N.º 40, lunes 29 de febrero de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE DURANGO
913
EDICTO dimanante del juicio verbal 356/2014 seguido sobre reclamación de cantidad.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Durango.
Juicio: juicio verbal 356/2014.
Demandante: Naturgas Energia Comercializadora S.A.U.
Abogado: Marta Roman Choya.
Procurador: Zigor Capelastegui Cristobal.
Demandado: Leticia Ortega Elorriaga.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado, el 17-12-2014, la Sentencia 196/2014, en la que el fallo es el siguiente:
Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Capelastegui, en representación de Naturgas Energía Comercializadora S.A.U., contra D.ª Leticia Ortega Elorriaga, declarada en rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 521,96 euros más los intereses establecidos en la presente Resolución; y todo ello, con expresa imposición de costas a la demandada.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Únase la presente al Libro Registro de Sentencias y Autos Definitivos Civiles de este Juzgado, y expídase testimonio que se unirá a los autos a que se contrae.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, D.ª Cristina Navarro Gil, Juez del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 3 de los de Durango y su partido judicial. Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Leticia Ortega Elorriaga y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Durango (Bizkaia), a 4 de febrero de 2016.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.