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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 128, jueves 9 de julio de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
3054

ORDEN de 3 de julio de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se aprueba la reorganización y creación de Centros de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud del artículo 16 del Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, enlazando con la disposición adicional primera de la Constitución; la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; y la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.

El Real Decreto 557/1991, de 13 de abril, sobre Creación y Reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, establece los requisitos comunes y específicos para la creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece en su artículo 8.2 que la creación, modificación y supresión de los Centros de las Universidades públicas serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno de la misma; en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

El artículo 62.2.c) de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, establece que entre las atribuciones del Departamento competente en materia de universidades se encuentra la creación, modificación y supresión de Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, Escuelas Universitarias, Escuelas Universitarias Politécnicas, Institutos Universitarios de Investigación u otros Centros o estructuras que organicen enseñanzas en modalidad no presencial.

Los Estatutos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea actualmente en vigor, aprobados mediante el Decreto 17/2011, de 15 de febrero, recogen en su artículo 10 las estructuras que integran la misma, citándose entre ellas las Escuelas y Facultades, Departamentos y otros Centros o estructuras que puedan crearse. Asimismo, el artículo 130 regula que corresponde al Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea la propuesta de creación, modificación o supresión de Facultades y/o Escuelas.

Con arreglo a lo anteriormente expuesto, la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea propone la reorganización de sus Centros, que pasan de los 31 Centros actuales a 19, además de la Escuela de Máster y Doctorado, Medea.

Con ello la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea pretende avanzar en el desarrollo de su estructura y organización de manera equilibrada y acorde a la configuración multicampus, desarrollo éste que permita una gestión y un funcionamiento eficientes y adaptados a las necesidades de formación, investigación y oferta de servicios a la comunidad universitaria.

El Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, mediante acuerdo de fecha 27 de noviembre de 2014, aprueba la propuesta de reorganización y creación de Centros de la UPV/EHU.

El Consejo Social de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea informa favorablemente, con fecha 22 de abril de 2015, la reorganización y creación de Centros de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Por todo ello, a la vista del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea de fecha 27 de noviembre de 2014 y del Informe favorable del Consejo Social de fecha 22 de abril de 2015, y una vez elevada la mencionada propuesta de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea a la Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud del artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la reorganización y creación de Centros de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, según se recoge en el anexo de la presente Orden, cuya entrada en vigor será al día siguiente de la publicación en el BOPV del nuevo Reglamento Marco de Centros que aprobará el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU.

Segundo.– El desarrollo de las actividades de los Centros se llevará a efecto, según lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, en el Reglamento Marco de los Centros Docentes y demás normativa de aplicación.

Tercero.– Notificar la presente Orden al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Política Universitaria, a efectos de su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), regulado mediante Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de julio de 2015.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

ANEXO
RELACIÓN DE NUEVOS CENTROS FORMADOS POR LA AGRUPACIÓN DE LOS CENTROS INDICADOS

1.– Facultad de Medicina y Enfermería:

– Facultad de Medicina y Odontología.

– Escuela Universitaria de Enfermería de Leioa.

– Escuela Universitaria de Enfermería de Donostia / San Sebastián.

2.– Escuela de Ingeniería de Bilbao:

– Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Minas y de Obras Públicas.

– Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Bilbao.

– Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Bilbao.

– Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas Navales.

3.– Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa:

– Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Eibar.

– Escuela Universitaria Politécnica de Donostia / San Sebastián.

4.– Facultad de Educación y Deporte:

– Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

– Escuela Universitaria de Magisterio de Vitoria-Gasteiz

5.– Facultad de Educación, Filosofía y Antropología:

– Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación.

– Escuela Universitaria de Magisterio de Donostia / San Sebastián.

6.– Facultad de Relaciones Laborales y Trabajo Social:

– Escuela Universitaria de Relaciones Laborales.

– Escuela Universitaria de Trabajo Social de Vitoria-Gasteiz.

7.– Facultad de Economía y Empresa:

– Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

– Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Bilbao.

– Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Vitoria-Gasteiz.

– Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Donostia / San Sebastián.


Análisis documental