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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 97, lunes 26 de mayo de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
2288

RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2014, de la Directora de Gestión Económica, de delegación en el Consejero de Hacienda y Finanzas de la contratación de la realización del servicio de seguridad y servicios auxiliares de los Archivos Históricos Provinciales de Álava y de Bizkaia, desde el 7 de mayo de 2014 hasta el 6 de mayo de 2015, prorrogable hasta mayo de 2016.

Según el Capítulo V y la Disposición Adicional Primera del Decreto 136/1996, de 5 de junio, por el que se aprueba el régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el artículo 12.d) del Decreto 172/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas, corresponde a la Dirección de Recursos Generales la contratación en edificios de gestión centralizada de las materias o servicios de utilización generalizada que hayan sido atribuidos a la Dirección de Recursos Generales.

También el artículo 12.a) del Decreto 172/2013, otorga a la mencionada Dirección la propuesta de desarrollo de los procedimientos para la contratación de bienes y servicios de adquisición centralizada.

En el momento actual, se considera conveniente caminar en la vía de la centralización de los servicios de seguridad, contribuye a la mejora de la gestión de los mismos así como a la racionalización del gasto público.

El artículo 19 del Decreto 136/1996, anteriormente mencionado, permite la extensión de las competencias de la Dirección de Recursos Generales a otros edificios distintos de los de gestión centralizada. Esta extensión se instrumentaliza por medio de convenio, previsiones específicas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o de las formulas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La formula apropiada para llevar a cabo de manera centralizada la contratación de los servicios de seguridad en el ámbito antes señalado, es la prevista para las delegaciones de competencias en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone lo siguiente:

«1.– Los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas».

Es por ello que, en virtud de las competencias que en materia de contratación atribuye el artículo 3.2.f) del Decreto 172/2013, al Consejero de Hacienda y Finanzas, y atendiendo a que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, corresponde a la Directora de Gestión Económica, ejercer, a través de su titular, las facultades que atribuye al órgano de contratación,

RESUELVO:

I.– Delegar en el Consejero de Hacienda y Finanzas la competencia la contratación del servicio de seguridad y servicios auxiliares de los Archivos Históricos Provinciales de Álava y de Bizkaia desde el 7 de mayo de 2014 hasta el 6 de mayo de 2015 prorrogable hasta el 7 de mayo de 2016.

La delegación se extenderá a las siguientes materias previstas en el RDL 3/2011 de 14 de septiembre del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que sean de aplicación al contrato:

– Preparación del contrato (Libro II).

– Adjudicación del contrato (Libro III, Título I, Capítulo I).

– Prerrogativas de la Administración, modificación, extinción, cesión y subcontratación previstas con carácter general en el Libro IV Título I, Capítulo I y con carácter particular para los contratos de suministro en el Libro IV Título II, Capítulo IV.

– Formalización del contrato (Libro III, Título I Capítulo I).

II.– El resto de las competencias que corresponden al órgano de contratación, y en particular la facultad de dar la conformidad a la ejecución de los servicios prestados y ordenar el abono de los mismos, permanecerán en el órgano delegante.

III.– La presente delegación entrará en vigor a partir del día siguiente de su firma.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de abril de 2014.

La Directora de Gestión Económica,

AMAIA JAUREGIBERRI GOENAGA.

ANEXO I

Centros, departamentos, delegaciones, etc. objeto del servicio de seguridad

(Véase el .PDF)

Análisis documental