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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 220, miércoles 18 de noviembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
4939

ORDEN de 10 de noviembre de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del Capítulo IV que comprende los artículos 19 al 27 ambos inclusive de los estatutos de la «Fundación Privada para el Centro Superior de Música del País Vasco Musikene».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 23 de octubre de 2015 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del Capítulo IV que comprende los artículos 19 al 27 ambos inclusive de los estatutos de la «Fundación Privada para el Centro Superior de Música del País Vasco Musikene», acordada por el Patronato de la Fundación el 7 de octubre de 2015. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración Pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 472/2009, de 28 de agosto y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Tercero.– En su condición de Fundación del Sector Público de la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud de lo establecido en el artículo 23 bis de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, ha promovido la preceptiva autorización de la modificación de sus estatutos por parte del Consejo de Gobierno.

La citada autorización fue otorgada en sesión de 29 de septiembre de 2015, según consta en el certificado emitido el mismo día por el Secretario del Gobierno y Consejero del Departamento de Administración Pública y Justicia, don Josu Iñaki Ercoreca Gervasio.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la inscripción de la modificación del Capítulo IV que comprende los artículos 19 al 27 ambos inclusive de los estatutos de la «Fundación Privada para el Centro Superior de Música del País Vasco Musikene», acordada por el Patronato de la Fundación el 7 de octubre de 2015, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 14 de octubre de 2015, ante la Notario doña María Inmaculada Adánez García (n.º de protocolo: 1506).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de noviembre de 2015.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental