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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 94, viernes 22 de mayo de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE GERNIKA-LUMO
2258

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 318/2014 seguido sobre arrendamientos urbanos.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 318/2014 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Gernika-Lumo (Bizkaia) a instancia de Aitor Jose Ugidos de Arriba contra Servicios Integrales De Ingenieria Himansa, S.L. sobre juicio ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 64/2015

Juez que la dicta: D.ª Rebeca Huertos Domingo.

Lugar: Gernika-Lumo (Bizkaia).

Fecha: treinta de abril de dos mil quince.

Parte demandante: Aitor Jose Ugidos De Arriba.

Abogado: Alberto Barañano Gonzalez.

Procurador: Cristina Palacio Querejeta.

Parte demandada: Servicios Integrales de Ingenieria Himansa, S.L.

Objeto del juicio: arrendamientos urbanos.

En nombre de S.M. el Rey de España y administrando la Justicia que emana del pueblo español dicta la siguiente Sentencia, de la que son:

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la representación procesal de Aitor José Ugidos de Arriba y, en consecuencia condenar a Servicios Integrales de Ingeniería Himansa, S.L. a pagar a la demandante, la cantidad de 13.801,22 euros con más los intereses moratorios devengados desde el 06-06-2013, la cantidad total devengara el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de sentencia, con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Líbrese testimonio de esta Sentencia y llévese a los Autos de su razón, quedando el original archivado en el Libro de Sentencias civiles del Juzgado.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 y en observaciones debe ponerse 4748 000000 0486 14, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Servicios Integrales De Ingenieria Himansa, S.L., extiendo y firmo la presente en Gernika-Lumo (Bizkaia), a cuatro de mayo de dos mil quince.

LA SECRETARIO.


Análisis documental