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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 7, miércoles 13 de enero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
111

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2015, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la fecha en que se ha agotado el crédito presupuestario correspondiente a la convocatoria 2015, en el marco del Programa INDARTU.

La Orden de 28 de julio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, establece el marco regulador del Programa INDARTU, por la que se regula el programa de ayudas a empresas que realicen inversión productiva generadora de empleo para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la citada Orden mediante resolución administrativa se procederá a denegar las ayudas en el caso de que éstas superen la cuantía anual de cualquiera de los créditos habilitados plurianualmente para el ejercicio 2015 y 2016. Dichas cuantías no podrán superar, en ningún caso, las dotaciones de créditos de pago y/o de compromiso en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio. Por todo ello, mientras se encuentre vigente el presente programa, si en un ejercicio económico se alcanza la cuantía de créditos de pago y/o de compromiso antes señalada, al objeto de dar publicidad a esta circunstancia, por la Viceconsejería de Industria se emitirá resolución administrativa en la que se señalará la fecha en que se ha producido este hecho, publicándose la misma en el Boletín Oficial del País Vasco.

Así mismo, las inversiones presentadas en el ejercicio económico precedente, que no hayan obtenido ayudas por excederse del límite establecido para conceder durante cada ejercicio presupuestario y que hayan sido denegadas en la forma prevista, se podrán imputar a los recursos del ejercicio siguiente, siempre que las citadas inversiones cumplan con los requisitos establecidos en la presente Orden para la obtención de ayudas, para lo cual deberán presentar una nueva solicitud, si bien, a los efectos de prioridad se conservará la fecha de la primera solicitud denegada.

Por lo expuesto, y habiéndose agotado, para el presente ejercicio presupuestario, los fondos destinados a la concesión de las ayudas, en forma de subvenciones no reintegrables, previstas en la resolución de 7 de septiembre de 2015, del Viceconsejero de Industria, por la que se hacía pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco establecido por la Orden de 28 de julio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, que establece el marco regulador del Programa INDARTU, de impulso a la inversión productiva generadora de empleo en las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en virtud de las facultades establecidas en el artículo 2 de la Orden de referencia,

DISPONGO:

Primero.– Hacer público que, con fecha 22 de diciembre de 2015, ha quedado agotado el crédito habilitado plurianualmente para el ejercicio 2015 y 2016 con destino a la concesión de ayudas, en forma de subvenciones no reintegrables, previstas en la Orden reguladora del Programa INDARTU, de impulso a la inversión productiva generadora de empleo en las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Orden de 28 de julio de 2015.

Segundo.– Para el caso de los proyectos de inversión presentados en el ejercicio 2015, y que no hayan obtenido ayudas por excederse del límite establecido para conceder durante este ejercicio presupuestario y que hayan sido denegadas en la forma prevista, se podrán imputar a los recursos del ejercicio siguiente, siempre que las citadas inversiones cumplan con los requisitos establecidos en la presente Orden para la obtención de ayudas, para lo cual deberán presentar una nueva solicitud, si bien, a los efectos de prioridad se conservará la fecha de la primera solicitud denegada, en aras a la aplicación de lo contenido en el artículo 2.4 de la Orden reguladora del Programa INDARTU.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 2015.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.


Análisis documental