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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 1, lunes 4 de enero de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
9

RESOLUCIÓN 2160/2015, de 27 de noviembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueba la convocatoria abierta de ideas de soluciones innovadoras a los retos propuestos por Osakidetza-Servicio vasco de salud para articular procesos de Compra Pública Innovadora.

Osakidetza-Servicio vasco de salud mantiene un compromiso de eficacia y eficiencia en el diseño y el funcionamiento de la Administración, al tiempo que trabaja por alcanzar los objetivos establecidos en los Estatutos Sociales de proporcionar la máxima eficacia en el ámbito de la protección y el cuidado de la salud de toda la población en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Asimismo, tanto el Departamento de Salud como Osakidetza-Servicio vasco de salud identifican la investigación y la innovación como elementos principales en la generación de conocimiento al servicio de la mejora de la salud y de la calidad, eficacia y eficiencia del sistema de salud.

En esta línea, tanto el Departamento de salud como Osakidetza-Servicio vasco de salud promueven actuaciones dirigidas al fomento de la innovación abierta que permitan la cooperación entre universidades, centros de investigación, centros tecnológicos y empresas privadas, y que favorezcan la incorporación de las pequeñas y medianas empresas a la actividad innovadora.

Es por ello que Osakidetza-Servicio vasco de salud tiene entre sus compromisos realizar actuaciones administrativas de fomento de la innovación, potenciando nuevos mercados innovadores desde la demanda. Para ello promocionará el empleo de la Compra Pública Innovadora, como instrumento de política de innovación cuyo objetivo final consiste en dinamizar la innovación y la internacionalización mediante la articulación y fortalecimiento de la demanda tecnológica a través de la combinación de actuaciones de fomento de la I+D con actuaciones de contratación pública de bienes y/o servicios.

Para dar cumplimiento a ese compromiso, Osakidetza-Servicio vasco de salud se ha dotado de una Oficina de Compra Pública Innovadora que, por un lado, permita estimular esos comportamientos públicos innovadores y, por otro, ayude a dar la mejor respuesta a necesidades del sistema sanitario actualmente no cubiertas o cubiertas de forma inadecuada por las soluciones existentes.

Para ello, dentro de la Oficina de Compra Pública Innovadora, se ha elaborado una lista de retos tecnológicos a los que Osakidetza-Servicio vasco de salud tiene que hacer frente y que constituyen las primeras líneas clave identificadas para el desarrollo de nuevos modelos y productos para la mejora de la calidad y sostenibilidad del sistema sanitario, en el contexto del modelo de compra pública innovadora. Estos retos tecnológicos se incluyen en el anexo del presente documento.

Como paso previo a la planificación de procesos de Compra Pública Innovadora y de acuerdo con el modelo y procedimientos de Compra Pública Innovadora de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se considera de interés promover un proceso de diálogo técnico a través de una convocatoria abierta de ideas de soluciones innovadoras, como medio para identificar respuestas para los retos tecnológicos que se proponen.

En este sentido, el Considerando octavo de la Directiva 2004/18/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, reconoce la posibilidad de que, antes del lanzamiento de un procedimiento de adjudicación de un contrato, los poderes adjudicadores puedan mediante un «diálogo técnico» y solicitar o aceptar el asesoramiento que podrá emplearse para determinar el pliego de condiciones, siempre que dicho asesoramiento no tenga como efecto impedir la competencia.

La presente convocatoria se encuadra también en las recomendaciones de la Guía sobre compra pública innovadora, publicada el 8 de julio de 2011 por el entonces Ministerio de Ciencia e Innovación a propuesta del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre compra pública innovadora.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en los artículos 11 y 12 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud,

RESUELVO:

Primero.– Objeto.

El objeto de esta convocatoria es promover la participación de las personas, físicas o jurídicas, para la identificación de propuestas de ideas de soluciones innovadoras que respondan a retos tecnológicos indicados en el anexo.

Segundo.– Participantes.

La convocatoria es abierta y se dirige a personas físicas o jurídicas que tengan voluntad de participación y de colaboración con Osakidetza-Servicio vasco de salud para la resolución de dichos retos, tanto en su definición y alcance como en el desarrollo e innovación tecnológica en el ámbito sanitario.

La Administración dará a los participantes un tratamiento igualitario y no discriminatorio, y ajustará su participación al principio de transparencia.

Tercero.– Aplicación de los principios de la legislación contractual.

La participación en la convocatoria no conlleva por parte de la Administración ninguna obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas.

Asimismo, la participación en la convocatoria, el diálogo o contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información no podrán dar lugar a infracción alguna de los principios comunitarios de no discriminación y transparencia ni tendrán como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgarán ventajas desleales o derechos exclusivos no eventuales en los procedimientos de contratación que se puedan posteriormente convocar.

A estos efectos, Osakidetza-Servicio vasco de salud adoptará las medidas apropiadas para garantizar el mantenimiento de los indicados principios tanto en el desarrollo de esta convocatoria como en cualquier procedimiento posterior de contratación.

En particular, en aplicación de los principios de igualdad de trato y transparencia, se comunicará a los demás participantes, candidatos o licitadores cualquier información pertinente intercambiada en el marco de esta convocatoria o como resultado de ella, que permita el conocimiento de todos los agentes interesados en el proceso. En una etapa posterior, se cuidará que las especificaciones funcionales se definan respetando el dispuesto en la legislación de contratos del sector público y adaptadas a la metodología de ciclo de vida de producto. Asimismo se establecerán los plazos adecuados para la recepción de las ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario para preparar las ofertas de valor.

Cuarto.– Presentación de las propuestas.

La presentación de las propuestas estará sujeta a las siguientes reglas básicas:

1.– Osakidetza-Servicio vasco de salud establecerá los retos tecnológicos para los que se solicitan soluciones innovadoras que darían respuesta parcial o total a los retos y su aportación de valor sobre lo existente.

2.– Las personas, físicas o jurídicas, interesadas en participar deberán enviar un correo electrónico a la dirección EPBbulegoa.oficinaCPI@osakidetza.eus con la ficha (disponible en la web) para la presentación de las propuestas. Opcionalmente, se podrá acompañar a las fichas la documentación complementaria que estimen pertinente donde se desarrolle la propuesta con mayor detalle.

En caso de que una propuesta se presente de forma conjunta por un grupo de personas o entidades, deberá identificarse aquella que las represente, para los efectos de interlocución con la Administración.

En todo caso, cada uno de los interesados deberá asumir los eventuales costes derivados de su participación.

3.– Osakidetza-Servicio vasco de salud estudiará las propuestas que se presenten en esta fase de diálogo técnico y podrá utilizarlas en el proceso de definición de los proyectos objeto de contratación de Compra Pública Innovadora. Si se considerara de interés, se podrá convocar individualmente a participantes concretos para realizar una presentación más detallada o ampliar la información sobre su propuesta, producto o servicio. En caso de que la presentación fuese pública, se informará de esto a los demás participantes. El intercambio de información derivado de la presentación de las propuestas se podrá utilizar, en su caso, para definir, de acuerdo con lo expresado en el artículo 117 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, las especificaciones funcionales detalladas que se puedan emplear en los procedimientos de contratación de bienes o servicios que con posterioridad se puedan convocar.

Osakidetza-Servicio vasco de salud, con el fin de garantizar la transparencia e igualdad de oportunidades entre los participantes de los eventuales procedimientos de contratación que se puedan convocar, publicitará la información relativa a los avances en la definición de cada proyecto.

4.– Osakidetza-Servicio vasco de salud, teniendo en cuenta las propuestas y sujeto a las normas contractuales aplicables, podrá tramitar los procedimientos de contratación oportunos para la ejecución de los proyectos asociados a los retos.

Asimismo, Osakidetza-Servicio vasco de salud se reserva la facultad de realizar una presentación pública de las propuestas que se tengan en cuenta en el proceso de desarrollo y ejecución de los proyectos y de las aportaciones realizadas a los mismos por los distintos participantes, y a darle la necesaria difusión para su público reconocimiento.

Quinto.– Confidencialidad.

Osakidetza-Servicio vasco de salud almacenará los datos de contacto de los participantes en el procedimiento. Estos datos se incluirán necesariamente en las fichas de propuesta, en las que se hará constar además su consentimiento expreso y la aceptación de las bases de la convocatoria, incluida la posibilidad de la Administración de difundir su participación en el procedimiento en caso de ser relevante.

Por otra parte, para asegurar la transparencia del proceso, la disponibilidad de la mayor información posible y el intercambio eficaz de experiencias y opiniones, los participantes harán constar expresamente su voluntad conforme para que Osakidetza-Servicio vasco de salud mantenga accesible y actualizada la información necesaria, total o parcial, sobre las propuestas presentadas.

Sin perjuicio de la posibilidad de divulgación de las especificaciones funcionales de los futuros procesos de Compra Pública Innovadora que se desarrollen a partir de las ideas recibidas en el presente diálogo técnico, la Administración no podrá divulgar la información técnica o comercial que, en su caso, haya sido facilitada por los participantes y que estos hubieran designado.

Sexto.– Derechos de explotación de la propiedad intelectual e industrial.

Las posibles ideas de soluciones que se presenten para la resolución de los retos no podrán mencionar una fabricación o una procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una producción determinados.

Asimismo, la participación en la convocatoria conlleva la cesión a Osakidetza-Servicio vasco de salud de cualquier derecho de explotación de la propiedad intelectual sobre las propuestas y soluciones presentadas, a los efectos de posibilitar la definición de las especificaciones funcionales de los futuros procesos de Compra Pública Innovadora, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público, su difusión, publicación y su libre uso por parte de Osakidetza Servicio vasco de salud, o de empresas colaboradoras en el desarrollo de futuros proyectos, todo eso por todo el tiempo de duración de estos derechos y sin limitación territorial alguna.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.– Contratación de proyectos.

Una vez realizada la definición de las especificaciones funcionales de los sistemas/servicios/productos a desarrollar (a partir de las ideas de soluciones innovadoras recogidas como resultado de esta convocatoria) Osakidetza-Servicio vasco de salud podrá iniciar los correspondientes procedimientos de contratación según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En los pliegos de cláusulas administrativas y en los contratos adjudicados, en los aspectos relativos a la propiedad industrial e intelectual de las soluciones técnicas de la oferta seleccionada, deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

a) En los contratos que tengan por objeto el desarrollo y puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial y con la finalidad de mantener las expectativas de mercados de las empresas innovadoras, podrá establecerse que el adjudicatario retenga la indicada propiedad, pero llevarán aparejada como mínimo la cesión de uso a la Administración contratante y la posibilidad de modificación de las tecnologías aportadas para sus necesidades, garantizando el acceso de la Administración al código de fuente del software, así como la posibilidad para esta de autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público al que se refiere el artículo 3.1. Podrá preverse, asimismo, la revisión de las condiciones de uso y modificación si en el futuro otros clientes consiguen mejores condiciones hasta la igualación de éstas.

b) Con la finalidad de facilitar el desarrollo rentable de las soluciones innovadoras para los servicios públicos, en los contratos de investigación y desarrollo se establecerán mecanismos acordes a condiciones de mercado que permitan compartir con las empresas adjudicatarias los riesgos y los beneficios de la investigación científica y técnica en proporción a la aportación realizada por la Administración.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.– Evaluación de las propuestas y, en su caso, de los contratos.

Antes de la definición de las especificaciones funcionales por parte de la Administración, se recabará la participación del Comité de Expertos susceptible de ser usuario del desarrollo del que se trate para su evaluación, sin perjuicio de que también puedan participar en la evaluación cuantos agentes y medios estime apropiado Osakidetza-Servicio vasco de salud. Asimismo, en los procedimientos de contratación, las soluciones técnicas y los desarrollos tecnológicos ofertados por los licitadores serán evaluados desde la perspectiva del indicado personal a través de la solicitud de los informes oportunos.

DISPOSICIÓN FINAL

El plazo de presentación de las propuestas comenzará el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

El cierre de la convocatoria para los correspondientes retos se producirá, una vez que se consiga el grado de definición necesario, por orden de la persona titular de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco. Sin perjuicio de la publicación de los presentes diálogos técnicos y su posterior cierre, Osakidetza-Servicio vasco de salud articulará la publicación de nuevos retos a través de sus entornos web.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de noviembre de 2015.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JON JOSEBA ETXEBERRIA CRUZ.

ANEXO

A) Retos tecnológicos.

1.– Actuaciones en Emergencia y Asistencia Domiciliaria.

Control y Gestión de los elementos que componen tanto la asistencia en emergencia como la asistencia domiciliaria, abarcando desde la gestión activa de las ambulancias hasta las conexiones con la Historia Clínica, cumplimentando los documentos procedimentales establecidos en la atención médica.

2.– Gestión de urgencias. Osakidetza- Servicio vasco de salud.

Mejora de los tiempos de atención a los/las pacientes, así como la optimización de los recursos, mediante el control y la adecuada gestión, en la que se incluye la información del flujo de pacientes.

3.– Mejora de la seguridad de paciente.

Desarrollo de medios, tanto físicos como informáticos que, conectados a la historia clínica tanto médica como de enfermería, permitan aumentar y facilitar la seguridad de los procedimientos más habituales del trabajo del personal de Osakidetza: reconocimiento inequívoco del paciente, administración segura de fármacos, etc.

4.– Historia sociosanitaria.

Unificación bajo una misma Historia Clínica de los datos de un/una paciente y de aquellos protocolos o instrumentos que permitan evaluar, y por tanto conocer a los pacientes en su compleja dimensión, integrando el acceso a la misma desde los diferentes organismos comprometidos en la atención a los/las pacientes.

5.– Programas de Cribaje.

Gestión e integración de programas de cribaje y similares acciones que, unida a la Historia Clínica, permita la gestión integral del/la paciente (avisos, comunicación de resultados, encuestas, etc.).

6.– Empoderamiento del/la paciente.

Soluciones innovadoras de gestión remota de enfermos/enfermas crónicos/crónicas y que permitan la activación de los/las mismos/mismas, entendiéndolo como la adquisición de conocimientos, habilidades y confianza para manejar las enfermedades crónicas, que sirva como punto de encuentro y formación entre pacientes y formadores/formadoras.


Análisis documental