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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 116, viernes 20 de junio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
2744

DECRETO 108/2014, de 10 de junio, por el que se declara de interés social a la Asociación Comisión Ciudadana Anti-Sida de Bizkaia.

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, la entidad Asociación Comisión Ciudadana Anti-Sida de Bizkaia ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, la Asociación Comisión Ciudadana Anti-Sida de Bizkaia es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1987 que tiene como objeto principal las diversas tareas relacionadas con la prevención del virus del SIDA (VIH), investigación sobre el mismo y las posibles derivaciones sociales del fenómeno. Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad ininterrumpidamente desde 2008, principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 10 de junio de 2014,

DISPONGO:

Artículo 1.– Declarar de interés social a la Asociación Comisión Ciudadana Anti-Sida de Bizkaia, por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.

Artículo 2.– Reconocer a la Asociación Comisión Ciudadana Anti-Sida de Bizkaia los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 10 de junio de 2014.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

JUAN MARÍA ABURTO RIQUE.


Análisis documental