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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 68, martes 8 de abril de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
1641

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2014, de la Gerente de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se convoca la fase de resultas del concurso para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera de administración y servicios de la UPV/EHU, en ejecución de las sentencias 519/2013, de 4 de octubre, y 549/2013, de 23 de octubre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Mediante Resolución de 22 de diciembre de 2011, del Gerente de la UPV/EHU, se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera de Administración y Servicios de la UPV/EHU.

Posteriormente, por medio de sendas Resoluciones de 11 de septiembre de 2012, del Gerente de la UPV/EHU, se adjudicaron con carácter definitivo los puestos de trabajo convocados en la primera fase del concurso, y se convocó la fase de resultas.

Por último, la Resolución de 5 de febrero de 2013, de la Gerente de la UPV/EHU, adjudicó con carácter definitivo los puestos de trabajo convocados en la fase de resultas, y señaló la fecha de toma de posesión de todos los puestos asignados en el concurso.

No obstante lo anterior, con fecha 12 de diciembre de 2013, la Gerente de la UPV/EHU resolvió disponer diversas medidas para la ejecución de las sentencias 519/2013, de 4 de octubre de 2013, y 549/2013, de 23 de octubre de 2013, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, relativas al concurso de traslados.

Entre esas medidas figuraba la de retrotraer el procedimiento al momento de la valoración de los méritos de la primera fase del concurso para realizar una nueva valoración del apartado del trabajo desempeñado, de modo que se valoren los servicios prestados por las personas participantes en calidad de personal temporal en cualquiera de las administraciones públicas conforme a la puntuación prevista en la base 2.4.2, es decir, como prestados en el nivel básico del Cuerpo o Escala de origen.

Una vez realizados los trámites previstos en las bases del concurso, la Resolución de 1 de abril de 2014, de la Gerente de la UPV/EHU, ha adjudicado con carácter definitivo los puestos de trabajo convocados en la primera fase.

A continuación corresponde, por tanto, convocar la fase de resultas del concurso de traslados, en la que se tendrán en cuenta los puestos de trabajo que han quedado sin titular por haber obtenido éste un nuevo destino en la primera fase.

A estos efectos, en aplicación del principio de conservación de actos y trámites, procede mantener las solicitudes que realizaron las personas que tomaron parte en la fase de resultas del concurso convocada mediante Resolución de 11 de septiembre de 2012, y que nuevamente se convoca por la presente Resolución, en aplicación de las medidas adoptadas para la ejecución de las dos sentencias antes citadas.

No obstante, dichas solicitudes podrán ser objeto de las modificaciones que resulten oportunas como consecuencia de los cambios operados en la adjudicación definitiva de la primera fase del concurso de traslados, tanto en lo que respecta a las personas participantes como a los puestos de trabajo objeto de convocatoria.

Por todo ello, en virtud de las competencias establecidas en la Resolución de 30 de enero de 2013, del Rector de la UPV/EHU, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno y delegación de competencias,

RESUELVO:

Primero.– Convocar la fase de resultas del concurso para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera de Administración y Servicios de la UPV/EHU, en ejecución de las Sentencias 519/2013, de 4 de octubre, y 549/2013, de 23 de octubre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Segundo.– Aprobar las bases que han de regir esta fase de resultas, y que figuran a continuación.

Tercero.– La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Gerente de la UPV/EHU en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Leioa, a 3 de abril de 2014.

La Gerente de la UPV/EHU,

MIREN LOREA BILBAO ARTETXE.

BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA FASE DE RESULTAS DE LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, EN EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS 519/2013, DE 4 DE OCTUBRE, Y 549/2013, DE 23 DE OCTUBRE, DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO

1.– Puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo cuya provisión se convoca en esta fase de resultas son los que han resultado vacantes porque la Resolución de 1 de abril de 2014 ha adjudicado a sus titulares un destino definitivo en la primera fase del concurso.

La relación de puestos de trabajo convocados es la que figura en el anexo I de la Resolución de 11 de septiembre de 2012, del Gerente de la UPV/EHU, por la que anteriormente se convocó la fase de resultas, con las precisiones recogidas en el siguiente párrafo.

A dicha relación se deben añadir los puestos de trabajo introducidos por esta convocatoria, que figuran en el anexo I A de esta Resolución, y de ella se deben excluir los puestos de trabajo retirados por esta convocatoria, que figuran en el anexo I B de esta Resolución.

2.– Requisitos de participación.

2.1.– Con carácter general los requisitos de participación en esta fase del concurso son los establecidos en la base 1 de la Resolución de 22 de diciembre de 2011, del Gerente de la UPV/EHU, con las precisiones que se indican en los siguientes apartados.

2.2.– Las personas que presentaron solicitud en la convocatoria de resultas efectuada mediante Resolución de 11 de septiembre de 2012, del Gerente de la UPV/EHU, serán incluidas de oficio como participantes en esta convocatoria, siempre que la Resolución de 1 de abril de 2014 no les haya adjudicado un destino en la primera fase del concurso.

Igualmente será generada de oficio la correspondiente solicitud, en la que se mantendrá el orden de las peticiones de puestos de trabajo que en su momento efectuaron. Las peticiones referentes a puestos excluidos por la presente convocatoria (anexo I B) se tendrán por no efectuadas.

Estas personas podrán solicitar los puestos de trabajo introducidos por la presente convocatoria (anexo I A). Para ello, podrán añadirlos a continuación de las peticiones ya efectuadas o intercalarlos para que ocupen el número de orden que deseen.

2.3.– Las personas que no presentaron solicitud en la convocatoria de resultas efectuada mediante Resolución de 11 de septiembre de 2012, del Gerente de la UPV/EHU, aun cumpliendo los requisitos de participación para hacerlo, podrán tomar parte en esta convocatoria, siempre que la Resolución de 1 de abril de 2014 no les haya adjudicado un destino en la primera fase del concurso.

Estas personas únicamente podrán solicitar los puestos de trabajo introducidos por la presente convocatoria (anexo I A).

2.4.– Las personas que no pudieron presentar solicitud en la convocatoria de resultas efectuada mediante Resolución de 11 de septiembre de 2012, del Gerente de la UPV/EHU, porque entonces habían obtenido destino en la primera fase mediante resolución de esa misma fecha, podrán tomar parte en esta convocatoria, siempre que la Resolución de 1 de abril de 2014 no les haya adjudicado un destino en la primera fase del concurso.

Estas personas podrán solicitar todos los puestos de trabajo que integran la presente convocatoria.

2.5.– Deberá participar en la fase de resultas de este concurso el personal funcionario que el 18 de febrero de 2012 se encontraba adscrito provisionalmente a un puesto de trabajo de la UPV/EHU, siempre que la Resolución de 1 de abril de 2014 no le haya adjudicado un destino en la primera fase del concurso. Su participación se formalizará de acuerdo con el apartado 2.2., 2.3., o 2.4. que corresponda.

Las personas que estén obligadas a participar y no lo hagan o no obtengan destino serán adscritas provisionalmente a las vacantes ofertadas que resulten después de la adjudicación. En primer lugar se adscribirá a quienes habiendo participado no hubieran obtenido destino, y, a continuación, a las que no hubieran participado. Entre ellas se ordenarán de mayor a menor antigüedad en la UPV/EHU, y en caso de empate, por la mayor puntuación que se pudiera alcanzar en el baremo de méritos correlativamente consolidados.

2.6.– No podrán participar en la fase de resultas del concurso de traslados las personas que tomaron parte en la primera fase y desistieron de su participación.

2.7.– Todas las personas interesadas deberán reunir las condiciones generales exigidas en la presente convocatoria, así como los requisitos previstos en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo vigentes en el momento de la convocatoria de la primera fase del concurso.

3.– Valoración de méritos.

La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos ofertados en esta convocatoria se efectuará con arreglo a lo previsto en la base 2 de la Resolución de 22 de diciembre de 2011.

De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Gerente de la UPV/EHU, en el apartado de trabajo desempeñado, los servicios prestados por los participantes en calidad de personal temporal en cualquiera de las administraciones públicas se valorarán conforme a la puntuación prevista en la base 2.4.2, es decir, como prestados en el nivel básico del Cuerpo o Escala de origen.

4.– Acreditación de los méritos y requisitos.

4.1.– La acreditación de méritos y requisitos se realizará de conformidad con lo establecido en la base 3 de la Resolución de 22 de diciembre de 2011.

4.2.– Las personas interesadas deberán cumplir las condiciones y los requisitos exigidos y haber perfeccionado los méritos alegados a fecha 18 de febrero de 2012.

5.– Presentación y admisión de solicitudes.

5.1.– Las solicitudes se presentarán en los mismos términos establecidos en la base 6 de las contenidas en la Resolución de 22 de diciembre de 2011, utilizando los modelos que se publican como anexo II (las personas a que hace referencia el apartado 2.2.), y anexo III (las personas incluidas en los apartados 2.3. y 2.4.).

El plazo de presentación será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

5.2.– Las personas que han participado en la primera fase del concurso o en la en la convocatoria de resultas efectuada mediante Resolución de 11 de septiembre de 2012 quedarán exentas de aportar documentación acreditativa de requisitos y méritos, salvo que opten por puestos cuyos requisitos sean diferentes a los acreditados en dichas fases, o se trate de documentación no aportada y referida a requisitos o méritos anteriores a la fecha señalada en la base 4.2. de esta Resolución.

5.3.– Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá modificación alguna a las peticiones formuladas. No obstante, quienes presenten solicitud podrán desistir de su participación en esta fase de resultas en el plazo establecido para las reclamaciones a la relación provisional de puntuaciones.

6.– Comisión de Valoración.

La composición de esta Comisión de Valoración es la publicada mediante Resolución de 24 de febrero de 2012, del Gerente de la UPV/EHU.

Serán de aplicación las previsiones de tramitación previstas en la base 4 de las publicadas en la Resolución de 22 de diciembre de 2011.

Únicamente serán objeto de nueva valoración los méritos que no fueron alegados en su momento, y, en particular, el relativo a los servicios prestados en calidad de personal temporal en cualquiera de las administraciones públicas. El resto de méritos mantendrá la valoración que les fue adjudicada mediante Resolución de 5 de diciembre de 2012, del Gerente de la UPV/EHU, en aplicación del Acuerdo de 4 de diciembre de 2012, de la Comisión de Valoración, por el que se aprueban las puntuaciones definitivas de méritos presentados en la fase de resultas de dicho proceso.

7.– Prioridad para la adjudicación de destinos.

Regirá lo dispuesto en la base 5 de las recogidas en la Resolución de 22 de diciembre de 2011.

8.– Adjudicación de destinos.

Será de aplicación lo dispuesto en la base 7 de la Resolución de 22 de diciembre de 2011.

9.– Toma de posesión.

Será de aplicación lo dispuesto en la base 8 de la Resolución de 22 de diciembre de 2011.

10.– Protección de datos personales en la gestión de la segunda fase del proceso.

En la gestión de esta segunda fase del concurso, el tratamiento de los datos personales se realizará en los mismos términos y condiciones que en la primera fase.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

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Análisis documental