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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 247, martes 29 de diciembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5484

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2015, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se conceden las subvenciones para el inventariado de materiales arqueológicos y paleontológicos durante el año 2015.

Por Orden de 15 de octubre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 200, de 21 de octubre, se establece el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades en el ejercicio 2015 en el ámbito del inventariado de materiales arqueológicos y/o paleontológicos descubiertos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dentro del plazo establecido al efecto han presentado solicitud de subvención las siguientes personas físicas y/o personas jurídico-privadas: Consorcio para la construcción, equipamiento y explotación del Centro Nacional de Investigación de la Evolución Humana (dos proyectos), Francisca Sáenz de Urturi (un proyecto), Aranzadi Zientzia Elkartea-Sociedad de Ciencias Aranzadi (un proyecto), Ángel Martínez Montecelo (un proyecto), Gakoa Kultura eta Ondarea Koop. Elk. Txikia (un proyecto), Miguel Ángel Berjón Lobato (un proyecto), Iterbide, S.C. (un proyecto), Ondare Babesa, S.L. (un proyecto) y Qark Arqueologia, S.L. (dos proyectos).

Reunida la Comisión de Valoración prevista en el artículo 14 de la Orden reguladora de estas subvenciones y, una vez valoradas las solicitudes admitidas, presentó su Propuesta de Resolución el 27 de noviembre de 2015, tras aplicar los criterios de valoración establecidos en el artículo 13 de la Orden.

A la vista de la propuesta formulada por la Comisión de Valoración , y de acuerdo con el artículo 15 de la mencionada Orden, y demás disposiciones de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Conceder subvención a los solicitantes por las cuantías que se detallan en el Anexo 1.

Segundo.– Denegar las solicitudes que se detallan en el Anexo 2, por los motivos expuestos en el mismo.

Tercero.– Los beneficiarios propuestos quedan sometidos a las condiciones establecidas por la Orden reguladora y a cuantas otras que con carácter general rijan en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Cuarto.– Se fija el límite temporal, momento para el cual han de estar concluidas todas las actividades subvencionadas, el día 31 de diciembre de 2015, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden reguladora.

Quinto.– En lo que respecta a la justificación, liquidación y pago de las subvenciones concedidas, se estará a lo dispuesto en los artículos 18, 19, 20 y 21 de la Orden, teniendo en cuenta que la documentación que se indica en la misma deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2015. La justificación de la ejecución de las actividades a las que se ha otorgado subvención versará sobre el presupuesto de las mismas y que se ha detallado en el presente otorgamiento, impuestos incluídos, además del resto de extremos que se establecen en el artículo 19 de la Orden reguladora.

Sexto.– Las subvenciones concedidas con cargo a la citada Orden, se abonarán en un único pago, de acuerdo a lo señalado en el artículo 18 de la misma.

Séptimo.– Notificar la presente Resolución a las siguientes personas físicas y jurídicas solicitantes de las ayudas previstas en la Orden de 15 de octubre de 2015: Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, Francisca Sáenz de Urturi, Aranzadi Zientzia Elkartea-Sociedad de Ciencias Aranzadi, Ángel Martínez Montecelo, Gakoa Kultura eta Ondarea Koop. Elk. Txikia (un proyecto), Miguel Ángel Berjón Lobato, Iterbide, S.C., Ondare Babesa, S.L. y Qark Arqueologia, S.L. y publicar la misma en el Boletín Oficial del País Vasco, para su general conocimiento.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Resolución podrán interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepcicón de su notificación por los interesados, o de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2015.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental