinción de la entidad «Fundación Centros Tecnológicos Iñaki Goenaga». Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración Pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 33 y 34 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, artículo 46 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, y artículo 35 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco y estatutos de la Fundación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Ratificar el acuerdo de extinción de la «Fundación Centros Tecnológicos Iñaki Goenaga» de Zamudio (Bizkaia), y de destino del líquido resultante de la liquidación fundacional adoptado por el Patronato de la misma en la reunión celebrada el 15 de marzo de 2016.

Segundo.– Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del acuerdo de extinción mencionado anteriormente.

Tercero.– La extinción fundacional, pone fin a las actividades ordinarias de la fundación y determina el comienzo de las operaciones de liquidación, conforme al programa previamente aprobado. El Patronato de la Fundación deberá desarrollar dichas operaciones de liquidación bajo el control del Protectorado. A tal efecto el Patronato de la fundación dará cuenta al Protectorado de cada una de las operaciones de realización del activo o liquidación.

Cuarto.– La fundación en periodo de liquidación conservará su personalidad jurídica durante el proceso de liquidación debiendo añadir a su nombre la frase «en liquidación».

Quinto.– Concluidas las operaciones de liquidación el Patronato de la Fundación deberá otorgar la escritura correspondiente y remitir la misma al Protectorado de Fundaciones del País Vasco.

Sexto.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de junio de 2016.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental