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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 165, martes 1 de septiembre de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
3695

ORDEN de 27 de agosto de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se desiste del procedimiento convocado por la Orden de 20 de enero de 2015, que sustituye a la Orden de 12 de enero de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de Participación en la Convocatoria para el acceso a la cofinanciación de Fondo Social Europeo, que se enmarca en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil del País Vasco 2014-2020, publicada en el Boletín n.º 11 de 19 de enero de 2015 (BOPV n.º 19 de 29 de enero de 2015).

El Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco promovió el acceso a la cofinanciación del Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 a través de la Orden de 20 de enero de 2015, que sustituye a la Orden de 12 de enero de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de Participación en la Convocatoria para el acceso a la cofinanciación de Fondo Social Europeo, que se enmarca en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil del País Vasco 2014-2020, publicada en el Boletín n.º 11 de 19 de enero de 2015 (BOPV n.º 19 de 29 de enero de 2015).

Tal como establecía, el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (una vez convalidado, Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia), los requisitos que debían cumplir las personas para inscribirse en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil eran tener más de 16 años y menos de 25 años, o menor de 30 años en el caso de jóvenes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Dichos requisitos son los que, de acuerdo con la normativa vigente, fueron recogidos en la Orden de 20 de enero de 2015.

Mediante la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social se han modificado los requisitos que deben cumplir las personas para inscribirse en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por lo que, desde el Departamento de Empleo y Políticas Sociales, se procede mediante la presente Orden a desistir del procedimiento convocado por la Orden de 20 de enero de 2015, que sustituye a la Orden de 12 de enero de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de Participación en la Convocatoria para el acceso a la cofinanciación de Fondo Social Europeo, que se enmarca en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil del País Vasco 2014-2020, publicada en el Boletín n.º 11 de 19 de enero de 2015 (BOPV n.º 19 de 29 de enero de 2015).

Se publicará una nueva convocatoria, con el fin de adecuar, al actual marco normativo, el acceso a la cofinanciación de Fondo Social Europeo que se enmarca en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil del País Vasco 2014-2020.

Por todo ello, estando vigente el Decreto 19/2013, de 9 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales,

RESUELVO:

Desistir del procedimiento convocado por la Orden de 20 de enero de 2015, que sustituye a la Orden de 12 de enero de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de Participación en la Convocatoria para el acceso a la cofinanciación de Fondo Social Europeo, que se enmarca en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil del País Vasco 2014-2020, publicada en el Boletín n.º 11 de 19 de enero de 2015 (BOPV n.º 19 de 29 de enero de 2015).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

No obstante el desistimiento del procedimiento que se acuerda, las solicitudes formuladas al amparo de la Orden de 20 de enero de 2015, que sustituye a la Orden de 12 de enero de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de Participación en la Convocatoria para el acceso a la cofinanciación de Fondo Social Europeo, que se enmarca en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil del País Vasco 2014-2020, publicada en el Boletín n.º 11 de 19 de enero de 2015, tendrán el efecto que les reconozca la convocatoria de las mismas ayudas que se establezcan conforme al actual marco legal en el presente año 2015.

DISPOSICIÓN FINAL primera

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer Recurso potestativo de Reposición ante el Consejero de Empleo y Políticas Sociales en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de agosto de 2015.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

ANGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.


Análisis documental