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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 30, lunes 15 de febrero de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
665

RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2016, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba definitivamente el Estudio Informativo del tramo Lugaritz-Easo del Metro de Donostialdea.

En 2012 se aprobó el Estudio Informativo del Metro de Donostialdea, Tramo Lugaritz-Anoeta, que definía una variante de trazado entre la estación de Lugaritz y la de Anoeta con 4 nuevas estaciones entre Lugaritz y Morlans: Universidad, Matía, Centro-La Concha y Easo.

Posteriormente, el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial adoptó en 2013 la decisión de reconsiderar el diseño básico de la nueva línea entre Lugaritz y Morlans, modificación que requería la redacción y tramitación de un nuevo Estudio Informativo.

El Estudio Informativo presente define una solución en variante consistente en un nuevo tramo subterráneo, con origen en la estación de Lugaritz y punto final en el tramo soterrado de Morlans, que discurre próximo a las zonas bajas de la ciudad (Antiguo, Centro y Amara), donde se concentra la población, haciendo accesible el sistema ferroviario mediante la implementación de tres estaciones: Bentaberri (Antiguo), Centro-La Concha y Easo (sustituye a la actual).

La nueva variante se desarrolla a lo largo de 4.170 m. Su inicio se sitúa a unos 100 m de la estación de Lugaritz, desde donde desciende hacia el Antiguo para discurrir próximo al ensanche residencial de Bentaberri, donde se implanta la primera estación. Continúa con trazado casi paralelo a la línea de costa hasta alcanzar el centro de la ciudad, donde se ubica la segunda estación proyectada. Prosigue en dirección sur para, una vez sobrepasada la estación actual, alcanzar la nueva estación de Easo. Y, finalmente, se prolonga hasta conectar con la vía actual al inicio del tramo soterrado de Morlans.

En el conjunto del tramo, la rasante discurre subterránea a una profundidad tal que evita atravesar los materiales del subsuelo de mala calidad, y a distancia suficiente, en vertical, de las cimentaciones de los edificios, estando prevista su ejecución por medio de un túnel en mina, salvo el tramo final de 130 m, en Morlans, que se ejecuta a cielo abierto.

El Estudio Informativo con su Estudio de Impacto Ambiental se ha sometido al trámite de información pública previsto en el artículo 10.5 del Reglamento del Sector Ferroviario, mediante Resolución de 15 de mayo de 2015, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, publicada en los boletines oficiales del País Vasco y de Gipuzkoa de 29 de mayo de 2015, y de 13 de julio de 2015 prorrogando el plazo, y se ha expuesto durante el plazo correspondiente en el tablón de anuncios de Ayuntamiento de San Sebastián.

Durante los referidos trámites se han recibido alegaciones y sugerencias de diverso contenido, que se han analizado y, en su caso, tenido en cuenta en los términos que constan en las respectivas respuestas individuales. En particular, se menciona la aceptación parcial de seis alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, así como por personas afectadas del barrio de Aiete.

Mediante Resolución de 8 de marzo de 2012, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, se formuló con carácter favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Lugaritz-Anoeta, estableciendo una serie de condiciones para la realización del proyecto constructivo y medidas protectoras y correctoras para su adopción durante la ejecución de las obras y la explotación del servicio.

Mediante informe de 15 de julio de 2014, el Órgano Ambiental consideró que no procede realizar nueva evaluación de impacto ambiental ni ningún otro trámite previsto en el RDL 1/2008, de 11 de enero, siendo válida para este proyecto la Declaración de Impacto Ambiental unificada de 21 de junio de 2012 de varios tramos entre ellos, Lugaritz-Anoeta.

La redacción de este proyecto ha sido supervisada por los Servicios Técnicos de la Dirección de Infraestructuras del Transporte, acreditándose que es correcto técnicamente y cumple la normativa específica en materia de ferrocarriles, así como lo dispuesto en los artículos 11 a 16 del Reglamento del Sector Ferroviario y demás disposiciones legales vigentes.

Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 14.1.b) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, modificado por el Decreto 248/2014, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el Expediente de Información Pública y Audiencia, y definitivamente el «Estudio Informativo del Metro de Donostialdea. Tramo Lugaritz-Easo».

Segundo.– En los sucesivos proyectos constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones incluidas en la mencionada Declaración de Impacto Ambiental, formuladas por Resolución de 21 de junio de 2012, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, así como en los informes respuesta a las alegaciones presentadas.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa, y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano o bien al Viceconsejero de Transportes.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de enero de 2016.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA ALMUDENA RUIZ DE ANGULO DEL CAMPO.


Análisis documental