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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 116, viernes 20 de junio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
2749

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 1357/13 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: juicio verbal 1357/13.

Demandante: Comunidad de Propietarios de la calle Kutxa, 4.

Abogado: Juan Carlos Lazaro Palomino.

Procurador: Mendoza.

Demandado: Margarita Lopetegui Ortiz de Elguea, Aurora Lopetegui Ortiz de Elguea, Purificacion Sara Ortiz de Elguea Uriarte, Maria Teresa Goñi Ortiz de Elguea, Ramon Ortiz de Elguea Fernandez, Maria Luisa Altuna Lamarain, Hipolita Altuna Lamaran, Jose Antonio Ortiz de Elguea Fernandez, Maria Pilar Saez de Asteasu Ortiz de Elguea y Maria Luisa Ortiz de Elguea Fernandez.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado, el 26-02-2014, Sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

FALLO

Desestimo la demanda de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, interpuesta por la Comunidad de Propietarios de la calle Kutxa n.º 4 de Vitoria-Gasteiz, representada por la Procuradora Sra. Mendoza y asistida por el Letrado Sr. Lázaro, contra D.ª M.ª Luisa Altuna Lamarain, D.ª Hipólita Altuna Lamarain, D.ª Margarita Lopetegui Ortiz de Elguea, D.ª Aurora Lopetegui Ortiz de Elguea, D.ª Purificación Sara Ortiz de Elguea Uriarte, D.ª M.ª Teresa Goñi Ortiz de Elguea, D.ª M.ª Luisa Ortiz de Elguea Fernández, D. José Antonio Ortiz de Elguea Fernández, D.ª M.ª Pilar Sáez de Asteasu Ortiz de Elguea y D. Ramón Ortiz de Elguea Fernández, todos ellos, en situación procesal de rebeldía y en consecuencia, absuelvo a los demandados de todos los pedimentos formulados en su contra.

Todo ello, con expresa imposición formal de costas a la parte actora.

Notifíquese esta resolución a las partes.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada D.ª Maria Teresa Goñi Ortiz de Elguea y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de mayo de 2014.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental