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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 161, jueves 25 de agosto de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 9 DE BILBAO
3696

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 396/2015.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 396/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Bilbao (Bizkaia), a instancia de Transolver Finance Efc, S.A. contra Bilvending, S.L. sobre juicio ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 197/2015

Juez que la dicta: Maria Esther Gonzalez Rodriguez.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: diecinueve de noviembre de dos mil quince.

Parte demandante: Transolver Finance Efc, S.A.

Abogado: Jesus Javier Fernandez Castañeda.

Procuradora: Elsa Pacheco Gurpegui.

Parte demandada: Bilvending, S.L., en rebeldía.

Abogado/a.

Procurador/a.

Objeto del juicio: arrendamiento de bienes.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Elsa Pacheco Gurpegui, en nombre y representación de Transolver Finance, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., contra Bilvending, S.L., en rebeldía, debo declarar y declaro extinguido el contrato de arrendamiento financiero o leasing núm. Y12L20130000026 firmado el 22 de mayo de 2013, así como que el objeto del mismo -Vehículo Industrial, marca Iveco, modelo Daily 70C17L E5375, número de bastidor ZCFC70C100D486245, matrícula 2557-HRL- es propiedad única y exclusiva de la actora, con pérdida para la demandada de las cantidades ya entregadas en concepto de cuotas del arrendamiento financiero, condenando a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones, a restituir el vehículo a la actora y a abonar a la actora:

a) la cantidad de 4.116,42 euros en concepto de cuotas del arrendamiento financiero vencidas e impagadas.

b) la cantidad que resulte de multiplicar el importe de la primera cuota contractual sin IVA (486 euros) por cada mes o fracción de mes que transcurra desde el día 7 de junio de 2015 hasta la restitución del bien objeto del contrato a la actora.

c) las costas del juicio.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4750 0000 00 0396 15, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Bilvending, S.L., extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a quince de julio de dos mil dieciséis.

EL SECRETARIO.


Análisis documental