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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 12, miércoles 20 de enero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
237

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2015, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia al proyecto PRE-2014BA/0005 «Ayuda humanitaria para la población refugiada del campo de Nyarugusu en Tanzania» presentado por la entidad Cruz Roja País Vasco dentro de la convocatoria de acción humanitaria para 2014.

Por Resolución de 16 de abril de 2014, el Director de la Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo, concedió a la entidad Cruz Roja País Vasco una subvención de 189.663,13 euros para la realización del proyecto «Ayuda humanitaria para la población refugiada del campo de Nyarugusu en Tanzania».

La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 1 de diciembre de 2015, formuló una solicitud de renuncia parcial a la subvención.

Analizada la solicitud y considerando suficientemente justificativos los motivos alegados para llevar a cabo la renuncia propuesta, se informa favorablemente a la misma. Como consecuencia, se solicita la devolución de 12.048,82 euros.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 45 del Decreto 31/2008, del 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos de Acción Humanitaria, la entidad solicitante deberá informar inmediatamente a la Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y deberá remitir solicitud de autorización previamente a la realización de las modificaciones que pretenden introducirse en la realización del mismo, especificando las repercusiones presupuestarias que implican.

No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Autorizar a la entidad Cruz Roja del País Vasco la renuncia solicitada al proyecto «Ayuda humanitaria para la población refugiada del campo de Nyarugusu en Tanzania» presentado dentro de la convocatoria de acción humanitaria para 2014.

Segundo.– Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de diciembre de 2015.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental