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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 174, lunes 14 de septiembre de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3870

RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2015, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial por la se otorga a Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A. la autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Lapuebla de Labarca (Álava).

N.º expediente: 01-CG0-2015-23/01-CG0-2015-52.

En la resolución del expediente, es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 13 de abril de 2015 D.ª. Elena Montero Luis, en nombre y representación de Gas Natural Rioja, S.A., solicita autorización administrativa y aprobación de la ejecución del proyecto de instalaciones correspondiente a la red de distribución de gas natural en el término municipal de Lapuebla de Labarca (Álava).

Dos.– Con fecha 15 de abril de 2015 se remite las separata del proyecto al ayuntamiento de Lapuebla de Labarca, al objeto de que en plazo de 20 días informen de su conformidad u oposición.

Tres.– El anuncio de 15 de abril para la concurrencia se publica con fecha 29 de abril de 2015 en el BOPV número 78, y con fecha 4 de mayo de 2015 en el BOTHA número 53.

Cuatro.– Con fecha 11 de mayo de 2015 el ayuntamiento de Lapuebla de Labarca manifiesta su conformidad con la autorización solicitada por Gas Natural Rioja, S.A.

Cinco.– Con fecha 13 de mayo de 2015 Wingas Distribuidora de Gas Natural, S.A. solicita autorización administrativa para la transmisión por parte de la sociedad Cepsa Comercial Petróleo, S.A. a Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A de la instalación de distribución y suministro de GLP sita en Lapuebla de Labarca, y Autorización Administrativa para el cambio de tipo de gas combustible canalizado de GLP a gas natural. Dicha solicitud se acompañaba del acuerdo de compraventa de la red de distribución de GLP.

Seis.– A resultas de la solicitud presentada por Wingas Distribuidora de Gas Natural, S.A. en la fase de concurrencia, con fecha 25 de junio se remite al Ayuntamiento de Lapuebla de Labarca las separatas del proyecto presentado, sin que dicho organismo se haya pronunciado al respecto.

La presente Resolución se basa en los siguientes:

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 190/2013, de 24 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 24-04-2013).

2.– La Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE de 08-10-1998), del Sector de Hidrocarburos, establece la exigencia de la autorización administrativa previa, para la construcción de redes de distribución de gas.

3.– El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre (BOE de 31-12-2002), que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

4.– El Decreto 107/1998, de 9 de junio (BOPV de 26-06-1998) regula la autorización y puesta en servicio de instalaciones de servicio público de gas canalizado.

5.– Por los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Álava se han examinado los proyectos y demás documentación presentada por ambas empresas, concluyéndose que la mejor alternativa es la presentada por Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A. al utilizar la red existente de distribución de GLP, cuyas instalaciones fueron proyectadas en su día para su utilización también con gas natural, como obra en su expediente.

6.– En la tramitación del expediente y en el contenido del mismo, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la materia en cuestión.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Resolver la concurrencia para el suministro y distribución de gas natural en el término municipal de Lapuebla de Labarca (Álava) a favor de Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A.

Segundo.– Otorgar la autorización administrativa previa a Wingas, Distribuidora de Gas Natural, SA. para la realización de las instalaciones para el suministro y distribución de gas natural en dicho término municipal de Lapuebla de Labarca.

Las características principales se describen en la memoria y planos del proyecto presentado, firmado por la ingeniero técnico industrial Natividad Santamaría Calleja y fundamentalmente son:

● Planta de gas natural licuado (GNL) de capacidad de 20 m3.

● Reutilización de la red existente en el municipio que actualmente se usa para la distribución de GLP:

Tercero.– El otorgamiento de la presente autorización administrativa se ajustará a las siguientes condiciones:

● Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A. constituirá en el plazo de dos meses una fianza por valor de 2.766,8 euros en garantía del cumplimiento de sus obligaciones de instalación de acuerdo a lo previsto en el artículo 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre. Dicha fianza se constituirá en la Caja Central de Depósitos del País Vasco, en metálico o en valores del Estado, o mediante avales bancarios según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 11 del Decreto 1775/1967, de 21 de julio. La fianza será devuelta a Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A. una vez que autorizadas las instalaciones y construidas en los plazos que se establezcan en la autorización para el montaje de las mismas, la Delegación Territorial de Álava formalice el acta o actas de puesta en marcha de las citadas instalaciones.

● En el plazo de 2 meses a partir de la fecha de la autorización deberá presentarse, en caso necesario, un proyecto de ejecución de detalle, que desarrolle y complete el proyecto «Transformación de la Red de distribución de GLP a GN y Planta de GNL en Lapuebla de Labarca Álava», de febrero de 2015 y del que es autor la ingeniero técnico industrial Natividad Santamaría Calleja.

● Las instalaciones deberán cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (RD 919/2000 de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

● El plazo de ejecución de la instalación que se autoriza será de dos años a partir de la fecha de la autorización.

● Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A. deberá observar el cumplimiento de la Ley 34/1998 (BOE de 08-10-1998), del Sector de Hidrocarburos, especialmente en lo estipulado en su artículo 74 –Obligaciones de los distribuidores de gas natural.

● La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otras necesarias para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas.

● Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegación Territorial de Álava con la debida antelación.

● Para la puesta en marcha deberá presentarse ante esa Delegación Territorial los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, las actas de pruebas con los registros gráficos y permisos de organismos afectados, así como los planos as-built donde se determinarán la situación de la red y los cruces con otros servicios.

Cuarto.– Se desestima la solicitud presentada por Gas Natural Rioja, S.A. por considerar mejor la de Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A. basándose en lo indicado en el fundamento jurídico quinto de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de agosto de 2015.

El Director de Energía, Minas y Administración Industrial,

AITOR PATXI OREGI BAZTARRIKA.


Análisis documental