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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 122, miércoles 1 de julio de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE BILBAO
2927

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 456/2014 seguido sobre modificación de medidas definitivas.

Juzgado de Primera Instancia n.º 6 (Familia) de Bilbao.

Juicio mod. med. defin. 456/2014.

Parte demandante: Ana Isabel Gomez Martin.

Parte demandada: Jorge Felix Ponce Alonso.

Sobre: modificación de medidas adoptadas en sentencia de divorcio n.º 337/2011.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

AUTO 62/2015

En Bilbao, a dieciséis de marzo de dos mil quince.

Vistos por mí, doña María Elena Rodríguez Vadillo, Juez Adscrita del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Bilbao y su partido judicial, los presentes autos de modificación de medidas, seguidos en este Juzgado con el número 456/2014 a instancia de doña Ana Isabel Gómez Martín, representada por la Procuradora doña Verónica Blanco Cuende, frente a don Jorge Félix Ponce Alonso, en situación de rebeldía procesal, con la intervención del Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

Que se tiene por desistida a doña Ana Isabel Gómez Martín, representada por la Procuradora doña Verónica Blanco Cuende, de su demanda de modificación de medidas frente a don Jorge Félix Ponce Alonso.

Se imponen las costas causadas en este procedimiento a doña Ana Isabel Gómez Martín.

Se declara finalizado el presente proceso, procediendo el archivo de las actuaciones.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe la interposición de recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a contar desde el siguiente a la notificación y siguiendo los trámites previstos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Bizkaia.

Para la admisión del referido recurso será preceptiva la previa constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el modo y forma previstos en la DA 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 1/09 de 3 de noviembre.

Así por esta sentencia, lo acuerda, manda y firma doña María Elena Rodríguez Vadillo, Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Bilbao y su Partido Judicial. Doy fe.

Firma de la Juez Firma del Secretario

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho demandado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el boletín oficial del país vasco, para llevar a efecto la diligencia de notificación a D. Jorge Félix Ponce Alonso.

En Bilbao (Bizkaia), a 5 de junio 2015.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental