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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 129, viernes 10 de julio de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
3090

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 685/2013.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 685/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Donostia-San Sebastián a instancia de «AXA Seguros, S.A». contra Roberto Pablo Del Bosque Vega y Generali Seguros, S.A. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 146/2014

Juez que la dicta: D.ª Eva Cerón Ripoll.

Lugar: Donostia / San Sebastián.

Fecha: diecinueve de septiembre de dos mil catorce.

Parte demandante: AXA Seguros, S.A.

Abogado: Aitor Roberto Guisasola Paredes.

Procurador: Ana Maria Lamsfus Mindeguia.

Parte demandada: Roberto Pablo Del Bosque Vega y Generali Seguros, S.A.

Abogado: Mikel Urkola Odriozola.

Procurador: Jesus Gurrea Frutos.

Objeto del juicio: demanda de juicio ordinario.

FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Ana María Lamsfus Mindeguia sustituida por su Habilitado D. Arturo Jiménez Gómez actuando en nombre y representación de «AXA Seguros, S. A.», y bajo la dirección Letrada de D. Aitor Guisasola Paredes, contra D. Roberto Pablo del Bosque Vega, con domicilio en San Sebastián, calle Ametzagaña, n.º 66, bajo trasera, declarado en situación procesal de rebeldía, y contra «Generali Seguros, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Orense, n.º 2 (28020), representada por el Procurador D. Jesús Gurrea Frutos y asistida técnicamente por el Letrado D. Mikel Urkola Odriozola; y debo condenar y condeno a D. Roberto Pablo del Bosque Vega a pagar a la actora la cantidad de trescientos (300) euros y, conjunta y solidariamente con «Generali Seguros, S. A.», la suma de cuatro mil ciento cincuenta y un euros con setenta céntimos (4.151,70) más los intereses legales computados desde el día 6 de diciembre de 2012 y más los intereses judiciales.

Cada una de las partes abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 2812 0000 00 0685 13, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Líbrese y únase certificación de esta Sentencia a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias Civiles de este Juzgado.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Roberto Pablo Del Bosque Vega, extiendo y firmo la presente en San Sebastián a cuatro de junio de dos mil quince.

LA SECRETARIA JUDICIAL.


Análisis documental