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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 62, lunes 4 de abril de 2016


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
1393

ORDEN de 11 de marzo de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados por idioma, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

La Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, reconoce en su artículo 6.1 el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a usar tanto el euskera como el castellano en sus relaciones con la Administración Pública en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Vasca.

De conformidad con lo establecido en el artículo 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, se anuncia concurso específico en razón de idioma, entre el personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de plazas vacantes de puestos singularizados, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y que se relacionan en el Anexo I «relación de puestos de trabajo singularizados por idioma».

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de diciembre de 2013, por el que se aprueba el VI Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, X Legislatura.

De conformidad con el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por la que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico, de puestos de trabajo vacantes singularizados por idioma para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, y que se relacionan en el Anexo I «relación de puestos de trabajo singularizados por idioma».

Artículo 2.– Requisitos de participación.

1.– Requisitos generales:

a) Podrá participar el personal funcionario de carrera perteneciente al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, cualquiera que sea el ámbito territorial en que esté destinado, que reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria, en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y los mantenga hasta la resolución definitiva del concurso.

b) No podrá participar en el presente concurso el personal funcionario que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación; los suspensos en firme, mientras dure la suspensión; y los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

c) En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.

d) El personal funcionario que esté desempeñando un puesto singularizado por concurso específico o por libre designación podrá tomar parte en el presente concurso, siempre que haya desempeñado el citado puesto al menos durante un año contado desde la fecha de su toma de posesión (artículo 54 o 62 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre). A estos efectos, las adjudicaciones por procedimientos de libre designación y concursos específicos realizadas como consecuencia del acoplamiento de la Nueva Oficina Judicial no se tendrán en cuenta.

2.– Requisitos específicos:

Las personas participantes deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el perfil lingüístico de euskera correspondiente a los puestos a los que opta.

Artículo 3.– Puestos de trabajo ofertados.

Los puestos a proveer mediante el presente concurso, son los que figuran en el Anexo I «relación de puestos de trabajo singularizados por idioma» de esta Orden. La Dirección de la Administración de Justicia podrá incorporar en concepto de resultas las que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso.

A tal fin, desde la fecha de publicación de esta Orden y durante el periodo de presentación de solicitudes, se expondrá en el Portal del Personal de Justicia la relación de puestos de trabajo, de la misma naturaleza que los convocados, que pueden solicitarse.

Artículo 4.– Baremo.

1.– La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo singularizados se hará de acuerdo con el siguiente baremo:

– Antigüedad. Por los servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en el cuerpo o escala para el que participa se otorgará dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,00555556 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días. La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos.

– Conocimiento del euskera: de acuerdo con lo establecido en el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de desarrollo derivadas de los planes de normalización del euskera que puedan dictarse en el ámbito de la citada Comunidad Autónoma se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

• Los puestos que tenga asignado Perfil Lingüístico 2:

- Acreditar el Perfil Lingüístico 3: 8 puntos.

- Acreditar el Perfil Lingüístico 4: 12 puntos.

• Los puestos que tenga asignado Perfil Lingüístico 3:

- Acreditar el Perfil Lingüístico 4: 12 puntos.

2.– El conocimiento del euskera deberá ser debidamente acreditado mediante la certificación oficial u homologación del título aportado y del nivel al que corresponde el título, que se deberá aportar en el plazo de presentación de solicitudes.

3.– Los méritos alegados se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4.– La Dirección de la Administración de Justicia efectuará la valoración de los méritos alegados que figuren en las solicitudes presentadas.

Artículo 5.– Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

1.– Las solicitudes para tomar parte en el concurso, se ajustarán al modelo publicado como Anexo II «solicitud de participación» de esta Orden. Deberán presentarse en el plazo de 10 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado. Si no se lograra la simultaneidad de publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

2.– Deberán ir dirigidas al Director de la Administración de Justicia y se podrán presentar en el Registro de entrada de la EAT de Vitoria-Gasteiz, Donostia-San Sebastián o Bilbao o en el Registro General del Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1 (01010 Vitoria-Gasteiz).

Las solicitudes podrán remitirse también en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán en cualquiera de las dos modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrá de tener entrada en el Registro de las EATs de Vitoria-Gasteiz, Donostia-San Sebastián o Bilbao o del Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán en las oficinas de correos en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de correos antes de ser remitidas. Se deberá enviar la instancia que contenga el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse pasado el plazo de presentación de instancias aquella que no cumpla este requisito, aunque posteriormente se pudiera acreditar tal extremo.

3.– Cada participante podrá solicitar por orden de preferencia los puestos de trabajo ofertados, siempre que reúna los requisitos exigidos para dicho puesto de trabajo.

4.– Se deberá adjuntar a la solicitud:

– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario del cuerpo al que pertenezca, en el caso de no ser personal funcionario perteneciente a la Administración de Justicia del País Vasco.

– Fotocopia compulsada de la diligencia de toma de posesión de la última plaza desempeñada en propiedad, en el caso de no ser personal funcionario perteneciente a la Administración de Justicia del País Vasco.

– Certificación original actualizada de los servicios prestados en el cuerpo como personal funcionario de carrera. Los servicios prestados se computarán hasta la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. La Dirección de la Administración de Justicia del Gobierno Vasco, aportará de oficio los correspondientes certificados del personal funcionario pertenecientes a la Administración de Justicia del País Vasco.

– Fotocopia compulsada de la certificación oficial u homologación del título acreditativo del perfil lingüístico de euskera alegado.

5.– La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada participante.

6.– No se podrá anular o modificar la instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

7.– La solicitud formulada será vinculante una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Artículo 6.– Adjudicaciones.

1.– El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida tras la valoración de los méritos alegados.

2.– En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y de persistir el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo (artículo 49.9 del Real Decreto 1451/2005, de 7 diciembre). De persistir el empate, se dará prioridad a las mujeres en aquellos cuerpos, opciones o escalas y niveles de encuadramiento del puesto de que se trate, en los que la representación de la mujer sea inferior al 40%, salvo que concurran en el otra persona candidata motivos que, no siendo discriminatorios por razón de sexo, justifiquen la no aplicación de la medida (artículo 20.4.a) de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres).

Artículo 7.– Resolución Provisional.

1.– La presente convocatoria se resolverá provisionalmente por el Director de la Administración de Justicia y se publicará simultáneamente en el Portal del Personal de Justicia y en los tablones de anuncios de las EAT de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

2.– La resolución provisional expresará el puesto de trabajo de origen y localidad de la persona adjudicataria, la puntuación obtenida de la valoración de los méritos alegados y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.

3.– Contra la resolución provisional del personal admitido y excluido, cabrá formular alegaciones en el plazo de diez días naturales desde su publicación.

4.– De no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que muestra su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de la puntuación obtenida de la valoración de los méritos alegados y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.

5.– Los destinos asignados provisionalmente no suponen expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.

Artículo 8.– Resolución definitiva y tomas de posesión.

1.– A la vista de las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá definitivamente por Orden del Consejero de Administración Pública y Justicia y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado.

2.– El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de tres meses, contados desde el día siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005.

3.– La resolución deberá expresar el puesto de origen del personal funcionario a quien se le adjudique destino.

4.– El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días naturales si no implica cambio de localidad del personal funcionario; ocho días naturales si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será un mes tanto si el puesto de trabajo es de origen o de destino. Cuando el personal adjudicatario de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo será de veinte días.

El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución definitiva del concurso en el Boletín Oficial del País Vasco. Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o licencias que se encuentren disfrutando el personal funcionario, salvo que por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo.

Artículo 9.– Carácter de los destinos adjudicados.

1.– Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

2.– Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, aquel personal funcionario que hubiera obtenido un puesto de trabajo por este concurso específico podrá renunciar a éste si antes de finalizar el plazo de toma de posesión hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el personal, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, el personal funcionario deberá tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.

Artículo 10.– Recursos.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Administración Pública y Justicia o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y el Boletín Oficial del Estado. Si no se lograra la simultaneidad de publicación, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso potestativo de reposición sin que recaiga resolución expresa, se entenderá desestimado el mismo, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en los términos citados anteriormente.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de marzo de 2016.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.

ANEXO I
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO SINGULARIZADOS POR IDIOMA
(Véase el .PDF)
ANEXO II
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
(Véase el .PDF)

Análisis documental