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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 51, martes 15 de marzo de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
1137

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2016, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se acuerda iniciar, mediante convocatoria pública, el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones de uso de puestos de amarre durante temporada baja para embarcaciones de recreo en el puerto de San Sebastián (Gipuzkoa).

Euskadiko Kirol Portua, S.A. dispone en el puerto de San Sebastián unas instalaciones de amarre para embarcaciones de recreo no profesionales, cuya ocupación precisa el previo otorgamiento de un título administrativo o autorización de uso de puestos de amarre.

El procedimiento de otorgamiento de tales autorizaciones en los puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi no sujetos a gestión centralizada viene establecido en la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cuyo artículo 3 afirma que la Administración abrirá el plazo de presentación de solicitudes de puestos de amarre mediante anuncio de la convocatoria que se realizará por resolución de la autoridad competente y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

De acuerdo con lo anterior, en virtud de las facultades que tiene atribuidas esta Dirección por los artículos 6.e) y 14.1.m) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, así como de la disposición final de la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

RESUELVO:

Primero.– Acordar el inicio, mediante convocatoria pública, del procedimiento de otorgamiento de autorizaciones de uso de puestos de amarre durante temporada baja (de 1 de octubre al 31 de mayo) en el puerto de San Sebastián, de acuerdo con las bases que constan en el anexo I a esta resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Transportes o ante quien ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de marzo de 2016.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA ALMUDENA RUIZ DE ANGULO DEL CAMPO.

ANEXO I
BASES

Primera.– Objeto de la convocatoria.

1.– Es objeto de la convocatoria el otorgamiento de autorizaciones temporales de uso de los puestos de amarre durante temporada baja (del 1 de octubre al 31 de mayo) en el puerto de San Sebastián.

2.– Podrá presentar solicitud quien sea titular de una embarcación de recreo no profesional.

Segunda.– Puestos de amarre ofertados.

1.– El número de puestos de amarre ofertados es de siete (7), distribuidos de la siguiente forma:

(Véase el .PDF)

2.– La ubicación de los puestos de amarre es la señalada en el plano que se adjunta como anexo III a esta resolución.

3.– La Administración se reserva la potestad de modificar, reducir o ampliar el número de amarres disponibles y sus características, de acuerdo con los planes de ordenación.

Tercera.– Solicitudes.

1.– La solicitud se presentará en el modelo normalizado que figura como anexo II a la presente Resolución, el cual se facilitará gratuitamente en las dependencias de Euskadiko Kirol Portuak, S.A., en adelante EKP (La Lasta Kaia 1, 20003 San Sebastián).

2.– Asimismo, puede descargarse en la página electrónica de www.euskadi.eus, accediendo al apartado relativo al Gobierno Vasco – Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial – Transportes – Puertos (bajo el epígrafe de Infraestructuras del Transporte) – amarres en puertos deportivos: «solicitud de amarre».

3.– Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación requerida por el artículo 4.2 de la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas.

4.– Quien sea titular de una embarcación que cuente tanto ella como su equipo propulsor el marcado CE, podrá presentar el certificado de inscripción en lugar de la hoja de asiento.

Cuarta.– Lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán presentarse directamente en las dependencias de EKP en San Sebastián (La Lasta Kaia 1, 20003) de lunes a viernes en horario de 09:30 a 17:00 horas y los sábados de 10:00 a 13:00 horas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinta.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 21 de marzo de 2016 y finalizará el día 9 de abril de 2016 (de lunes a sábado, excepto el 24 de marzo Jueves Santo, el 25 de marzo Viernes Santo y el 28 de marzo Lunes de Pascua).

Sexta.– Procedimiento.

1.– El procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones será el establecido en la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2.– En ningún caso, podrá otorgarse autorización de un puesto de amarre a favor de aquellos solicitantes que, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, resultaren deudores de la Administración Portuaria.

Séptima.– Autorización de uso del puesto de amarre.

1.– El plazo de autorización de uso de puesto de amarre será de tres periodos:

– Del 1 de octubre de 2016 al, a 31 de mayo de 2017.

– Del 1 de octubre de 2017 al, a 31 de mayo de 2018.

– Del 1 de octubre de 2018 al, a 31 de mayo de 2019.

2.– Será causa de caducidad de la autorización no dejar libre el puesto de amarre para el día 1 de junio de cada año, salvo que exista causa debidamente justificada y aceptada por la Dirección de Infraestructuras del Transporte.

3.– La no ocupación de la plaza por el adjudicatario durante más de un mes seguido o dos meses alternos en el periodo del 1 de octubre al 31 de mayo podrá dar lugar a la pérdida de la plaza de amarre, salvo causa justificada que será examinada y aceptada por la Dirección de Infraestructuras del Transporte.

Octava.– Publicidad.

1.– Se señala el tablón de anuncios de las dependencias de EKP en San Sebastián (La Lasta Kaia 1, 20003) y los dos periódicos de mayor tirada de Gipuzkoa, como lugar donde se publicará toda la información relacionada con los diferentes aspectos de desarrollo de esta convocatoria y se realizarán las sucesivas publicaciones relativas a la misma, las cuales sustituirán a las notificaciones, salvo la resolución que pongan fin al procedimiento. Todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.– La Resolución que ponga fin al procedimiento, que incluirá el otorgamiento de autorizaciones de uso de puestos de amarre en el puerto de Donostia, las denegaciones de dichas autorizaciones y la configuración de la lista de espera, se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

Novena.– Protección de datos

1.– En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos de carácter personal facilitados por los adjudicatarios serán incorporados a los ficheros «Concesiones y autorizaciones en dominio público portuario» y «Tarifas portuarias», cuyo responsable es la Dirección de Infraestructuras del Transporte. Asimismo, se informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre, siendo la destinataria de la información la citada Dirección.

2.– Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse ante la Dirección de Infraestructuras del Transporte, C/ Donostia 1, 01010 Vitoria-Gasteiz.

ANEXO II
SOLICITUD DE AMARRE DE EMBARCACIÓN
(Véase el .PDF)
III. ERANSKINA / ANEXO III
(Véase el .PDF)

Análisis documental