Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 137, martes 19 de julio de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
3213

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2016, del Director de Juventud y Deportes, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los estatutos de la Federación Vasca de Gimnasia.

A la vista de la nueva redacción dada a los Estatutos de la Federación Vasca de Gimnasia, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 15 de mayo de 1987, con el número 148.

Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Gimnasia, celebrada el 9 de abril de 2016, aprobó la incorporación de la disciplina de Gimnasia Estética en el artículo 1 de sus estatutos y la supresión de los artículos 27.2 y 37 relativas a las limitaciones de mandatos, y que tales aprobaciones se han acreditado documentalmente.

Considerando que la modificación de los estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero, de las Federaciones Deportivas del País Vasco y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

RESUELVO:

Primero.– Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación estatutaria del artículo 1 de los estatutos de la Federación Vasca de Gimnasia, quedando éste redactado de la siguiente manera:

«Artículo 1.– La Federación Vasca de Gimnasia es la entidad privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, que reúne a deportistas, técnicas y técnicos, juezas y jueces, clubes y agrupaciones deportivas para la práctica, promoción y organización de la modalidad deportiva de la gimnasia en la Comunidad Autónoma de País Vasco, en las disciplinas:

Gimnasia General.

Gimnasia Acrobática.

Artística.

Rítmica.

Trampolín.

Aerobic Deportivo.

Gimnasia Estética»

Segundo.– Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la supresión de los artículos 27.2 y 37 de los estatutos de la Federación Vasca de Gimnasia, relativas a las limitaciones de mandatos de la Junta Directiva y Presidencia, y la renumeración del articulado de los estatutos ocasionada por dicha supresión.

Tercero.– Notifíquese en el plazo legal establecido.

Cuarto.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Quinto.– Conforme a lo fijado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, frente a la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de julio de 2016.

El Director de Juventud y Deportes,

JON REDONDO LERTXUNDI.


Análisis documental