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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 144, viernes 29 de julio de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
3393

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2016, del Director de Juventud y Deportes, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los estatutos de la Federación Vasca de Pesca Deportiva y Casting.

A la vista de la nueva redacción dada a los Estatutos de la Federación Vasca de Pesca Deportiva y Casting, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 22 de mayo de 1989, con el número 161.

Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Pesca Deportiva y Casting, celebrada el 19 de febrero de 2016, aprobó la modificación del artículo 18.1 de los estatutos y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.

Considerando que la modificación de los estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

RESUELVO:

Primero.– Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación estatutaria del artículo 18 apartado 1 de los estatutos de la Federación Vasca de Pesca Deportiva y Casting quedando éste redactado de la siguiente manera:

«Artículo 18.– 1.– Todos los clubes y agrupaciones deportivas serán miembros de la asamblea cuando figurando inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco y adscritas a la federación territorial correspondiente, hayan realizado actividad deportiva significativa durante la temporada de celebración de elecciones y que la hayan tenido en la temporada anterior, dispongan en ambos años de un mínimo de diez licencias de deportistas.»

Segundo.– Notifíquese en el plazo legal establecido.

Tercero.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Conforme a lo fijado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, frente a la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de julio de 2016.

El Director de Juventud y Deportes,

JON REDONDO LERTXUNDI.


Análisis documental