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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 236, jueves 12 de diciembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5394

RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2013, de la Viceconsejera de Administración y Servicios del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se hace pública la relación definitiva del procedimiento para determinar los maestros y las maestras a quienes afectan las modificaciones en la relación de puestos de trabajo.

A partir del estudio de los factores que inciden en la demanda de escolarización y en función de la matrícula y del contenido curricular del respectivo nivel educativo, la Relación de Puestos de Trabajo refleja las necesidades del sistema educativo en su conjunto, constituyendo, por tanto, el pilar básico de ordenación y racionalización del sistema educativo en materia de personal.

Año tras año, se producen variaciones tanto en la matriculación total del alumnado como en la demanda social en relación al idioma de enseñanza, como, en definitiva, en el resto de factores que intervienen en la planificación educativa. Los efectos de estas variaciones se proyectan de forma directa sobre los puestos de trabajo de que dispone el profesorado definitivo, por lo que, en virtud de un procedimiento reglado, la Administración educativa debe determinar a qué personas afectan y cuáles son sus efectos.

Los Decretos 81/1996, de 16 de abril y 147/2008, de 29 de julio, fijan los criterios a aplicar tanto para definir el tipo de modificación que se produce en cada caso, como para ordenar las personas participantes y concretar quién de ellas es la afectada.

En relación al proceso seguido para el curso 2013-2014 se han producido las siguientes actuaciones:

– Publicación del Decreto 444/2013, de 12 de noviembre, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de Maestros y Maestras en Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria, y Educación de Personas Adultas, Patronatos y Delegaciones Territoriales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el curso 2013-2014.

– Remisión de documentación a los Centros, con información referente tanto a puestos de trabajo como al profesorado que dispone de puesto de trabajo definitivo.

– Convocatoria y celebración de las correspondientes reuniones de personal implicado en el proceso, en las que se procede a determinar las personas afectadas por las modificaciones y readscripciones.

– Revisión de la documentación generada.

Corresponde, por tanto, hacer público el resultado del proceso en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de que las Delegadas Territoriales extiendan las oportunas resoluciones individuales de cese o adscripción a otro puesto, que habrán de reflejar el contenido de la presente Resolución.

En su virtud,

RESUELVO:

Hacer público en el Boletín Oficial del País Vasco, como anexo a esta Resolución, con efectos de comienzo del curso académico 2013-2014, el resultado del proceso de determinación de personas afectadas por las modificaciones efectuadas en las Relaciones de Puestos de Trabajo aprobadas a través del Decreto 444/2013, de 12 de noviembre.

Contra esta Resolución y listas que se hacen públicas en el anexo a la misma, las interesadas e interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 2013.

La Viceconsejera de Administración y Servicios,

OLATZ GARAMENDI LANDA.

CÓDIGO DE LAS ABREVIATURAS UTILIZADAS EN EL ANEXO

FASE:

1.1: supresiones.

1.2: cambios de Perfil Lingüístico (PL).

1.3: cambio de fecha de preceptividad.

2.1: readscripción de personal sin puesto de trabajo.

2.2: readscripción de personal que no cumple requisitos de su puesto de trabajo.

2.3: readscripción de personal definitivo (2.3.I) con readscripción de personal sin puesto de trabajo o que no cumple requisitos de su puesto de trabajo (2.3.II).

2.4: readscripción de personal definitivo bien adscrito.

2.5: readscripción de personal suprimido en procesos anteriores.

FD: fijación directa.

IN: integración de plazas.

DV: división de centros.

FU: fusión.

OBSERVACIONES:

SING: plaza singular.

ITIN: plaza itinerante.

AAT: secciones de aprendizaje de tareas.

PLAZO: supresión por vencimiento del plazo para acreditar el Perfil Lingüístico de la plaza.

TIPO DE ADSCRIPCIÓN:

B: bien adscrito/a-adjudicado/a.

P: bien adscrito/a adjudicado/a provisional, con IGA en plazas de PL2 vencido.

E: bien adscrito/a adjudicado/a con transitoriedad, sin PL en plazas de PL vencido.

T: bien adscrito/a-adjudicado/a con transitoriedad, sin PL, en plazas de PL diferido.

H: mal adscrito/a-adjudicado/a.

S: suprimido/a.

(Véase el .PDF)

Análisis documental