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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 93, miércoles 18 de mayo de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
DEPARTAMENTO DE SALUD
2076

DECRETO 66/2016, de 3 de mayo, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación Guipuzcoana de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ADELA Gipuzkoa).

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación Guipuzcoana de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ADELA Gipuzkoa), ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la salud y bienestar social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

La entidad Asociación Guipuzcoana de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ADELA Gipuzkoa ) fue constituida el 8 de junio de 1994 e inscrita en virtud de la Resolución dictada el 24 de junio de 1994 por la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco.

Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/G/04755/1994

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones principalmente comprende el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Desde su constitución, la Asociación Guipuzcoana de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ADELA Gipuzkoa) realiza todas las actividades precisas para la consecución de sus fines, que son: La promoción de toda clase de acciones destinadas a mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica, así como estructurar el camino para que las personas afectadas por la enfermedad y sus familias consigan maximizar resultados y minimizar problemas y plazos, promover la agrupación de personas afectadas por esta enfermedad o interesadas personal o profesionalmente en ella para trabajar de forma coordinada en la búsqueda de soluciones; facilitar a las personas afectadas y sus familiares: información, asesoramiento y apoyo en todos los problemas derivados de esta enfermedad; ayudar a proporcionar los recursos necesarios para paliar los efectos de la enfermedad, minusvalías, ayudas técnicas, ayudas a domicilio, etc... Sensibilizar a la opinión pública y a las instituciones, tanto públicas como privadas, sobre los problemas que esta enfermedad produce en los afectados, en su entorno familiar y social; estimular y promover la investigación científica de esta enfermedad en todos sus aspectos; cooperar con Asociaciones y/o Entidades que tienen por objeto mejorar la calidad de vida de personas con discapacidad física.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia, y en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Administración Pública y Justicia, Empleo y Políticas Sociales, y de Salud, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 3 de mayo de 2016,

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a Asociación Guipuzcoana de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ADELA Gipuzkoa), inscrita con el número de registro AS/G/04755/1994 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 3 de mayo 2016.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

ANGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.

El Consejero de Salud,

JON DARPÓN SIERRA.


Análisis documental