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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 40, lunes 29 de febrero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
908

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2015, de la Directora de Innovación Educativa, de la convocatoria de ayudas para los centros docentes privados concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales y necesiten contratar especialistas de apoyo educativo para el curso escolar 2015-2016, regulada mediante Orden de 14 de julio de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, modificada por Orden de, a 3 de noviembre de 2015.

En el artículo 8 de la Orden de 14 de julio de 2015, se establece que el personal técnico territorial de Innovación Educativa (Educación Especial) estudiará las solicitudes y elevará su propuesta a la Comisión de Valoración, que presentará la propuesta definitiva de adjudicación a la Directora de Innovación Educativa, quien resolverá.

Una vez realizados todos los trámites establecidos en la Orden a propuesta de la Comisión de Valoración

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas a los centros docentes privados concertados que se relacionan en el anexo I a la presente Resolución, que cuentan con alumnado con necesidades educativas especiales y necesitan contratar especialistas de apoyo educativo, para el curso escolar 2015-2016.

Segundo.– Los importes establecidos en la presente Resolución son topes máximos a abonar, y se pagarán en función del periodo de duración y n.º de horas establecidos en el contrato realizado entre el/la trabajador/a y el centro docente correspondiente.

Tercero.– Antes de procederse al abono del primer pago de la ayuda, atendiendo a lo indicado en el artículo 13.2 de la Orden de 14 de julio de 2015, el centro deberá presentar la siguiente documentación, en el plazo de 15 días, tras la publicación de esta Resolución:

– Titulación exigida del personal especialista de apoyo educativo contratado, según el artículo 4.1 de la Orden de, a 14 de julio de 2015.

– Contrato de trabajo realizado con cada especialista de apoyo educativo.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Educación en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de diciembre de 2015.

La Directora de Innovación Educativa,

MARÍA BEGOÑA GARAMENDI IBARRA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental