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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 151, miércoles 10 de agosto de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
3534

DECRETO 20/2016, de 22 de julio, del Lehendakari, de designación de representantes del Gobierno Vasco y de los municipios en el Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales.

El artículo 83 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, crea el Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales como estructura institucional que tiene como función hacer efectivas las relaciones de cooperación institucional de los municipios con las instituciones autonómicas y forales para garantizar el reconocimiento y ponderación de los intereses municipales en los procesos de diseño, elaboración, ejecución y evaluación de políticas públicas que puedan afectar al ámbito local de gobierno. Será competencia, asimismo, del Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales la adopción de acuerdos o tomas de decisiones que se refieran a las competencias de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que afecten al ámbito material de las competencias propias de los municipios.

De conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la citada Ley, el Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales estará presidido por la consejera o consejero del Gobierno Vasco que tenga atribuidas las competencias en materia de régimen local o en quien delegue, y las funciones de secretaría del consejo serán ejercidas por una o un alto cargo de la viceconsejería que tenga atribuidas las competencias en materia de régimen local.

El consejo se compondrá de un total de dieciocho vocales: seis en representación del Gobierno Vasco, dos de cada una de las diputaciones forales, y seis correspondientes a los municipios. La designación de los miembros que representen al Gobierno Vasco corresponderá al Lehendakari; la representación de las diputaciones forales será designada de conformidad a su normativa foral, y la correspondiente a los municipios será designada por el Lehendakari a propuesta de la asociación de municipios vascos de mayor implantación. Dicha propuesta deberá recaer necesariamente a favor de quienes ostenten la condición de alcaldesa o alcalde o concejala o concejal. En la designación de la representación local se atenderá preferentemente a criterios territoriales y de género, y a la salvaguarda de la presencia de municipios de diferentes tamaños, de modo que al menos un tercio de los representantes municipales sean electos de municipios con población inferior a 5.000 habitantes.

Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera, punto 5 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, mediante Orden de 26 de mayo de 2016, se ha designado a Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos, como la asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En consecuencia, la Comisión Ejecutiva de Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos ha acordado, en su sesión de 14 de julio de 2016, proponer al Lehendakari, para su designación, a seis representantes de los municipios vascos para formar parte del Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo primero.– Designar vocales del Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales, en representación del Gobierno Vasco, a:

– D. Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, Consejero de Administración Pública y Justicia.

– D. Angel Tarsicio Toña Güenaga, Consejero de Empleo y Políticas Sociales.

– D. Ricardo Gatxagaetxebarria Bastida, Consejero de Hacienda y Finanzas.

– Dña. Cristina Uriarte Toledo, Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura.

– D. Jon Darpón Sierra, Consejero de Salud.

– Dña. Ana Isabel Oregi Bastarrika, Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial.

Artículo segundo.– Designar vocales del Consejo Vasco de Políticas Públicas Locales, en representación de los municipios, a:

– Dña. M.ª. Natividad López de Munain Alzola, Alcaldesa de Elburgo/Burgelu.

– Dña. Consuelo Auzmendi Jiménez, Alcaldesa de Asparrena.

– D. Imanol Landa Jauregi, Alcalde de Getxo.

– D. Ager Izagirre Loroño, Alcalde de Mungia.

– D. José Antonio Santano Clavero, Alcalde de Irun.

– Dña. Garazi Lopez de Etxezarreta Auzmendi, Teniente de Alcalde de Errenteria.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su firma.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco, para general conocimiento.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de julio de 2016.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.


Análisis documental