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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 249, jueves 31 de diciembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE
5536

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2015, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se abre la convocatoria para la selección de dos creadores para llevar a cabo una residencia artística en Wroclaw.

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare/Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute Etxepare (en adelante IVE) dispone en el artículo 3.b) que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera».

El artículo 19 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo de 2008, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del IVE, establece que entre las funciones del Instituto están el apoyo a la itinerancia de los artistas y su obra, la promoción de acciones estratégicas para la difusión de las artes y el diseño de programas de ayuda a los agentes culturales para dar a conocer la actividad creativa vasca en la escena internacional.

El IVE y la Fundación Donostia / San Sebastián 2016 firmaron un convenio de colaboración el 18 de diciembre de 2015, y de conformidad a su apartado 5 ambas partes estiman oportuno mantener durante el 2016 el proyecto de residencia en las ciudades de Wroclaw (Polonia) y San Sebastián que se puso en marcha el 2014, ciudades elegidas para ser capitales culturales de Europa en 2016, con el fin de favorecer la movilidad de las corrientes creativas y artistas vascos y de promocionar el diálogo entre las diversas disciplinas artísticas y las distintas culturas, así como de enriquecerse mutuamente.

Según el artículo 2 del referido convenio, el IVE será el órgano gestor de la convocatoria para elegir a los artistas que tomen parte en las referidas residencias artísticas.

En virtud de lo cual,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de esta convocatoria la selección de dos creadores vascos para que realicen una residencia artística en la ciudad polaca de Wroclaw, que será junto con San Sebastián capital cultural de Europa en 2016.

Los creadores pueden pertenecer a las siguientes disciplinas: artes escénicas, música, literatura, artes plásticas y audiovisuales.

Artículo 2.– Residencia y proyecto.

Los creadores seleccionados llevarán a cabo una residencia de 6-8 semanas en Wroclaw entre mayo y agosto de 2016. Las fechas exactas se consensuarán entre Wroclaw 2016, Fundación Donostia / San Sebastián 2016, y los artistas seleccionados, pero en todo caso coincidirán con el festival BASK que se organiza en Wroclaw.

El objeto de esta estancia o residencia será que los dos creadores desarrollen un proyecto que influya artística y culturalmente en el carácter de la ciudad polaca, con los ejes que inspiran los proyectos de capitalidad de Wroclaw/Donostia como base. Intervenciones artísticas o culturales en barrios o espacios no habituales para el arte, proyectos de colaboración o de implicación con agentes o colectivos específicos de la ciudadanía, iniciativas que impulsen el descubrimiento de otras realidades encubiertas o ignoradas.

A los creadores se les facilitará el contacto con espacios, artistas, o colectivos que puedan ser de interés para su residencia de Wroclaw.

El proyecto podrá ser de cualquiera de las disciplinas artísticas mencionadas, así como interdisciplinar.

En dicha residencia, cuyo fin último es establecer lazos artísticos y culturales entre Wroclaw y Donostia, los artistas podrán desarrollar su proyecto en solitario o junto con otros artistas vascos/polacos.

Artículo 3.– Recursos económicos.

Cada artista recibirá una retribución de dos mil euros (2.000) netos.

Para llevar adelante sus proyectos, los artistas recibirán apoyo en la producción, promoción, y comunicación por parte de las entidades organizadoras.

El resto de los gastos, correrán a cargo de los artistas.

Artículo 4.– Desplazamiento y residencia.

A cada artista se le remunerará un viaje de ida y vuelta Bilbao-Wroclaw-Bilbao.

La Fundación Donostia / San Sebastián 2016 se encargará de la gestión y pago del viaje Bilbao-Wroclaw-Bilbao y notificará a los artistas todo lo relacionado con dicha cuestión. Los vuelos serán en clase turista.

La residencia y la manutención correrán a cargo de la capitalidad Wroclaw 2016, en el marco de la gestión a realizar por la Fundación Donostia / San Sebastián 2016.

Artículo 5.– Requisitos de las personas candidatas.

Son requisitos para poder participar en la siguiente convocatoria los siguientes:

– Ser personas físicas residentes en la Comunidad Autónoma Vasca o, en el caso de artistas que desarrollen su labor en euskera, que tengan su residencia en el ámbito geográfico del euskera.

– Ser personas con una trayectoria artística significativa.

– Proponer un proyecto o idea que tenga relación con las líneas de las capitalidades culturales de 2016 de Wroclaw/Donostia y tener el propósito de compartir ese proyecto o esa idea con otros creadores. Cada artista tendrá que presentar un proyecto.

– Se valorará la capacidad de desenvolverse en inglés y en polaco.

– La implicación de otros agentes polacos en el proyecto será positivamente valorada.

Artículo 6.– Lugar y plazos de presentación de solicitudes.

6.1.– El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 29 de febrero de 2016, contado desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPV.

6.2.– La solicitud (anexo I) y la documentación habrán de presentarse en la siguiente dirección: IVE. C/ Duque de Mandas 52, Tabakalera, 20012 Donostia-San Sebastián. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en las oficinas Zuzenean del Gobierno Vasco o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Los anexos estarán disponibles en la siguiente dirección: http://www.etxepare.eus

Artículo 7.– Documentación a presentar.

Junto con la hoja de solicitud, las personas candidatas deberán presentar la siguiente documentación. (No tendrán que presentar la documentación adjunta los que la presentaron en la convocatoria 2015 y quieran presentar el mismo proyecto).

– Fotocopia del DNI.

– Certificado de empadronamiento.

– Curriculum vitae. Todos los méritos mencionados por las personas candidatas deberán ser acreditables mediante certificados y así habrá de hacerse si fuera solicitado por el tribunal. La extensión máxima será de dos páginas.

– El proyecto, en el que constarán los siguientes puntos: exposición del proyecto que se trata de llevar a cabo; conexión que el proyecto podría tener con las líneas de la capitalidad cultural de Wroclaw/Donostia 2016; objetivos que desearía cumplir y motivación; aportación que puede realizar el proyecto, resumen del proyecto en inglés. La extensión máxima será de cinco páginas (letra Arial 12, con interlineado doble).

Artículo 8.– Comité de selección.

Se formará un Comité de Selección para estudiar y evaluar las solicitudes.

Estará formado por los siguientes miembros:

Presidente: M. Aitzpea Goenaga Mendiola, Directora del IVE. Si hubiera igualdad en la votación, su voto será decisorio.

Vocales:

Xabier Paya Ruiz, Director cultural de Donostia / San Sebastián 2016.

Mari Jose Olaziregi Alustiza, Directora para la Promoción y Difusión del Euskera del IVE.

Iker Tolosa Lafuente, técnico del programa cultural de Donostia / San Sebastián 2016.

Secretario: Alex Aginagalde Lopez, técnico de Lengua y Cultura Vasca del IVE, con derecho a exponer su opinión, pero sin voto.

Si los vocales no pueden tomar parte en las tareas del comité, podrán nombrar una persona que los sustituya en sus funciones.

Artículo 9.– Criterios de selección.

La selección de los candidatos se hará según el siguiente baremo, y como máximo se podrán lograr 100 puntos:

– Curriculum vitae: 30 puntos como máximo.

En el currículum se valorará lo siguiente: trayectoria artística, experiencia en proyectos internacionales, participación en proyectos multidisciplinares, proyectos de creación en colaboración.

– Proyecto o idea a desarrollar: 50 puntos como máximo.

En los proyectos se valorará lo siguiente: motivo de desarrollo del proyecto, calidad e interés, viabilidad, posibilidad de colaboración con otros artistas o agentes de Wroclaw, inserción de las líneas de trabajo de las capitalidades europeas del 2016 o la cultura de Wroclaw / Polonia, presencia del euskera.

– Conocimiento de inglés o polaco: máximo 10 puntos.

– Otros méritos: máximo 10 puntos.

Artículo 10.– Subsanación de defectos de la solicitud.

En el supuesto de que se apreciase la falta de documentos requeridos para la admisión a trámite de la solicitud o defectos formales en aquéllos, así como en el supuesto de que se observaran defectos en la documentación alegada para su valoración, se le requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición o decaída en su derecho al trámite, previa resolución.

Artículo 11.– Lista de admitidos y excluidos.

Tras verificar que el perfil de los solicitantes concuerda con los requisitos de la convocatoria, se publicará en la página web del IVE la lista provisional de personas admitidas y excluidas presentadas al proceso de selección, señalando expresamente la razón de la exclusión. Las personas excluidas tendrán un plazo de cinco días naturales para las reclamaciones.

Resuelto lo procedente respecto a las reclamaciones presentadas, se publicará en la página web del IVE la lista definitiva de las personas admitidas y excluidas, señalando expresamente la razón de la exclusión de las no admitidas.

Analizada la lista definitiva y tras la aplicación de los criterios de valoración, el comité de selección propondrá tres candidatos.

Las plazas de esta convocatoria podrán quedar desiertas en los siguientes casos:

– Si no se ha presentado ninguna solicitud.

– Si los candidatos logran menos de 50 puntos en la puntuación general.

– Si, tras publicar esta convocatoria, por cualquier motivo, el convenio de colaboración entre el IVE y la Fundación Donostia / San Sebastián 2016 se suspendiese o no se materializase.

Artículo 12.– Órgano competente para resolución y tramitaciones.

La Directora del IVE resolverá esta convocatoria, indicando las personas seleccionadas y las personas seleccionadas sin plaza. Estas últimas quedarán en reserva, por si se diera el caso de que las personas seleccionadas presentan renuncia o tuvieran que ser reemplazadas.

La resolución se publicará en la siguiente dirección: http://www.etxepareinstitutua.net

La Directora del IVE será el órgano responsable de gestionar y clarificar las dudas y acontecimientos que puedan surgir en el cumplimiento de esta convocatoria.

Artículo 13.– Obligaciones de los beneficiarios.

– Aceptar la participación en la residencia. En un plazo de diez días desde la publicación de la resolución de las personas seleccionadas, las mismas señalarán expresamente y por escrito que aceptan participar en la residencia así como las obligaciones que ello acarrea. Si no lo hicieran, se estimaría que renuncian a la misma.

– Hacer una residencia de 6-8 semanas en Wroclaw en junio/julio del 2016, en las fechas acordadas con los organizadores de las capitalidades de Wroclaw 2016 y Donostia 2016.

– El periodo de residencia coincidirá con la celebración del BASK Festival, organizado por el equipo de capitalidad cultural de Wroclaw 2016 en junio/julio. Los artistas seleccionados, se comprometen a compartir, a través del formato que se acuerde con los organizadores, el proceso de creación, su resultado o parte de él, mediante un taller, encuentro o similar.

– La creación artística resultante de la residencia se presentará en la forma acordada con el IVE y la Fundación Donostia / San Sebastián 2016. El plazo de presentación finalizará el 31 de diciembre de 2016. Corresponderá al IVE y la Fundación Donostia / San Sebastián 2016 la decisión de organizar o no un acto para dar a conocer públicamente dicha obra.

– Si se organizara dicho acto para dar a conocer la obra, los artistas se comprometerán a participar en él mismo. El lugar y la fecha se acordará con el IVE y la Fundación Donostia / San Sebastián 2016.

– El IVE y la Fundación Donostia / San Sebastián 2016 podrán difundir y usar los proyectos de creación, siempre que no se haga utilización comercial de los mismos.

– Los derechos de los proyectos fruto de esta residencia quedan en manos de los creadores, pero en la difusión de los mismos, se comunicará expresamente que su origen es la residencia impulsada por el IVE y la Fundación Donostia / San Sebastián 2016.

Artículo 14.– Renuncias y sustituciones.

Si antes de la residencia de Wroclaw alguna de las personas seleccionadas renunciara, el IVE propondría un nuevo candidato de la lista de suplentes, en el orden de la misma.

Artículo 15.– Pago.

Los abonos a los artistas que participen en la residencia se hará de la siguiente manera:

– El 50% en un plazo máximo de 15 días desde que sea aceptada la selección.

– El 50% restante en un plazo máximo de un mes desde que se cumplan las condiciones mencionadas en el artículo 13, como máximo el 31 de diciembre de 2016.

Artículo 16.– Incumplimientos.

De no cumplirse las obligaciones establecidas en el artículo 13 de esta Resolución, se considerará que se ha incurrido en incumplimiento y, según lo previsto en el Decreto Legislativo 1/1997 de 11 de noviembre y en el Decreto 698/1991 de 17 de diciembre, la persona beneficiaria deberá devolver al IVE los importes recibidos y los intereses que les correspondan.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Toda la información que las personas solicitantes proporcionen se incorporará a un fichero, cuyo uso se limitará a la gestión del proceso de selección y de la residencia. El uso de este fichero será acorde a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre, y de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora del IVE en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Esta Resolución surtirá efecto desde el día siguiente a su publicación en el BOPV.

San Sebastián, a 21 de diciembre de 2015.

La Directora del Instituto Vasco Etxepare,

MARIA AITZPEA GOENAGA MENDIOLA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental