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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 174, lunes 14 de septiembre de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3867

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 2 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2015, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune.

El artículo 18.2.b) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden y Convocatoria de 2 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2015, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 169, de 7 de septiembre de 2015, se procede a su corrección.

En la página 2015/3790 (29/4) en la versión en euskera, y en la página 2015/3790 (4/30) en la versión en castellano, en el artículo 5.- Entidades beneficiarias, apartado 1.a) 4.

Donde dice:

«4. Cabeceras comarcales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con más de 100 establecimientos comerciales, únicamente para las actuaciones recogidas en el apartado 1.e del artículo 6 de esta Orden. Dichos ayuntamientos se relacionan en el anexo III de la presente Orden.»

Debe decir:

«4. Cabeceras comarcales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con más de 100 establecimientos comerciales, únicamente para las actuaciones recogidas en el apartado 1.d del artículo 6 de esta Orden. Dichos ayuntamientos se relacionan en el anexo V de la presente Orden.»

En la página 2015/3790 (29/23) en la versión en euskera, y en la página 2015/3790 (24/30) en la versión en castellano, en el anexo VI, se corrigen los datos del campo Densidad

Donde dice:

ANEXO VI

Datos de población, establecimientos comerciales y densidad comercial de los municipios de la CAPV, según los datos del EUSTAT a 1 de enero de 2015.

A los efectos de lo establecido en la Orden reguladora de este programa de ayudas, la densidad comercial de la CAPV será 13,04.

(Véase el .PDF)

Debe decir:

ANEXO VI

Datos de población, establecimientos comerciales y densidad comercial de los municipios de la CAPV, según los datos del EUSTAT a 1 de enero de 2015.

A los efectos de lo establecido en la Orden reguladora de este programa de ayudas, la densidad comercial de la CAPV será 13,04.

(Véase el .PDF)

Análisis documental